El Acta AA-2025-156, de fecha 2025-05-20, rectifica la adjudicación del ítem 3 a Magna Motors: reduce de 37 a 35 los camiones cama corta y fija en RD$127,959,000 el total adjudicado a esa empresa por los ítems 3 y 4. La CAASD dispone que las dos unidades pendientes se incorporen a un próximo procedimiento y confirma las demás adjudicaciones: RD$130,000,000 a Santo Domingo Motors, RD$97,000,000 a Bonanza Dominicana y RD$56,353,916 a Hylcon.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta reduce de 37 a 35 las unidades adjudicadas a Magna Motors porque informó que solo podía entregar 35 dentro del plazo, y destina las dos restantes a un próximo procedimiento. La Ley 340-06 establece que en la contratación de bienes no se modificarán las cantidades previstas en los pliegos; conviene revisar cómo se concilió esa regla con la rectificación y el diferimiento de unidades.
“MODIFICAR el Acta de Adjudicación número AA-2025-119 del procedimiento de contratación de referencia, con el objetivo de disminuir las cantidades adjudicadas a la empresa MAGNA MOTORS, S.A. con relación al ítem 3 del procedimiento de contra”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 31 · Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 31
ART. 31. La entidad contratante tendrá las facultades y obligaciones establecidas en esta ley, sin perjuicio de las que estuvieren previstas en otra legislación y en sus reglamentos, en los pliegos de condiciones, o en la documentación contractual. Especialmente tendrá: 1) El derecho de interpretar administrativamente los contratos y de resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, el Organo Rector emitirá la opinión definitiva; 2) Podrá modificar, disminuir o aumentar hasta un veinticinco por ciento (25%) del monto del contrato original de la obra, siempre y cuando se mantenga el objeto, cuando se presenten circunstancias que fueron imprevisibles en el momento de iniciarse el proceso de…
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
El acta fija para Magna Motors RD$127,959,000 por los ítems 3 y 4; el portal registra un contrato activo de RD$128,064,000, una diferencia de RD$105,000. Debe verificarse si el registro corresponde a una cifra contractual posterior o si requiere conciliación con el acta rectificativa.
La Antillana Comercial, S.A.Participó en la recepción de ofertas, pero no figura entre las ofertas económicas abiertas.
No habilitado
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Empresas Integradas, S.A.S.Participó en la recepción de ofertas, pero no figura entre las ofertas económicas abiertas.
No habilitado
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Viamar, S.A.El acta indica que no podía ser adjudicatario por presentar una garantía de seriedad insuficiente: RD$6,000 frente a una oferta de RD$108,687,500.01.
Descalificado
Ítem 3
RD$108,687,500
Magna Motors, S.A.Adjudicatario de los ítems 3 y 4; se rectificó la cantidad del ítem 3 a 35 unidades.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Adjudicatario de los ítems 7 y 8; adjudicación confirmada.