La circular de enmienda, formalizada el 21 de mayo de 2025, modifica presentaciones de productos, sustituye el archivo de ubicación de centros y precisa las entregas parciales y la vigencia de las ofertas. También establece restricciones de participación según la ubicación del domicilio y del almacén, y modifica los criterios de adjudicación por lote, incluyendo supuestos de adjudicación por el precio inicial sin puja.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
En las notas se establece que solo se podrá adjudicar un lote por oferente, pero los criterios de adjudicación permiten hasta dos lotes en ciertos supuestos. La contradicción deja incierto el límite aplicable y puede afectar el reparto de los lotes.
“Solo podrá ser adjudicado en un (1) lote, según lo establecido en el numeral 12.3. “Criterios de Adjudicación” del Pliego de Condiciones. El presente proceso de Subasta Inversa será adjudicado por lote único (un lote por cada oferente).”
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación
Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.
Reglamento 416-23, artículo 83 — Criterios de adjudicación
Artículo 83. Criterios de adjudicación. El criterio de adjudicación para determinar la oferta más conveniente deberá ser establecido de manera inequívoca en el pliego de condiciones y podrán ser los siguientes: 1. Adjudicación basada en menor precio. Se adjudicará la oferta de menor precio económico, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. 2. Adjudicación basada en menor costo. Se adjudicará la oferta de menor costo atendiendo al ciclo de vida, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. A fin de calcular el costo del ciclo de vida, se…
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Debilita el control de competencia por puja y la comparación de precios mediante lances electrónicos en los supuestos añadidos..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
La circular dice que quien rechace una prórroga se considera que retiró su oferta. El artículo 22 de la Ley 340-06 reconoce que el oferente puede negarse sin perder la garantía y que su oferta deja de ser considerada al vencer la vigencia original; conviene aclarar el alcance de esa calificación en este proceso.
“Los(as) oferentes/proponentes podrán rechazar dicha solicitud, considerándose por tanto que han retirado sus ofertas.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 22 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 22
ART. 22. La propuesta tendrá validez durante el periodo que se señale en el pliego de condiciones; no obstante, antes de que venza el plazo de validez de la propuesta, la entidad podrá solicitar una prórroga de duración determinada. El oferente podrá negarse a la solicitud sin perder por ello la garantía de mantenimiento de oferta y su validez cesará al expirar el plazo de vigencia original, en cuyo caso ya no será considerado en el proceso. Para que la oferta se estime prorrogada se requiere que el oferente presente el documento de renovación de la garantía, determinándose que quien no entregue la garantía prorrogada no será considerado en el proceso.
La circular condiciona la participación a que el domicilio registrado y el almacén propuesto correspondan a la zona geográfica del lote, verificados mediante el RPE y una visita. Aunque invoca la regionalización prevista en el artículo 87 del Reglamento, la exigencia acumulada de domicilio y almacén merece revisión por su efecto sobre la competencia entre proveedores de otras zonas.
“El oferente podrá presentar su oferta para todos los lotes que correspondan a la locación geográfica de su domicilio principal contemplado en el Registro de Proveedor del Estado, en cantidades totales … Los oferentes deberán de contemplar”
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Cambios que introduce (7)
Sección
Antes
Después
Efecto
SECP, lote 12, ítem 4Presentación de fideos
Texto anterior no reproducido en la circular.
Fideos en paquetes plásticos de mínimo 350 gramos.
Aclara
SECP, lotes 11 y 12, ítem 10Presentación de yuca
Texto anterior no reproducido en la circular.
Yuca presentada en libra.
Aclara
Documento anexo de ubicación de centrosArchivo de ubicación
Documento de ubicación anterior, no descrito en la circular.
Se sustituye por un archivo Excel editable de «UBICACIÓN DE CENTROS».
Neutral
Pliego, sección I, numeral 16Plazo y modalidad de entrega
Texto anterior no reproducido en la circular.
Entrega parcial y a requerimiento en los centros del lote; inicio estimado desde el 25 de julio de 2025 y entrega dentro de cinco días calendario desde cada requerimiento, previsto cada quince días.
Aclara
Pliego, sección I, literal cVigencia y prórroga de ofertas
Texto anterior no reproducido en la circular.
Ofertas vigentes del 19 de mayo al 16 de julio de 2025; se puede solicitar prórroga y quien la rechace se considera que retiró su oferta.
Aclara
Pliego, notas, numeral 13Participación geográfica y requisitos de oferta
Texto anterior no reproducido en la circular.
El oferente puede ofertar lotes correspondientes a la ubicación de su domicilio principal en el RPE; el domicilio y el almacén propuesto deben corresponder a la zona del lote y se verificarán mediante el RPE y visita.
Endurece
Pliego, numeral 12.3, criterios de adjudicaciónAdjudicación por lote y excepciones a la puja
La adjudicación se basaba en el menor precio en la puja, según el texto citado como sustituido por la circular; el detalle anterior no se reproduce íntegramente.
Un lote por oferente como regla, con posibilidad excepcional de hasta dos; se prevén adjudicaciones por oferta inicial si quedan lotes sin adjudicar, si dos habilitados no participan en la puja o si hay un único habilitado.
RelajaQuita un control: Debilita el control de competencia por puja y la comparación de precios mediante lances electrónicos en los supuestos añadidos.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Artículo 87. Fraccionamiento. Se presumirá que existe fraccionamiento, cuando en un lapso menor de tres (3) meses, contados a partir del primer día de la convocatoria, se realice otra convocatoria dentro del mismo año presupuestario para la compra o contratación de bienes, servicios u obras pertenecientes a un mismo rubro-clase. Párrafo. No existirá fraccionamiento: 1. En aquellos procedimientos donde se divida la contratación por etapas posibles, o cuando la convocatoria se regionalice para que participen personas domiciliadas en la región, provincia o municipio, para propiciar la participación de las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES) y la contratación de pequeños productores.…