La Enmienda No. 01, fechada el 29 de abril de 2025, modifica el cronograma del proceso y traslada la presentación de ofertas del 1 al 7 de mayo, la subasta del 15 de mayo al 3 de junio y la adjudicación del 23 de mayo al 12 de junio. También convierte en subsanable el Formulario de Presentación de Oferta SNCC.F.034 y modifica especificaciones técnicas de minibuses, autobuses y motocicletas. La versión modificada renumera los cinco renglones como lotes 6 a 10.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Debilita el control formal de identificación y presentación de la oferta al permitir subsanar la falta del formulario en vez de tratarla como no subsanable..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
La enmienda reemplaza el mínimo de 4,200 cc por «3.8 cc en adelante». Si la unidad se interpreta literalmente, el umbral técnico cambia de forma drástica; si se pretendía expresar otra unidad, la especificación deja incertidumbre sobre qué ofertas cumplen y dificulta compararlas.
“Motor: Diésel de 3.8 cc en adelante.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 73 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…
La enmienda identifica como lotes 6 a 10 los mismos cinco tipos de bienes que antes figuraban como lotes 1 a 5. El acta de adjudicación reseñada para el proceso distribuye las adjudicaciones entre los lotes 1 a 5; conviene verificar cómo se conciliaron las referencias para determinar el alcance de cada adjudicación.
“6. | Minibús de 18 hasta 22 pasajeros”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 20 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 20
ART. 20. El pliego de condiciones proporcionará toda la información necesaria relacionada con el objeto y el proceso de la contratación, para que el interesado pueda preparar su propuesta. PÁRRAFO I. Los participantes podrán solicitar a la entidad convocante aclaraciones acerca del pliego de condiciones, hasta la fecha que coincida con el cincuenta por ciento (50%) del plazo para presentación de propuestas. La entidad dará respuesta a tales solicitudes de manera inmediata, y no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75%) del plazo previsto para la presentación de propuestas. Las aclaraciones se comunicarán, sin indicar el origen de la solicitud, a todos los…
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Cronograma de actividadesFechas de recepción, evaluación, subasta y adjudicación
Ofertas: 1 de mayo; subasta: 15 de mayo; adjudicación: 23 de mayo de 2025.
Ofertas: 7 de mayo; subasta: 3 de junio; adjudicación: 12 de junio de 2025; también se ajustan las fechas de evaluación, notificación y contratación.
Relaja
Numerales 13.1.1 del pliegoFormulario de Presentación de Oferta SNCC.F.034
El formulario se clasificaba como no subsanable.
El formulario se clasifica como subsanable.
RelajaQuita un control: Debilita el control formal de identificación y presentación de la oferta al permitir subsanar la falta del formulario en vez de tratarla como no subsanable.
Descripción del bien, lote 1 en el pliego originalMotor de minibús de 18 a 22 pasajeros
Motor entre 3.6 y 3.8 L.
Motor entre 2.8 y 3.8 L.
Relaja
Descripción del bien, lote 2 en el pliego originalEspecificaciones del autobús de 32 a 34 pasajeros
Motor diésel de 4,200 cc en adelante; potencia de 110 a 120 HP; frenos hidráulicos con tambores delanteros y traseros.
Motor diésel de 3.8 cc en adelante; potencia de 110 a 141 HP; frenos hidráulicos de disco o hidráulicos con tambores delanteros y traseros.
Relaja
Descripción del bien, lote 5 en el pliego originalEspecificaciones de motocicletas
Ignición DC/CDI; neumático delantero 80/100-21 y trasero 110/100-18.
Ignición DC/CDI o CDI; se admiten más medidas alternativas para los neumáticos delanteros y traseros.
Relaja
Descripción de bienes y lotesNumeración de los cinco renglones
Los renglones se identificaban como lotes 1 a 5.
La versión modificada los identifica como lotes 6 a 10.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona