Cita imprecisa del artículo sobre competencia del comité
· hace 1 año
El acta atribuye al artículo 37.1 del Reglamento la regla de competencia del Comité de Compras y Contrataciones, pero esa regla corresponde al artículo 38.1; el artículo 37 enumera los procedimientos ordinarios. El mismo documento también cita el artículo 43 para la subasta inversa, por lo que la discrepancia de numeración amerita verificación, sin que por sí sola altere la decisión consignada.
“CONSIDERANDO: Que, el artículo 37, numeral I del Reglamento de Aplicación , textualmente expresa lo siguiente: "art. 37. La competencia para la organización, gestión y ejecución de los procedimientos de contratación preyistos en la Ley núm.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 38 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 38 — Competencia para la organización, gestión y ejecución de los procedimientos ordinarios
Artículo 38. Competencia para la organización, gestión y ejecución de los procedimientos ordinarios. La competencia para la organización, gestión y ejecución de los procedimientos de contratación previstos en la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones, será la siguiente: 1. Para los procedimientos de licitación pública, licitación restringida, subasta inversa, sorteo de obras y comparación de precios serán competentes los Comités de Compras y Contrataciones Públicas de las instituciones contratantes. 2. Para el procedimiento de compra menor y aquellas compras que sean por montos por debajo de los umbrales será competente la Dirección Administrativa y Financiera, previa autorización de la…
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