Precios estimados de varios alimentos quedan muy por debajo de referencias de otros procesos
· hace 1 año
La solicitud estima la cocoa dulce de 16 oz en RD$77.00, cifra inferior a la mediana de RD$423 de otros procesos (rango central RD$188.75–RD$630.07); también quedan bajo sus referencias el atún en agua (RD$86 frente a mediana RD$130), el vinagre de 16 oz (RD$35 frente a RD$178.5) y las galletas integrales (RD$50 frente a RD$127.54). Para coditos de 400 g no hay referencia comparable registrada. Son valores estimados que en la subasta inversa funcionan como techo de evaluación, por lo que conviene verificar su sustento en estudios de mercado.
“Cocoa dulce Sobre de 16 oz. | Unidad | 45,000.00 | 77.00 | 3,465,000.00 … Coditos Empaque de 400 grs. | Unidad | 40,000.00 | 28.00 | 1,120,000.00”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 66 · Reglamento 416-23, art. 67 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 66 — Estudios previos
Artículo 66. Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas o las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual. En todo caso, como mínimo, a través de estos estudios se debe determinar: 1. La necesidad a atender. 2. Identificar el objeto del contrato, su naturaleza, características y sus especificaciones. 3. Las particularidades del mercado, en cuanto a cómo y en cuáles plazos se ofrece ese bien, se presta el servicio o se ejecuta la obra. 4. El costo estimado del bien, obra o servicio a…
Reglamento 416-23, artículo 67 — Actuaciones incluidas en los estudios previos
Artículo 67. Actuaciones incluidas en los estudios previos. Sin ser limitativos, para la realización de los estudios previos, los entes y órganos contratantes deberán agotar, como mínimo, una o varias de las siguientes actuaciones, una vez definida la necesidad y objeto de la contratación: 1. Realizar estudios de mercado. 2. Consultar los catálogos de bienes y servicios y el Sistema de Información de Precios, administrados por la Dirección General de Contrataciones Públicas. 3. Consultar personas con conocimiento especializado sobre el objeto del potencial contrato. 4. Publicar una solicitud de información para que el mercado provea comentarios sobre la necesidad definida por la…
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