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Pliego

Pliego Subasta 02.pdf

Adquisición de espectrómetros de luz infrarroja (FT-IR) con sistema de reflectancia total atenuada (ATR), · Procuraduría General de la República

Publicado el 9 abr de 202537 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso PROCURADURIA-CCC-SI-2025-0002

Lo que dice

El pliego del proceso PROCURADURIA-CCC-SI-2025-0002 establece la adquisición, mediante subasta inversa, de dos espectrómetros FT-IR con ATR, con valor referencial de RD$7,500,000.00. Prevé una puja de 15 minutos, entrega en un máximo de 45 días calendario y evaluación técnica bajo cumple/no cumple. El documento también fija requisitos financieros, técnicos y contractuales para los oferentes y el adjudicatario.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (5)

A revisarHallazgo en documentos

El pliego vincula el perfeccionamiento del contrato a su publicación

Documento del 9 abr 2025 · hace 1 año

El pliego dice que el contrato se perfecciona con su publicación después de la suscripción. El Reglamento establece que el contrato debe formalizarse por escrito y que su publicación se realiza después del perfeccionamiento, por lo que la secuencia consignada merece aclaración para determinar cuándo produce efectos la contratación.

“El contrato se considerará perfeccionado una vez se publique por el SECP y en el portal institucional la PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles luego de su suscripción.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 163 · Reglamento 416-23, art. 164 · Reglamento 416-23, art. 167 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 163 — Formalización y perfeccionamiento de la compra o contratación

Artículo 163. Formalización y perfeccionamiento de la compra o contratación. Las compras y contrataciones públicas deberán formalizarse a través de la firma de un contrato que contendrá como mínimo, las cláusulas establecidas en la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones. Párrafo. En los procedimientos de compras menores o compras por debajo del umbral, la adquisición podrá formalizarse mediante una orden de compra o servicio. Sin perjuicio de lo anterior, cuando se trate de obligaciones de ejecución o tracto sucesivo o diferida en el tiempo, deberán formalizarse mediante contrato.

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 164 — Formalidades y contenido mínimo del contrato

Artículo 164. Formalidades y contenido mínimo del contrato. Los contratos deberán ser formalizados por escrito, en soporte papel o formato digital. Tanto el adjudicatario como la máxima autoridad de la institución contratante deben suscribirlo conjuntamente, en presencia del notario público, y debe publicarse en el SECP y en el portal institucional. Párrafo I. El contrato u orden de compra o servicio, deberá celebrarse en el plazo que se indique en los respectivos pliegos de condiciones, especificaciones técnicas o términos de referencia, el cual no deberá ser mayor a veinte (20) días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación. Párrafo II. Si la institución no…

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Reglamento 416-23, artículo 167 — Publicidad del contrato u orden de compra o servicio

Artículo 167. Publicidad del contrato u orden de compra o servicio. El contrato, orden de compra u orden de servicio que se suscriba, deberá difundirse por el SECP y en el portal institucional, en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles luego de su perfeccionamiento.

Texto oficial completo

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A revisarHallazgo en documentos

Prohíbe competir a empresas por compartir accionistas

Documento del 9 abr 2025 · hace 1 año

El pliego impide la participación simultánea de empresas que coincidan en alguno de sus accionistas, sin distinguir porcentaje de participación, control común ni otras circunstancias. Esta restricción puede excluir ofertas de empresas distintas y reducir la competencia; conviene verificar su alcance y justificación.

“De igual manera, no podrán participar simultáneamente empresas que: 1) posean la misma identidad de socios o accionistas, o 2) coincidan en alguno de los socios. En ese sentido, deberán participar por una sola de las empresas.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

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A revisarHallazgo en documentos

Criterios financieros con umbrales contradictorios

Documento del 9 abr 2025 · hace 1 año

Los límites de solvencia y endeudamiento no quedan expresados de forma inequívoca: el texto combina un rango de solvencia de 1.5 a 2.0 con una regla de cumplimiento distinta, y en endeudamiento invierte los signos del umbral. La ambigüedad puede llevar a resultados distintos al habilitar o descalificar oferentes.

“Límite establecido: Entre 1.5 y 2.0 Mayor o igual que > 1.50 y 2.0 (Cumple)”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 79 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

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Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

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A revisarHallazgo en documentos

Especificaciones de señal-ruido sin condiciones diferenciadas

Documento del 9 abr 2025 · hace 1 año

Para cada duración de medición se consignan dos relaciones señal-ruido distintas, sin explicar si corresponden a configuraciones o condiciones de prueba diferentes. Esto puede dificultar que los oferentes sepan qué desempeño deben acreditar y que la evaluación compare propuestas equivalentes.

“Relación señal-ruido 9300:1 pico-pico, 5 segundos • 32.000:1 pico-pico, 1 minuto • 14.500:1 pico-pico, 5 segundos • 50.000:1 pico-pico, l minuto”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 73 · Reglamento 416-23, art. 79 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas

Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…

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Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

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ContextoHallazgo en documentosPosible explicación normalRD$7.5 millones

El precio unitario y el total referencial no concuerdan

Documento del 9 abr 2025 · hace 1 año

El cuadro indica dos unidades a RD$3,250,000 cada una, lo que suma RD$6,500,000, pero consigna un total estimado de RD$7,500,000. El pliego señala que el valor total incluye impuestos, pero la diferencia no se explica y puede afectar la comparación de ofertas y el precio de referencia.

“2 RD$3,250,000.00 RD$7,500,000.00”

Posible explicación normal: el documento no muestra efecto en quién gana ni en cuánto se paga.

Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 66 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 66 — Estudios previos

Artículo 66. Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas o las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual. En todo caso, como mínimo, a través de estos estudios se debe determinar: 1. La necesidad a atender. 2. Identificar el objeto del contrato, su naturaleza, características y sus especificaciones. 3. Las particularidades del mercado, en cuanto a cómo y en cuáles plazos se ofrece ese bien, se presta el servicio o se ejecuta la obra. 4. El costo estimado del bien, obra o servicio a…

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Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Otros documentos del proceso (18)

  • 5. Solicitud SI-2025-0002.pdfSolicitud de compra · 9 abr de 2025 · 1 señal
  • Acta de inicio SI-02.pdfInforme pericial · 9 abr de 2025
  • 4. Certificacion SI-2025-0002.pdfCertificación de fondos · 9 abr de 2025
  • Acta de inicio SI-02.pdfPliego · 9 abr de 2025
  • Circular de resp. 01.pdfCircular · 16 abr de 2025 · 1 señal
  • Enmienda SI02.pdfEnmienda · 16 abr de 2025 · 1 señal
  • Borrador de Contrato - ESP.pdfContrato · 16 abr de 2025
  • Formulario oferta Económica.SNCC.F.033.docxDocumento · 16 abr de 2025
  • Formulario Presentación de Oferta .SNCC.F.034.docxDocumento · 16 abr de 2025
  • Formulario Información del oferente. SNCC.F.042.docxDocumento · 16 abr de 2025
  • 11.Enmienda 2.pdfEnmienda · 21 abr de 2025 · 1 señal

Sigue explorando · Dinero público

Todas las secciones →
  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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11.Enmienda 2.pdf
Enmienda · 21 abr de 2025
  • MONITOREO.pdfEnmienda · 21 abr de 2025 · 1 señal
  • ENMIENDA NUM. II.pdfEnmienda · 21 abr de 2025 · 1 señal
  • MONITOREO.pdfEnmienda · 21 abr de 2025
  • 21- Acta de adjudicacion.pdfActa de adjudicación · 19 may de 2025 · 1 señal
  • Acta impugnaciones.pdfReconsideración · 8 jul de 2025 · 1 señal
  • Informe final del portalDocumento · —