El pliego establece una comparación de precios dirigida a MIPYMES para adquirir, en lote único, 2,600 unidades de proteína en polvo para adultos envejecientes y 1,816 para embarazadas, con valor referencial de RD$5,299,200. Fija la adjudicación por menor precio entre las ofertas técnicamente habilitadas y prevé una entrega única en diez días hábiles; el portal indica que el proceso fue cancelado.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El objeto se describe como proteínas en polvo y sus especificaciones incluyen etiquetado de alimentos, pero la evaluación legal exige que el RPE tenga inscrita la actividad 51000000 de medicamentos y productos farmacéuticos. Esa exigencia puede excluir proveedores registrados para alimentos que podrían suministrar el bien; conviene verificar su justificación y efecto en la participación.
“Registro de Proveedores del Estado (RPE), emitido por la Dirección General de Contrataciones Públicas, debe tener inscrita, conforme a la codificación UNSPSC la actividad comercial - Medicamentos y productos farmacéuticos referida en el num”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 73 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…
El pliego impide la participación simultánea de empresas que compartan cualquier socio o accionista, sin precisar un umbral de participación ni una evaluación individual de su independencia. Esa regla puede excluir ofertas de personas jurídicas distintas y reducir la competencia; merece revisión frente al principio de igualdad y libre competencia.
“De igual manera, no podrán participar simultáneamente empresas que: 1) posean la misma identidad de socios o accionistas, o 2) coincidan en alguno de los socios. En ese sentido, deberán participar por una sola de las empresas.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
El documento denomina el procedimiento «Etapa única» para presentar y abrir las ofertas técnicas y económicas, pero el cronograma fija la apertura de las ofertas económicas para el 4 de abril. La contradicción deja incierta la secuencia de evaluación y el momento de apertura de las ofertas económicas, que el reglamento separa en una segunda etapa.
“Etapa única. la presentación y recepción y apertura de las ofertas técnicas y las ofertas económicas … 10. Apertura y lectura de Propuestas Económicas “Sobre B” Viernes 04 de abril 2025 a las 10:00 a.m”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 114 · Reglamento 416-23, art. 110 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 114 — División de etapas
Artículo 114. División de etapas. Como principio general, todos los procedimientos de selección respetarán en su etapa de evaluación, la división de los siguientes aspectos: a) Las credenciales u oferta técnica, y, por otro lado, b) La oferta económica. En consecuencia, deberá separarse en dos etapas: 1. Primera etapa. Para la presentación y recepción de las ofertas técnicas y las ofertas económicas y la apertura y evaluación de las ofertas técnicas. 2. Segunda etapa. La apertura y evaluación de las ofertas económicas. Párrafo I. Solo se procederá a la apertura de las ofertas económicas una vez concluida la evaluación de credenciales, ofertas técnicas, subsanación y muestras, si aplican, y…
Reglamento 416-23, artículo 110 — División de las propuestas
Artículo 110. División de las propuestas. Las propuestas deberán contener una oferta técnica y una oferta económica. Estas ofertas deberán presentarse por separado a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP), el cual garantizará la encriptación de las ofertas presentadas, o en soporte papel en el lugar y fecha establecidos en el pliego de condiciones. Cuando las propuestas sean presentadas en soporte papel, la oferta técnica y la oferta económica deberán presentarse mediante sobres separados y sellados para garantizar la confidencialidad.
Para este procedimiento reservado a MIPYMES, el pliego acumula dos años de experiencia en bienes similares, al menos dos suministros previos acreditados y estados financieros comparativos de dos ejercicios certificados por auditor o CPA. La combinación puede limitar la participación de empresas con menor trayectoria o capacidad administrativa; procede contrastarla con el valor y la complejidad de la compra.
“Cartas de referencia de recepción conforme mínimo dos (02) suministros de bienes objeto del proceso recibidos con satisfacción, deberá anexar contrato u orden de compra. f) Documentación de experiencia mínima de dos (02) años en el”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 82 · Ley 340-06, art. 8 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales
Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…
ART. 8. La persona natural o jurídica que desee contratar con el Estado deberá demostrar su capacidad satisfaciendo los siguientes requisitos: 1) Poseer las calificaciones profesionales y técnicas que aseguren su competencia, los recursos financieros, el equipo y demás medios físicos, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con el objeto contractual; 3) Que sean solventes y no se encuentren en concurso de acreedores, en quiebra o proceso de liquidación, ni que sus actividades comerciales hubieren sido suspendidas; 4) Que hayan cumplido con las obligaciones fiscales y de seguridad social. PÁRRAFO I. Los…
El pliego establece dos plazos distintos para pagar el mismo anticipo del 20%: uno de hasta 30 días hábiles y otro de hasta 45 días calendario desde la firma del contrato. La diferencia puede generar incertidumbre sobre las condiciones financieras aplicables al adjudicatario.
“se hará en un plazo no mayor de treinta (30) días hábiles contados a partir de la firma del Contrato y contra presentación de una garantía de buen uso de anticipo de tipo Póliza de Seguro que cubra la totalidad del Avance Inicial”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Oferentes que registra (6)
6 no habilitado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Suplidores Médicos Comerciales Sumedcor, SRLSegún el resumen del acta CCC-2025-144, la segunda revisión técnica encontró incumplimientos en todas las ofertas; no especifica el incumplimiento individual.
No habilitado
Lote único
—
Nuovopharma Dominicana, SRLSegún el resumen del acta CCC-2025-144, la segunda revisión técnica encontró incumplimientos en todas las ofertas; no especifica el incumplimiento individual.
No habilitado
Lote único
—
Empresas Integradas, SASSegún el resumen del acta CCC-2025-144, la segunda revisión técnica encontró incumplimientos en todas las ofertas; no especifica el incumplimiento individual.
No habilitado
Lote único
—
Farmatem, SRLSegún el resumen del acta CCC-2025-144, la segunda revisión técnica encontró incumplimientos en todas las ofertas; no especifica el incumplimiento individual.
No habilitado
Lote único
—
Tingley Business, SRLSegún el resumen del acta CCC-2025-144, la segunda revisión técnica encontró incumplimientos en todas las ofertas; no especifica el incumplimiento individual.
No habilitado
Lote único
—
Estrella Roja, SRLSegún el resumen del acta CCC-2025-144, la segunda revisión técnica encontró incumplimientos en todas las ofertas; no especifica el incumplimiento individual.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona