Plazo de impugnación del pliego inferior al previsto en el reglamento
· hace 1 año
El pliego limita a cinco días hábiles desde la convocatoria el plazo para impugnarlo. El artículo 215 del Reglamento 416-23 establece diez días hábiles para interponer la impugnación, por lo que la regla del pliego podría reducir el tiempo disponible para cuestionar sus condiciones.
“El plazo para los interesados impugnar el Pliego de Condiciones, es de cinco (5) días hábiles a partir de la convocatoria del procedimiento en el Sistema Nacional de Compras y Contrataciones Públicas (SNCCP);”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 215 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 215 — Recursos de impugnación
Artículo 215. Recursos de impugnación. Los recursos de impugnación procederán contra todos los actos administrativos que afecten derechos, causen un perjuicio directo a los interesados o pongan fin al procedimiento de contratación pública o una etapa de este. Párrafo I. El recurrente deberá interponer su impugnación ante la misma institución contratante que dictó el acto impugnado, dentro de un plazo de diez (10) días hábiles contados a partir de la notificación del acto que contenga el texto íntegro de la respuesta y la indicación de las vías y plazos para recurrirla o de la fecha en que razonablemente el recurrente debió haber conocido el hecho. Párrafo II. Puede impugnar cualquier…
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