La Resolución núm. 324-2024, de fecha 2024-12-26, adjudica a SANEL, S.R.L. el ítem único de obras eléctricas de distribución en Pedernales por RD$48,232,289.73, con una calificación de 96.09. Registra como habilitado a Grupo V40, S.R.L., con oferta de RD$44,190,762.99 y puntaje de 90.2, y como no habilitada a A&Y Electric, S.R.L. por incumplimiento técnico. El acta también ordena solicitar la garantía de fiel cumplimiento y publicar la resolución.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El dispositivo vincula el 4 % con la pertenencia a la clasificación MIPYME y luego indica que, si se acredita esa condición, corresponde el 1 %. Aunque los porcentajes coinciden con los previstos en el reglamento para no MIPYMES y MIPYMES, respectivamente, la formulación puede causar incertidumbre al exigir la garantía.
“por el CUATRO POR CIENTO (4%) si pertenece a la clasificación de las Micro, Pequeña y Mediana Empresa (MIPYMES), debe presentar la certificación emitida por el Ministerio de Industria y Comercio, en ese sentido, la garantía de Fiel Cumplimi”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 201 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 201 — Monto de la garantía de fiel cumplimiento
Artículo 201. Monto de la garantía de fiel cumplimiento. El monto de la garantía de fiel cumplimiento de contrato u orden de compra será equivalente al cuatro por ciento (4 %) del monto de la adjudicación, que será a su vez el monto del contrato u orden de compra. Si posterior a la firma del contrato se genera una modificación al monto del mismo, el adjudicatario deberá renovar la garantía de fiel cumplimiento de contrato en donde se garantice el nuevo monto establecido. Párrafo. Para el caso de las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES), el monto de la garantía de fiel cumplimiento será equivalente al uno por ciento (1 %) del monto de la adjudicación. Si posterior a la firma del…
Según el historial aportado, SANEL, S.R.L. tuvo 8 contratos con esta institución por RD$1,543,761,395 durante los 24 meses previos. La concentración es un dato para revisar junto con el historial de participación y adjudicación, sin que por sí sola demuestre una irregularidad.
“PRIMERO: ADJUDICAR a la empresa SANEL, S.R.L., en el proceso de Comparación de Precios Núm. EDESUR-CCC-CP-2024-0034, PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIO DE OBRAS ELÉCTRICAS DE DISTRIBUCIÓN EN PEDERNALES, SEGUNDA CONVOCATORIA, por el monto tota”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
El acta registra para Grupo V40 una oferta de RD$44,190,762.99, mientras que el dato del portal aportado para el oferente es RD$0 y estado «Cargada / Pendiente». La diferencia merece verificarse en el expediente electrónico; podría reflejar un registro incompleto o desactualizado del portal.
“Grupo | Valor de la Oferta. | Puntaje alcanzado V40, S.R.L. | 44,190,762.99 | 90.2”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 31 · Reglamento 416-23, art. 33 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 31 — Información publicada en el SECP
Artículo 31. Información publicada en el SECP. Las instituciones contratantes deberán gestionar y difundir todas las etapas de los procedimientos de contratación, tanto ordinarios como de excepción, a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP), de manera simultánea a la ejecución y el avance de las actuaciones, salvo aquella información considerada como reservada de acuerdo con la ley. Párrafo. La información publicada de cada procedimiento de contratación se consolidará en un expediente electrónico identificado con un número único, que será generado automáticamente por el SECP permitiendo su acceso a todo interesado.
Reglamento 416-23, artículo 33 — Responsabilidad de la información gestionada en el SECP
Artículo 33. Responsabilidad de la información gestionada en el SECP. Las instituciones contratantes y los oferentes, como usuarios del SECP serán los responsables de la calidad, actualización y autenticidad de la información que publiquen en dicho sistema. En consecuencia, la Dirección General de Contrataciones Públicas no es responsable de la naturaleza y el contenido de la información generada por los usuarios y su responsabilidad se limita a mantener la integridad, inalterabilidad, fidelidad, disponibilidad y conservación de los documentos electrónicos, por lo que el contenido de los documentos consolidados en soporte digital y generados por los usuarios, y las acciones derivadas del…
Oferentes que registra (3)
1 adjudicado · 1 habilitado · 1 no habilitado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
SANEL, S.R.L.El acta indica que cumplió los criterios legales, financieros, técnicos y económicos, y que obtuvo la mayor ponderación.
Adjudicado
Ítem 1
RD$48,232,290
GRUPO V40, S.R.L.Cumplió las evaluaciones legal, financiera y técnica; figura en el orden al mérito con puntaje de 90.2.
Habilitado
Ítem 1
RD$44,190,763
A&Y ELECTRIC, S.R.L.No cumplió la evaluación técnica, según el resultado general consignado en el acta.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona