Enfoque institucional y burocrático, destacando únicamente el acto legal de la designación a través del decreto presidencial.
Sin lenguaje cargado destacado
Detalla la base legal del decreto, mencionando el artículo 128 de la Constitución, la Ley 247-12 y la Ley 526. · Señala explícitamente que la disposición debe ser remitida a la Cámara de Cuentas, la Contraloría General, el MAP y al Inespre.
Omite cualquier información sobre el pasado político, historial profesional o afiliación partidaria de Odalis Vega. · No menciona al funcionario saliente que ocupaba el puesto.






