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Tribunal Constitucional anula decreto que regula horario de venta de bebidas alcohólicas

2 medios 2 piezas 2 grupos propietariosCobertura del 28 jul de 2026 al 30 jul de 2026
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Base común

En lo que coinciden

  1. 01

    El Tribunal Constitucional (TC) de la República Dominicana declaró inconstitucional el Decreto 308-06, que restringe el horario de expendio de bebidas alcohólicas.

  2. 02

    Los efectos de la nulidad fueron diferidos por un período de dos años.

  3. 03

    El TC exhortó al Congreso Nacional a promulgar una ley que regule esta materia.

  4. 04

    La Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo se mostró de acuerdo con acoger la solicitud de inconstitucionalidad.

Encuadres y omisiones

Cómo lo contó cada medio

2 perspectivas
elCaribeEncuadre principal
Descriptivo

Enfoque directo en la anulación de la prohibición y su impacto sobre el expendio de alcohol, destacando el límite del poder ejecutivo.

Lenguaje

“excesiva en razón a la aplicación atemporal o indefinida” · “enrostra que no se identifica” · “poder punitivo del Estado”

Afirma en exclusiva

El decreto tenía un carácter indefinido de más de 25 años en los hechos. · El presidente solo puede dictar este tipo de limitaciones horarias para situaciones temporales y específicas, como Semana Santa y Navidad. · El decreto representaba sanciones que reflejaban el poder punitivo del Estado carentes de previsión legal.

Omite

La oposición de la Procuraduría General de la República a que se anulara el decreto. · El nombre de la persona que interpuso el recurso de inconstitucionalidad (Víctor Eddy Mateo Vásquez). · La composición específica del tribunal y sus jueces.

Listín DiarioEncuadre principal
Descriptivo

Enfoque centrado en la decisión técnica y la necesidad de que la limitación de horarios sea regida por una ley congresual.

Lenguaje

“inconstitucionalidad sobrevenida” · “eran tiempos diferentes” · “reforzó el principio de reserva de ley”

Afirma en exclusiva

La Procuraduría General de la República solicitó al TC rechazar la acción por entender que no se vulneraba la Constitución. · El recurso de inconstitucionalidad fue presentado por Víctor Eddy Mateo Vásquez. · El Poder Ejecutivo se ha abstenido de impulsar un proyecto propio porque ya existen iniciativas en curso en el Congreso Nacional. · El decreto fue firmado originalmente por el entonces presidente Leonel Fernández en 2006.

Omite

La crítica específica de la Alta Corte sobre el carácter 'punitivo' y genérico de las medidas. · La referencia del TC a que el Ejecutivo sí puede emitir estos decretos pero para eventos temporales específicos como Semana Santa o Navidad.

Fuentes originales

Todas las piezas

2 publicaciones

TC declara inconstitucional medida que limita horario venta de bebidas alcohólicas

El Tribunal Constitucional de la República Dominicana declaró inconstitucional el Decreto 308-06 que limita el horario de venta de bebidas alcohólicas, argumentando que este tipo de regulación debe ser establecida por ley del Congreso Nacional. No obstante, el tribunal dispuso diferir los efectos de la inconstitucionalidad por un plazo de dos años para otorgar tiempo al Poder Legislativo de promulgar una ley al respecto. La decisión contó con opiniones divididas entre las instituciones consultadas y con votos salvados y disidentes de varios magistrados.

El TC anula el decreto que prohíbe expendio de bebidas alcohólicas

El Tribunal Constitucional de la República Dominicana declaró inconstitucional el decreto 308-06 que restringía el horario de venta de bebidas alcohólicas por tener un carácter indefinido de más de 25 años. La sentencia difiere sus efectos por dos años y exhorta al Congreso Nacional a legislar sobre la materia, generando a su vez diversos votos salvados y disidentes entre los magistrados.