Tesorería de la Seguridad Social
Mínimo de ocho años de experiencia en servicios de igual magnitud
· hace 1 año
El Comité limita la acreditación del personal a las certificaciones enumeradas en el pliego y descarta expresamente las equivalentes. Aunque la respuesta remite a requisitos ya previstos en el pliego, conviene revisar el efecto de excluir acreditaciones equivalentes sobre la competencia y la proporcionalidad de los requisitos.
“No se aceptan certificaciones equivalentes a las solicitadas, sino específicamente las que se describen en el Pliego de Condiciones Específicas.” — Circular 1 de Respuestas Proceso TSS-CCC-LPN-2025-0004 Co-Gestion del Monitoreo de la Red a traves de un NOC.pdf
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…
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Una señal es un motivo para mirar, no una conclusión: describe hechos verificables de fuentes oficiales.
En qué documentos se basa esta señal y dónde verificarla en la fuente oficial.
La Circular núm. 1, de fecha 29 de julio de 2025, responde una consulta sobre las certificaciones exigidas al personal de monitoreo, soporte y administración de soluciones para el servicio de co-gestión de la red mediante un NOC. El Comité de Compras y Contrataciones indica que no aceptará certificaciones equivalentes, sino únicamente las enumeradas en el pliego.
| Oferente | Oferta | Entregada | Resultado |
|---|---|---|---|
| IQTEK Solutions, SRL | — | 14 ago de 2025 | Pendiente |
| Adjudicatario | Monto | Adjudicado | Estado |
|---|---|---|---|
| IQTEK Solutions, SRL | RD$8,979,800 | 19 sept de 2025 | Activo · contrato |
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· hace 1 año
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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
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