Superintendencia de Electricidad
El anticipo previsto es inferior al aplicable a MIPYMES
· hace 6 meses
La sección de criterios de selección menciona ponderaciones cualitativas y cuantitativas, mientras que la evaluación técnica posterior se define como cumple/no cumple y luego evaluación económica. Esa diferencia puede generar incertidumbre sobre si se asignarán puntajes técnicos y cómo se aplicarán.
“Los oferentes serán evaluados en función del cumplimiento técnico, ponderaciones cualitativas y cuantitativas de los productos y servicios ofertados. … • Evaluación técnica Cumple / No Cumple. • Evaluación económica.” — REQUERIMIENTOS TECNICOS.pdf
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
Ley 47-25, artículo 118 — Criterios de evaluación
Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.
Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →
Una señal es un motivo para mirar, no una conclusión: describe hechos verificables de fuentes oficiales.
En qué documentos se basa esta señal y dónde verificarla en la fuente oficial.
El documento establece los requerimientos técnicos para contratar por doce meses un servicio SOC y una plataforma EDR/XDR, con operación 24/7 y cobertura indicada para 570 objetos: 500 dispositivos finales y 70 servidores. Exige, entre otros aspectos, experiencia del proveedor, canal autorizado del fabricante y certificaciones para el personal, algunas regularizables después del inicio. Fija un anticipo del 20% y el pago del 80% restante con la entrega y puesta en marcha; el documento no indica número de acta ni fecha.
| Oferente | Oferta | Entregada | Resultado |
|---|---|---|---|
| Nap del Caribe, INC | RD$7,875,000 | 28 may de 2026 | Pendiente |
| IQTEK Solutions, SRL | — | 29 may de 2026 | Pendiente |
| Productive Business Solutions Dominicana, SAS | — | 29 may de 2026 | Pendiente |
Superintendencia de Electricidad
· hace 6 meses
Superintendencia de Electricidad
· hace 6 meses
Superintendencia de Electricidad
· hace 6 meses
Superintendencia de Electricidad
· hace 6 meses
Superintendencia de Electricidad
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Superintendencia de Electricidad
· hace 8 meses
Superintendencia de Electricidad
· hace 6 meses
Superintendencia de Electricidad
· hace 6 meses
Superintendencia de Electricidad
· hace 6 meses
Superintendencia de Electricidad
· hace 6 meses
Superintendencia de Electricidad
· hace 6 meses
Superintendencia de Electricidad
· hace 6 meses