Ministerio de Interior y Policía
Vigencia de garantía limitada a la recepción del bien
· hace 7 meses
La solicitud que notifica directamente a PZU está fechada el 5 de marzo; según el resumen del acta de inicio del proceso, la aprobación del procedimiento y del pliego ocurrió el 16 de marzo. La secuencia merece verificarse porque la ley dispone que el procedimiento y el pliego se aprueben antes de la convocatoria.
“05 de marzo del 2026 Señores PZU CONSULTING, SRL Mediante el presente documento, el MINISTERIO DE INTERIOR Y POLICIA le notifica la solicitud de propuestas para modalidad de excepción mediante contratación directa (PROVEEDOR UNICO)” — SOLICITUD DE PROPUESTA PEPU-0006.pdf, página 2
Ley 47-25, artículo 95 — Aprobación del procedimiento de selección y de los pliegos de condiciones
Artículo 95.- Aprobación del procedimiento de selección y de los pliegos de condiciones. Previo a la publicación de la convocatoria, la institución contratante deberá aprobar, mediante acto administrativo, el procedimiento de selección y los pliegos de condiciones que hayan sido elaborados; el cual dará inicio al procedimiento de selección.
Reglamento 52-26, artículo 103 — Aprobación interna del pliego de condiciones
Artículo 103.- Aprobación interna del pliego de condiciones. Previo a la convocatoria del procedimiento de selección de proveedores, el pliego de condiciones debe ser aprobado por el Comité de Contrataciones Públicas debidamente conformado o por el responsable del procedimiento, mediante acto administrativo de la institución contratante, de conformidad con el artículo 95 de la Ley núm. 47-25 y las reglas internas de delegación de competencia que se hayan establecido. Párrafo I. El acto de aprobación debe indicar, como mínimo, el procedimiento de selección de proveedores aprobado, el objeto contractual, el valor referencial y la identificación del pliego de condiciones definitivo que regirá…
Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →
Una señal es un motivo para mirar, no una conclusión: describe hechos verificables de fuentes oficiales.
En qué documentos se basa esta señal y dónde verificarla en la fuente oficial.
La solicitud, fechada el 5 de marzo de 2026, invita a PZU Consulting, SRL a presentar propuesta para adquirir 150 licencias de ULTI-CABINET. Fija como fecha límite el 20 de marzo de 2026 a las 3:30 p. m., establece un contrato de un año y exige un único pago tras la recepción conforme. El expediente indica que el acta de inicio y aprobación del pliego es del 16 de marzo, posterior a la fecha de esta solicitud.
| Oferente | Resultado en el acta | Lote o grupo | Monto |
|---|---|---|---|
| PZU Consulting, SRLDestinataria de la solicitud de propuesta como proveedor único; este documento no consigna su adjudicación. | Mencionado | — | — |
| Oferente | Oferta | Entregada | Resultado |
|---|---|---|---|
| PZU Consulting, SRL | RD$11,700,000 | 20 mar de 2026 | Pendiente |
| Adjudicatario | Monto | Adjudicado | Estado |
|---|---|---|---|
| PZU Consulting, SRL | RD$11,700,000 | 31 mar de 2026 | Activo · contrato |
Ministerio de Interior y Policía
· hace 7 meses
Ministerio de Interior y Policía
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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
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