La DGCP anuló actos de este proceso (resolución RIC-35-2025)
· hace 1 año
Unidad Técnica Ejecutora de Titulación de Terrenos del Estado · Estado: Proceso adjudicado y celebrado
· hace 1 año
· hace 2 añosRD$20 millones
Decisiones de la Dirección General de Contrataciones Públicas sobre recursos, medidas cautelares, inhabilitaciones o investigaciones de este proceso. Lectura automática del documento: verifica cada dato en la resolución original.
Se declara admisible en cuanto a la forma el recurso de reconsideración interpuesto por la razón social CTAV, S.R.L., por haber sido presentado dentro del plazo legal establecido en el artículo 53 de la Ley Núm. 107-13. Se ordena la modificación de la Resolución RIC-0124-2024 en lo relativo a la graduación de la sanción impuesta, recalificándose la falta cometida de Muy Grave a Grave conforme a los criterios de…
Procesos: DGCP-DAF-CM-2024-0021 (Contratación de servicios de equipos de Producción y montaje para…)SNS-CCC-CP-2024-0021 (CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE EVENTOS PARA EL PROGRAMA 43 DEL SNS…)
Empresas: CTAV, SRL (presentó la acción)CTVA, S.R.L.
PRIMERO: DECLARAR admisible en cuanto a la forma el recurso de reconsideración interpuesto por CTAV, S.R.L., por haber sido presentado dentro del plazo legal de treinta (30) días establecido en el artículo 53 de la Ley Núm. 107-13. SEGUNDO: ORDENAR la modificación de la Resolución RIC-0124-2024 en lo relativo a la graduación de la sanción debiendo procederse conforme a lo siguiente: PÁRRAFO I: RECALIFICAR la falta incurrida, variando su grado de Muy Grave a Grave, en atención a los criterios de proporcionalidad analizados en la presente reconsideración. PÁRRAFO II: GRADUAR la sanción de inhabilitación permanente impuesta originalmente, por la sanción de inhabilitación temporal por el término de tres (3) años. TERCERO: CONDICIONAR, la modificación de la sanción a la implementación inmediata de las medias correctivas dispuestas en el numeral 35 del presente acto, En consecuencia, se ORDENA que el plazo de treinta (30) días hábiles, contados a partir de la notificación de esta resolución, deposite evidencias ante esta Dirección General que acrediten la implementación de los mecanismos de control interno y las demás medidas ordenadas. CUARTO: ADVERTIR a la razón social CTAV, S.R.L., que cualquier incumplimiento de las medidas establecidas en el ordinal tercero, o la reincidencia en la comisión de faltas que atenten contra el régimen de contrataciones públicas, será causal para la aplicación inmediata de la sanción más severa prevista en la normativa vigente al momento de la comisión del nuevo hecho. QUINTO: ORDENAR al Departamento de Gestión de Proveedores de esta Dirección General de Contrataciones Públicas, MODIFIFAR en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP) administrado por este Órgano Rector, la sanción de inhabilitación del Registro de Proveedor del Estado (RPE) núm. 37752, de la razón social CTAV, S.R.L. SÉXTO: NOTIFICAR la presente Resolución a las partes interesadas y a los órganos correspondientes: i) La Unidad Técnica de Titulación de Terrenos del Estado (UTECT); ii) Al Servicio Nacional de Salud (SNS); iii) al Instituto Agrario Dominicano (IAD); iv) Tribunal Constitucional (TC) y v) Ministerio de Economía, Planificación y Desarrollo (MEPYD) para su conocimiento y fines de lugar SÉPTIMO: REMITIR formalmente esta resolución a i) la Contraloría General de la República y a su Unidad Antifraude; ii) la Cámara de Cuentas de la República Dominicana, iii) la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa, para su conocimiento y fines de lugar OCTAVO: ORDENAR que esta resolución sea publicada en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP), administrado por esta Dirección General, en www.dgcp.gob.do.
| Adjudicatario | Monto | Adjudicado | Estado |
|---|---|---|---|
| Stage Visual Sound SVS, SRL | RD$59,999,996 | 3 sept de 2024 | Modificado · contrato |
| Oferente | Oferta | Entregada | Resultado |
|---|---|---|---|
| CTAV, SRLProveedor desde 21 nov de 2013 | RD$40,000,000 | 15 jul de 2024 | Pendiente |
| Pink Iguana, SRLProveedor desde 9 oct de 2014 | RD$40,000,000 | 18 jul de 2024 | Pendiente |
| Stage Visual Sound SVS, SRLProveedor desde 13 jul de 2018 | RD$40,000,000 | 19 jul de 2024 | Adjudicado |
| Actividades Caoma, SRLProveedor desde 30 jul de 2015 | RD$40,000,000 | 19 jul de 2024 | Pendiente |
| Agencia de Viajes Milena Tours, SRLProveedor desde 12 sept de 2006 | RD$40,000,000 | 19 jul de 2024 | Pendiente |
| Ricos Buffet, SRLProveedor desde 14 nov de 2006 | sin monto publicado | 19 jul de 2024 | Pendiente |
| FC Backstage Productions, SRLProveedor desde 27 ago de 2012 | sin monto publicado | 19 jul de 2024 | Pendiente |
Todavía no hemos leído los documentos de este proceso. Los procesos de mayor monto se leen primero.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
La Dirección General DECLARA la inhabilitación permanente del Registro de Proveedor del Estado (RPE) núm. 37752 correspondiente a CTAV, S.R.L., por la presentación de documentos falsos o adulterados en varios procedimientos de contratación, conforme a lo dispuesto en el apartado vi) del numeral 14) del artículo 36 de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones. ORDENA al Departamento de Gestión de Proveedores del…
Procesos: DGCP-DAF-CM-2024-0021 (Contratación de servicios de equipos de Producción y montaje para…)SNS-CCC-CP-2024-0021 (CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE EVENTOS PARA EL PROGRAMA 43 DEL SNS…)
Empresa: CTAV, SRL (sancionada)
PRIMERO: Luego del análisis realizado a raíz del inicio del procedimiento administrativo sancionador de oficio y en atención a los hallazgos comprobados en las ofertas presentadas en los procedimientos: i) Licitación Pública Nacional núm. UTECT-CCC-LPN-2024-0001; ii) Comparación de Precios Núm. SNS-CCC-CP-2024-0021, y; iii) Compra Menor núm. DGCP- DAF-CM-2024-0021, el funcionario sancionador ordena INHABILITAR de forma permanente el Registro de Proveedor del Estado (RPE) núm. 37752 correspondiente a la razón social CTAV, S.R.L, por haber incurrido en presentación de documentos falsos o adulterados en el marco de varios procedimientos de contratación. SEGUNDO: ORDENAR al Departamento de Gestión de Proveedores del Estado de esta Dirección General de Contrataciones Públicas, aplicar en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP), administrado por este Órgano Rector, la sanción a la razón social CTAV, S.R.L. e incluirla en el registro especial de proveedores INHABILITADOS en forma permanente, conforme con lo dispuesto en el apartado vi) del numeral 14) del artículo 36 de la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones. TERCERO: DECLARAR que la razón social CTAV, S.R.L., Registro de Proveedor del Estado (RPE) núm. 37752, no podrá contratar con las instituciones amparadas dentro del ámbito de aplicación de la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones, de forma permanente, a partir de la fecha de registro de la sanción en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP), por este Órgano Rector. PÁRRAFO I: La inhabilitación permanente de la razón social CTAV, S.R.L., no interrumpe y tampoco produce efectos sobre las obligaciones contraídas previo a la emisión del presente acto administrativo. Por tanto, la inhabilitación no podrá afectar procesos de pago pendientes a estos proveedores o por cualquier otra institución pública con la que éste tenga adjudicaciones y contratos en ejecución, acordados previo a la inhabilitación. PÁRRAFO II: La razón social CTAV, S.R.L., debe responder los compromisos asumidos ante cualquier institución pública, respecto a las adjudicaciones y contratos sobre los que haya podido resultar favorecido previo a la inhabilitación, teniendo a cargo la obligación de responder en los términos ofertados y acordados, tal como exige el citado numeral 3) del artículo 32 de la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones. CUARTO: REMITIR formalmente está presente Resolución a las partes envueltas en el procedimiento de que se trata: i) La Unidad Técnica de Titulación de Terrenos del Estado (UTECT); ii) Al Servicio Nacional de Salud (SNS); iii) al Instituto Agrario Dominicano (IAD); iv) Tribunal Constitucional (TC) y v) Ministerio de Economía, Planificación y Desarrollo (MEPYD) para su conocimiento y fines de lugar. QUINTO: REMITIR formalmente esta resolución a i) la Contraloría General de la República y a su Unidad Antifraude; ii) la Cámara de Cuentas de la República Dominicana, iii) la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa, para su conocimiento y fines de lugar SEXTO: ORDENAR que esta Resolución sea publicada en el portal electrónico administrado por esta Dirección General, www.dgcp.gob.do.
Tipo de acción: Recurso jerárquico presentado por la razón social Rico’s Buffet, S.R.L., contra el Acta de Adjudicación s/n, emitida por el Comité de Compras y Contrataciones de la Unidad Técnica Ejecutora de Titulación de Terrenos del Estado (UTECT), en el marco de la Licitación Pública Nacional Núm. UTECT-CCC-LPN-2024-0001, llevada a cabo para la “Contratación de servicios para los montajes de eventos en las…
Empresas: Ricos Buffet, SRLStage Visual Sound SVS, SRL
PRIMERO: ACOGER en cuanto a la forma el recurso jerárquico presentado por la razón Ricos Buffet, S.R.L., contra el Acta de Adjudicación s/n, emitida por el Comité de Compras y Contrataciones de la Unidad Técnica Ejecutora de Titulación de Terrenos del Estado (UTECT), suscrita en fecha 29 de agosto de 2024, en el marco de la Licitación Pública Nacional Núm. UTECT-CCC-LPN-2024-0001, llevada a cabo para la “Contratación de servicios, para los montajes de eventos, en las Entregas de Títulos Definitivos a nivel nacional y otras actividades llevadas a cabo por la UTECT”, por haber sido interpuesto de acuerdo con las formalidades requeridas en la normativa. SEGUNDO: En cuanto al fondo del recurso jerárquico presentado por la razón social Rico’s Buffet, S.R.L.: i. ACOGER el pedimento de ANULAR el Acta de Adjudicación s/n, emitida por el Comité de Compras y Contrataciones de la Unidad Técnica Ejecutora de Titulación de Terrenos del Estado (UTECT), suscrita en fecha 29 de agosto de 2024, en el marco de la Licitación Pública Nacional Núm. UTECT-CCC-LPN-2024-0001, llevada a cabo para la “Contratación de servicios, para los montajes de eventos, en las Entregas de Títulos Definitivos a nivel nacional y otras actividades llevadas a cabo por la UTECT”, por haberse determinado como temeraria la oferta presentada por la razón social Rico’s Buffet, S.R.L., sin haber solicitado justificación del precio a la oferente y por haber utilizado un presupuesto de referencia para la evaluación que no estaba contemplado en el pliego de condiciones, siendo esto violatorio a la normativa vigente. ii. EN CONSECUENCIA, SE ORDENA la reevaluación de la oferta económica de la razón social Rico’s Buffet, S.R.L. por lo motivos expuestos en la presente resolución, y que la Unidad Técnica Ejecutora de Titulación de Terrenos del Estado (UTECT) posteriormente, emitir los actos administrativos subsiguientes que correspondan. TERCERO: ORDENAR la remisión formal de la presente Resolución a las partes involucradas en el procedimiento de que se trata, a saber: a la recurrente, i) Rico’s Buffet, S.R.L.; ii) a la institución contratante, Unidad Técnica Ejecutora de Titulación de Terrenos del Estado (UTECT); y a la adjudicataria iii) Stage Visual Sound SVS, S.R.L., para sus conocimientos y fines de lugar. CUARTO: ORDENAR la remisión formal de la presente Resolución a la Contraloría General de la República y a la Cámara de Cuentas de la República Dominicana, para sus conocimientos y fines de lugar. QUINTO: ORDENAR que esta Resolución sea publicada en el portal electrónico administrado por esta Dirección General, www.dgcp.gob.do.