Instituto Nacional de la Vivienda (INVI) (Inactiva) · Estado: Proceso adjudicado y celebrado
Decisiones de la Dirección General de Contrataciones Públicas sobre recursos, medidas cautelares, inhabilitaciones o investigaciones de este proceso. Lectura automática del documento: verifica cada dato en la resolución original.
En cuanto a la forma, se acoge la solicitud de investigación presentada. Sobre los alegatos, se determinó que no tiene mérito el alegato presentado por la parte denunciante, relativo a que el requerimiento formulado en el pliego de condiciones para los equipos de la hemodiálisis solo beneficiaría a un proveedor, ya que la denunciante no aportó pruebas que sustenten dichos planteamientos, y además, a entendimiento…
Empresas: Clinimed, SRL (presentó la acción)Consorcio Malespin - Group Z (adjudicataria del proceso)
PRIMERO: ACOGER en cuanto a la forma, la solicitud de investigación presentada por la razón social Clinimed, S.R.L., contra el procedimiento de Licitación Pública Nacional Núm. INVI-CCC-LPN-2021-0004, llevado a cabo por el Instituto Nacional de la Vivienda (INVI), para la “Construcción y Equipamiento del Hospital Regional Dr. Antonio Musa”, por haber sido presentada de conformidad con lo que disponen los artículos 71 y 72 de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones. SEGUNDO: En cuanto al fondo de la solicitud de investigación presentada por la razón social Clinimed, S.R.L.; i. DECLARAR que esta Dirección General con lo expuesto en la presente Resolución ha satisfecho el pedimento de la denunciante en cuanto a que se investigue el procedimiento de que se trata. ii. RECHAZAR el pedimento de que se anule el pliego de condiciones y por vía de consecuencia el procedimiento de Licitación Pública Nacional Núm. INVI-CCC-LPN- 2021-0004, toda vez que el alegato no tiene mérito y no se probado que el pliego este afectado de irregularidades que lo hagan pasible de nulidad, tal y como se estableció en el párrafo 50 de la presente Resolución. TERCERO: REMITIR formalmente la presente Resolución a las partes, la denunciante, la razón social Clinimed, S.R.L.; a la institución contratante, Ministerio de la Vivienda y GOBIERNO DE LA REP BLICA DOMINICA A HACIENDA DIR CCIÓ GEN ERA CO TR T CIO p'5 ICA Dirección Gcone,i11. Col,tratadollCIS Publlc;,,; Edificaciones (MIVED antes Instituto Nacional de la Vivienda (INVI); y a la adjudicataria, Consorcio Malespín-Group Z, para su conocimiento y fines de lugar. CUARTO: ORDENAR que esta Resolución sea publicada en el portal electrónico administrado por este Órgano Rector en www.dgcp.gob.do.
Respecto a la falta de calidad de la razón social Clinimed, S.R.L., se concluye que no tienen mérito los alegatos vertidos por la institución contratante, toda vez que se comprobó que esta se encuentra habilitada para presentar dicha medida cautelar como acción accesoria a su solicitud de investigación. En cuanto al fondo de la medida cautelar: i) no se demostró el peligro inminente en la demora ya que no se probó…
Empresas: Clinimed, SRL (presentó la acción)Consorcio Malespin - Group Z
PRIMERO: RECHAZAR el medio de inadmisión planteado por el INVI relativo a la falta de calidad de la razón social Clinimed, S.R.L., para presentar una solicitud de medida cautelar, toda vez que esta Dirección General se encuentra apoderada de una solicitud de investigación. SEGUNDO: ACOGER en cuanto a la forma la solicitud de medida cautelar presentada por la razón social Clinimed, S.R.L., por haber sido realizada de acuerdo a las formalidades requeridas por la normativa. TERCERO: RECHAZAR en cuanto al fondo la solicitud de medida cautelar presentada por la razón social Clinimed, S.R.L., tendente a suspender el procedimiento de Licitación Pública Nacional Núm. INVI-CCC-LPN-2021-0004, llevado a cabo por el Instituto Nacional de la Vivienda para la “Construcción y equipamiento del Hospital Regional Dr. Antonio Musa”, hasta tanto se dé respuesta a su solicitud de investigación, debido a que no ha sido probado el peligro en la demora “periculum in mora”, así como tampoco se constató la existencia de la apariencia de buen derecho “fumus boni iuris”, y el daño que ocasionaría al interés general si no se suspendiera el procedimiento, o que solo se garantizaría de así hacerlo. CUARTO: ORDENAR la remisión formal de la presente Resolución a las partes envueltas en el proceso de que se trata, al Instituto Nacional de la Vivienda, y a las razones sociales: i) Clinimed, S.R.L., y ii) Consorcio Malespín-Group Z; para su conocimiento y los fines de lugar. QUINTO: ORDENAR que la presente resolución sea publicada en el portal electrónico administrado por esta Dirección General, www.dgcp.gob.do.
| Adjudicatario | Monto | Adjudicado | Estado |
|---|---|---|---|
| Malespin Constructora, SRL | RD$2,338,337,972 | 2 dic de 2021 | Activo · contrato |
| Oferente | Oferta | Entregada | Resultado |
|---|---|---|---|
| Malespin Constructora, SRLProveedor desde 16 mar de 2009 | RD$2,338,337,972 | 19 oct de 2021 | Adjudicado |
| Constructora Mar, S.R.L.Proveedor desde 17 jul de 2009 | sin monto publicado | 19 oct de 2021 | Rechazada |
| Glendale Construction, SRLProveedor desde 8 oct de 2020 | sin monto publicado | 19 oct de 2021 | Rechazada |
Todavía no hemos leído los documentos de este proceso. Los procesos de mayor monto se leen primero.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona