La DGCP anuló actos de este proceso (resolución RIC-117-2024)
· hace 2 años
Instituto Estabilización de Precios · Estado: Proceso adjudicado y celebrado
· hace 2 años
Decisiones de la Dirección General de Contrataciones Públicas sobre recursos, medidas cautelares, inhabilitaciones o investigaciones de este proceso. Lectura automática del documento: verifica cada dato en la resolución original.
Declarar la nulidad del acta de toda vez que la institución contratante se apartó de los criterios de evaluación de las ofertas económicas y de adjudicación previstos en el pliego de condiciones, transgrediendo el principio de estricta sujeción a la norma, lo que se traduce en una actuación discrecional En consecuencia, de encontrarse en ejecución las obligaciones asumidas en el marco del procedimiento a la fecha…
Empresas: Express Servicios Logisticos ESLOGIST, EIRL (presentó la acción)EV Color Group, SRL (adjudicataria del proceso)
PRIMERO: ACOGER en cuanto a la forma el recurso jerárquico interpuesto por la razón social Express Servicios Logísticos ESLOGIST, E.I.R.L., en contra de la Resolución Núm. 04-2023 de fecha 31 de julio de 2023, emitido por el Comité de Compras y Contrataciones del Instituto de Estabilización de Precios en respuesta a su recurso de impugnación en el marco del procedimiento por Comparación de Precios Núm. INESPRE-CCC-CP-2023-0004, llevado a cabo para la “Adquisición de Bolsas Plásticas (Fundas Tipo T-Shirt), dirigió exclusivamente a MIPYMES Y MIPYMES Mujeres”, por haber sido presentado con las formalidades y en el plazo establecido en el artículo 67 numeral 1 de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones. SEGUNDO: En cuanto al fondo del recurso jerárquico presentado por la razón social Express Servicios Logísticos ESLOGIST, E.I.R.L., esta Dirección General decide ACOGER el pedimiento de ordenar que sea “reevaluada” la decisión de adjudicación del Comité de Compras y Contrataciones del INESPRE, y por ende se DECLARA la nulidad de pleno derecho del Acta de Adjudicación S/N de fecha 4 de julio de 2023 emitida en el marco del procedimiento por Comparación de Precios Núm. INESPRE-CCC-CP-2023-0004, llevado a cabo por el Instituto de Estabilización de Precios, para la “Adquisición de Bolsas Plásticas (Fundas Tipo T-Shirt), dirigió exclusivamente a MIPYMES Y MIPYMES Mujeres, toda vez que se comprobó que la institución contratante se apartó de los criterios de evaluación de las ofertas económicas y de adjudicación previstos en el pliego, transgrediendo el principio de estricta sujeción a la norma, lo que se traduce en una actuación discrecional. PÁRRAFO: En consecuencia, de encontrarse en ejecución de las obligaciones asumidas en el marco de dicho procedimiento a la fecha de notificación de la presente Resolución, no podría consentirse la continuación de esta, por estar al margen de la citada norma y ser nula de pleno derecho de conformidad con el artículo 14 de la Ley Núm. 107-13 y los artículos 68 y 69 del Reglamento de Aplicación, Decreto Núm. 543-12. Por consiguiente: A) En caso de que subsista el objeto contractual, la institución contratante deberá REVALUAR las ofertas económicas de los oferentes que calificaron para la apertura de sus respectivos “Sobres B”, y emitir los actos administrativos que correspondan, en el plazo no mayor a 30 días calendario contados a partir del día siguiente a la fecha de notificación de esta Resolución, debiendo la institución dejar evidencia documental a través de dichos actos administrativos que deben ser publicados en el SECP. Una vez culminada la revaluación, si procediere, la institución deberá notificar a esta Dirección General un informe de su actuación en un plazo no mayor a cinco (5) días hábiles. B) En caso de que, al momento de emisión de esta resolución, el contrato que hubiere resultado de este procedimiento se encuentre consumado o ejecutado, no procederá la revaluación de las ofertas, al ser de imposible cumplimiento retrotraer el procedimiento a la etapa de evaluación de ofertas económicas, sin embargo, la institución deberá notificar a esta Dirección General en un plazo no mayor a cinco (5) días hábiles un informe explicando las razones que imposibilitan la revaluación de ofertas y el estado actual del contrato del procedimiento. TERCERO: ORDENAR la remisión formal de la presente Resolución a las partes envueltas en el proceso de que se trata: i) la recurrente, la razón social Express Servicios Logísticos ESLOGIST, E.I.R.L.; ii) a la adjudicataria, la razón social EV Color Group, S.R.L., y iii) a la institución contratante, el Instituto de Estabilización de Precios (INESPRE), para su conocimiento y fines de lugar. CUARTO: ORDENAR la remisión formal de la presente Resolución a Cámara de Cuentas y Contraloría General de la República para su conocimiento y fines de lugar. QUINTO: ORDENAR que esta Resolución sea publicada en el portal electrónico administrado por esta Dirección General, en www.dgcp.gob.do.
| Adjudicatario | Monto | Adjudicado | Estado |
|---|---|---|---|
| EV Color Group, SRL | RD$4,994,940 | 11 jul de 2023 | Cerrado · contrato |
| Oferente | Oferta | Entregada | Resultado |
|---|---|---|---|
| EV Color Group, SRLProveedor desde 17 ene de 2021 | RD$4,994,940 | 20 jun de 2023 | Adjudicado |
| Amaram Enterprise, SRLProveedor desde 21 dic de 2016 | RD$4,994,940 | 20 jun de 2023 | Calificada |
| Jeram Investment, SRLProveedor desde 9 jun de 2021 | RD$4,764,250 | 20 jun de 2023 | Calificada |
| Express Servicios Logisticos ESLOGIST, EIRLProveedor desde 15 abr de 2016 | RD$4,613,800 | 20 jun de 2023 | Calificada |
| Topicverse, SRLProveedor desde 10 may de 2017 | sin monto publicado | 20 jun de 2023 | Rechazada |
| Proviluz, SRLProveedor desde 17 abr de 2019 | sin monto publicado | 20 jun de 2023 | Rechazada |
Todavía no hemos leído los documentos de este proceso. Los procesos de mayor monto se leen primero.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona