Persona Jurídica · Sociedades Comerciales
Lectura con inteligencia artificial de las actas de evaluación y adjudicación, que suelen adelantarse a los contratos de la DGCP. Verifica cada dato en el acta.
Decisiones de la Dirección General de Contrataciones Públicas sobre recursos, medidas cautelares, inhabilitaciones o investigaciones en que figura esta empresa. Lectura automática del documento: verifica cada dato en la resolución original.
La Dirección General, luego de analizar los puntos en conflicto del recurso jerárquico de que se trata, concluye en relación con los pedimentos de la recurrente, en cuanto a que se anule la decisión tercera del “Acta No. 02” de fecha 26 de diciembre de 2023 emitida por el Banco Agrícola, por constituir una actuación antijurídica y que violenta el artículo 24 de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones, debido a las…
Proceso: BAGRICOLA-DAF-CM-2023-0042 (CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA DE CUMPLIMIENTO NORMATIVO DE…)
Empresas: Lexi Legal, Risk & Management Solutions, SAS (presentó la acción)Abogados & Consultores S.R.L.López Grullón
PRIMERO: RECHAZAR el medio de inadmisión planteado por el Banco Agrícola, relativo a la alegada falta de objeto del recurso jerárquico, debido a que, en materia de Compras y Contrataciones Públicas, si bien la institución contratante es competente para llevar a cabo los procedimientos de compras y gestionarlos de manera descentralizada, no menos cierto es que al hacerlo debe tener en cuenta la correcta aplicación de las normas, tal y como se detalló en los párrafos 26 al 44 de esta Resolución. SEGUNDO: ACOGER en cuanto a la forma el recurso jerárquico presentado por la razón social Lexi Legal Risk & Management Solutions, S.R.L., en contra del “Acta No. 02” de fecha 26 de diciembre de 2023, emitida por la Gerente de Tesorería del Banco Agrícola de la República Dominicana, en respuesta a su recurso de impugnación en el marco del procedimiento de Compra Menor Núm. BAGRICOLA-DAF-CM-2023-0042 llevado a cabo para la “Contratación de servicios de consultoría de cumplimiento normativo de procedimientos de compras públicas para el Bagrícola, dirigido a MIPYMES”, por haber sido presentado con las formalidades y en el plazo establecido en el artículo 67 numeral 1 de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones. TERCERO: En cuanto al fondo del recurso jerárquico presentado por la razón social Lexi Legal Risk & Management Solutions, S.R.L.: i. ACOGER el pedimento de anular el “Acta No. 02” de fecha 26 de diciembre de 2023, emitida por la Gerente de Tesorería del Banco Agrícola de la República Dominicana, toda vez que la misma constituye una actuación antijurídica, al violentar el artículo 24 de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones, de conformidad con el párrafo I del artículo 14 de la Ley Núm. 107-13, por lo que el Banco Agrícola deberá emitir los actos administrativos subsiguientes que pudieran corresponder. ii. ACOGER parcialmente el pedimento de que se ordene al Banco Agrícola a dar cumplimiento a la normativa vigente, ante lo cual la institución deberá retrotraer el procedimiento de contratación a la etapa de evaluación de ofertas y resolver con apego irrestricto a los términos de referencia, teniendo en cuenta las ponderaciones contenidas en la presente Resolución a fin de establecer sus propias ponderaciones coherentes con la normativa y decidir lo que corresponda mediante acto administrativo debidamente motivado. iii. RECHAZAR el pedimento de que se ordene al Banco Agrícola que proceda a cumplir con el dispositivo de la resolución que responde al recurso de impugnación en el sentido de haber acogido las conclusiones vertidas en la impugnación, la cual fue acogida en forma y en fondo, toda vez que ante las inobservancias constatadas en la aplicación del criterio de cumple/no cumple en la evaluación de las ofertas, es menester que la institución contratante se avoque a reevaluar conforme al debido proceso administrativo las ofertas presentadas en el procedimiento de referencia y determinar el oferente adjudicatario. CUARTO: ORDENAR al Banco Agrícola de la República Dominicana i) Publicar en el Portal Transaccional en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles contados a partir de la notificación de la presente Resolución, el informe de evaluación de ofertas económicas, emitido por los peritos técnicos designados a tal efecto, así como cualquier otro documento que no conste publicado, como serán los documentos a producir en atención a las disposiciones de esta Resolución, por ser partes esenciales del expediente administrativo, y una vez publicados dichos documentos, notificar a esta Dirección General en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles contados a partir de su fecha de publicación, que ya se encuentren cargados en el Portal Transaccional. QUINTO: ORDENAR la remisión formal de la presente Resolución a las partes envueltas en el proceso de que se trata, a saber: i) a la recurrente razón social Lexi Legal Risk & Management Solutions, S.R.L.; ii) a la razón social López Grullón, Abogados & Consultores S.R.L., y iii) a la institución contratante, el Banco Agrícola de la República Dominicana, para su conocimiento y fines de lugar. SEXTO: ORDENAR que la presente Resolución sea notificada a la Cámara de Cuentas de la República y a la Contraloría General de la República, para su conocimiento y fines de lugar. SÉPTIMO: ORDENAR que esta Resolución sea publicada en el portal electrónico administrado por este Órgano Rector, en www.dgcp.gob.do.
Registros de la Oficina Nacional de la Propiedad Industrial (ONAPI) a nombre de esta empresa, según sus boletines oficiales.
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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Esta Dirección General, luego de analizar el recurso jerárquico de que se trata, rechazó el pedimento de la recurrente, tendente a “suspender el procedimiento, la ejecución de adjudicación y ejecución de contrato del procedimiento de referencia”, toda vez que la recurrente no incluyó los fundamentos jurídicos necesarios para ponderar la medida cautelar solicitada; y rechazó los pedimentos de la recurrente tendentes…
Proceso: DGII-CCC-CP-2022-0026 (Consultoría para los procesos de creación e implementación del…)
Empresas: Lexi Public Law Attorneys, S.R.L. (presentó la acción)Concepta RD, SRLLexi Legal, Risk & Management Solutions, SAS
PRIMERO: ACOGER en cuanto a la forma, el recurso jerárquico interpuesto por la razón social Lexi Public Law Attorneys, S.R.L., en contra de la Resolución Núm. 01-2023 emitida en fecha 10 de enero de 2023, por el Comité de Compras y Contrataciones de la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), en respuesta a su recurso de impugnación presentado en el marco del procedimiento por Comparación de Precios Núm. DGII-CCC-CP-2022-0026, llevado a cabo para la “Consultoría para los procesos de creación e implementación del sistema integrado de gestión (normas antisoborno 37001 y cumplimiento regulatorio 37301) (Segunda Convocatoria)”, por haber sido interpuesto de acuerdo a las formalidades requeridas en la normativa. SEGUNDO: En cuanto al fondo del recurso jerárquico de la razón social Lexi Public Law Attorneys, S.R.L.: i. RECHAZAR el pedimento de la recurrente tendente a “suspender el procedimiento, la ejecución de adjudicación y ejecución de contrato del procedimiento de referencia”, toda vez que la recurrente no incluyó los fundamentos jurídicos necesarios para ponderar la medida cautelar solicitada. ii. RECHAZAR los pedimentos de la recurrente tendentes a “ordenar la reevaluación de nuestra propuesta y actualización de calificación conforme al pliego”, y “anular el procedimiento su adjudicación y otros efectos por haberse ejecutado contrario a derecho”, en atención a la falta de méritos de los argumentos de la recurrente respecto a la alegada aplicación de criterios distintos a los que estaban definidos en el pliego de condiciones y la alegada no suspensión del procedimiento. TERCERO: ORDENAR la remisión formal de la presente resolución a las partes envueltas, a saber: i) a la recurrente, razón social Lexi Public Law Attorneys, S.R.L., ii) a la institución contratante, la Dirección General de Impuestos Internos (DGII); y la adjudicataria del proceso: iii) la razón social Concepta RD, E.I.R.L., para su conocimiento y fines de lugar. CUARTO: ORDENAR que esta Resolución sea publicada en el portal electrónico administrado por esta Dirección General, en www.dgcp.gob.do.