Decisiones de la Dirección General de Contrataciones Públicas sobre recursos, medidas cautelares, inhabilitaciones o investigaciones en que figura esta empresa. Lectura automática del documento: verifica cada dato en la resolución original.
Resolucion_RIC_192_2020 PDF 884Kb PRIMERO: ACOGER en cuanto a la forma, el recurso jerárquico presentado por la razón social Dextra, S.R.L., contra el Procedimiento de Licitación Pública Nacional Núm. PROMESE/CAL-CCC-LPN-2019-0005, para ‘‘Adquisición de una solución de negocios de tecnología como herramienta administrativa que integre todas las operaciones de la institución, según fichas técnicas (Consultoría e…
Proceso: PROMESECAL-CCC-LPN-2019-0005 (Adquisición de una Solución de negocios de Tecnología como…)
Empresas: Dextra, SRLGRUPO CANDEMAR, SRL
PRIMERO: ACOGER en cuanto a la forma, el recurso jerárquico presentado por la razón social Dextra, S.R.L., contra el Procedimiento de Licitación Pública Nacional Núm. PROMESE/CAL- CCC-LPN-2019-0005, para ‘‘Adquisición de una solución de negocios de tecnología como herramienta República Dominicana Ministerio de Hacienda DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS www.comprasdominicana.gob.do I www.dgcp.gob.do administrativa que integre todas las operaciones de la institución, según fichas técnicas (Consultoría e implementación incluida)”, por haber sido incoado con las formalidades y en el plazo dispuesto en el artículo 67 de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones. SEGUNDO: En cuanto al fondo del recurso jerárquico presentado por la razón social Dextra, S.R.L., RECHAZAR la solicitud de ANULAR el procedimiento de licitación pública nacional Núm. PROMESE/CAL-CCC-LPN-2019-0005 convocado para la ‘‘Adquisición de una solución de negocios de tecnología como herramienta administrativa que integre todas las operaciones de la institución, según fichas técnicas (Consultoría e implementación incluida)”, ya que no fue demostrado que el pliego de condiciones viole principio de transparencia, el recurrente no demostró la restricción de los requerimientos del pliego de condiciones, a la participación en el procedimiento de licitación pública y violación principio de igualdad y libre competencia. TERCERO: ORDENAR la remisión formal de esta resolución a las partes, el Comité de Compras y Contrataciones de PROMESE/CAL, la razón social Dextra, S.R.L., y Grupo Candemar, S.R.L., para su conocimiento y fines de lugar. CUARTO: ORDENAR la remisión formal de esta resolución a la Contraloría General de la República y a la Cámara de Cuentas de la República Dominicana, para su conocimiento y fines de lugar. QUINTO: ORDENAR que esta resolución sea publicada en el portal electrónico administrado por esta Dirección General en www.dgcp.gob.do.
RECHAZAR, en cuanto al fondo la solicitud de medida cautelar presentada por la razón social Dextra, S.R.L., y que persigue suspender “cualquier acción tendente a ejecutar la evaluación y posterior adjudicación” del procedimiento de Licitación Pública Nacional Núm. PROMESE/CAL-CCC-LPN-2019-0005, llevado a cabo por el Programa de Medicamentos Esenciales/Central de Apoyo Logístico (PROMESE/CAL), para la “Adquisición…
Proceso: PROMESECAL-CCC-LPN-2019-0005 (Adquisición de una Solución de negocios de Tecnología como…)
Empresas: Dextra, SRLGRUPO CANDEMAR, SRL
PRIMERO: ACOGER en cuanto a la forma la solicitud de medida cautelar presentada por la razón social Dextra, S.R.L. por haber sido realizada de acuerdo a las formalidades requeridas por la normativa. SEGUNDO: RECHAZAR, en cuanto al fondo la solicitud de medida cautelar presentada por la razón social Dextra, S.R.L., y que persigue suspender “cualquier acción tendente a ejecutar la evaluación y posterior adjudicación” del procedimiento de Licitación Pública Nacional Núm. PROMESE/CAL-CCC-LPN-2019-0005, llevado a cabo por el Programa de Medicamentos Esenciales/Central de Apoyo Logístico (PROMESE/CAL), para la “Adquisición de una solución de negocios de tecnología como herramienta administrativa que integre todas las operaciones de la institución, República Dominicana Ministerio de Hacienda DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS www.comprasdominicana.gob.do I www.dgcp.gob.do según fichas técnicas (consultoría e implementación incluida)”, toda vez que, no ha sido motivado ni demostrado el peligro en la demora “periculum in mora”, no se verifica la apariencia de buen derecho “fumus boni iuris” en los elementos enunciados y tampoco el daño que ocasionaría al interés general el no adoptar la medida cautelar, o que solo se garantizaría de así hacerlo. TERCERO: ORDENAR la remisión formal de la presente Resolución a las partes envueltas en el proceso de que se trata, el Programa de Medicamentos Esenciales/Central de Apoyo Logístico (PROMESE/CAL) y las razones sociales Dextra S.R.L y Grupo Candemar, S.R.L., S.A., para su conocimiento y fines de lugar. CUARTO: ORDENAR la remisión formal de la presente resolución a la Contraloría General de la República y a la Cámara de Cuentas de la República Dominicana, para su conocimiento y fines de lugar. QUINTO: ORDENAR que la presente resolución sea publicada en los portales electrónicos administrados por este Órgano Rector, en www.comprasdominicana.gob.do y en www.dgcp.gob.do.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona