Persona Jurídica · Sociedades Comerciales · SANTO DOMINGO
Lectura con inteligencia artificial de las actas de evaluación y adjudicación, que suelen adelantarse a los contratos de la DGCP. Verifica cada dato en el acta.
Decisiones de la Dirección General de Contrataciones Públicas sobre recursos, medidas cautelares, inhabilitaciones o investigaciones en que figura esta empresa. Lectura automática del documento: verifica cada dato en la resolución original.
Se RECHAZAN, los medios de inadmisión por presunta impugnación fuera de plazo presentados por MINERD y D Lexx Import, S.R.L., debido a que se comprobó que Qualitic Solutions, S.R.L., presentó su acción de conformidad con lo establecido en el numeral 1) del artículo 67 de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones. Se RECHAZA, la solicitud de que se ordene realizar nuevamente la evaluación de la oferta económica para…
Proceso: MINERD-MAE-PEUR-2020-0004 (Adquisición de dispositivos tecnológicos para la Ejecución del ¨Plan…)
Empresas: Qualitic Solutions, SRL (presentó la acción)Asi Computers, S.R.L.Christos Investments, SRLComplemento Sistemas Consultoria y Servicios CSCS, SRLConsultora Hanomas, SRLDipuglia PC Outlet Store, SRLy 21 más
PRIMERO: RECHAZAR el medio de inadmisión por extemporaneidad del recurso jerárquico presentado por el MINERD y también por la razón social D Lexx Import, S.R.L., ya que el mismo fue presentado dentro del plazo de los diez días establecidos en el numeral 1) del artículo 67 de la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones como se describió en los párrafos 42 y 43. SEGUNDO: ACOGER en cuanto a la forma, el recurso jerárquico presentado por la razón social Qualitic Solutions, S.R.L., contra la Resolución RSI-009-2021 que da respuesta al recurso de impugnación contra de la descalificación de su oferta económica, en el marco del Procedimiento de Excepción por Urgencia Núm. MINERD-MAE-PEUR-2020-0004, para la “ Adquisición de dispositivos tecnológicos para la ejecución del Plan Nacional educación para todos preservando la salud, dirigido a MIPYMES” por haber sido interpuesto con las formalidades y en el plazo del artículo 67 de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones. SEGUNDO: En cuanto al fondo, RECHAZAR los pedimentos presentados por la razón social Qualitic Solutions, S.R.L., de que esta Dirección ordene realizar una nueva evaluación de la oferta económica a los fines de declarar ganadora a Qualitic Solutions, S.R.L., o de que se anule el procedimiento adjudicado mediante el acta Núm. 49-2020, toda vez que aun asumiendo que su oferta contenía un error aritmético al ofertar menor cantidad de dispositivos, y que una vez verificado el monto de su oferta su garantía de seriedad de la oferta resultó insuficiente, lo cual es sancionado con la descalificación sin más trámite por el artículo 114 del Reglamento de Aplicación, Decreto Núm. 543-12, como fue descrito en la presente resolución y de manera sintetizada en los párrafos 67 y 68. TERCERO: La remisión formal de la presente resolución a las partes, la razón social Qualitic Solutions, S.R.L., en su calidad de recurrente; al Ministerio de Educación de la República Dominicana, en su calidad de institución contratante. De igual modo, a las adjudicatarias de los lotes recurridos, a saber: 1) Sametec, S.R.L.; 2) JB Global Supply, S.R.L.; 3) JTC Hyper Technology, E.I.R.L.; 4) Smart IOT, E.I.R.L.; 5) TG Computer, S.R.L.; 6) Global Tech Profesional Solutions NKL, S.R.L.; 7) Roger Mobiliarios Urbanos, S.R.L.; 8) Grupo Iceberg, S.R.L.; 9) Visiontech Dominicana, S.R.L.; 10) Christos Investments, S.R.L.; 11) Grupo Sanabia, S.R.L.; 12) Inversiones Saldivar y Sosa (Salyso), S.R.L.; 13) Novavista Empresarial, S.R.L.; 14) Proyectos DVF, S.R.L.; 15) Consultora Hanomas, S.R.L.; 16) Wisnet, S.R.L.; 17) Losom Import, S.R.L.; 18) Complemento Sistemas Consultoria y Servicios CSCS, S.R.L.; 19) Intelecta, S.R.L.; 20) Itcorp Gonggloss, S.R.L.; 21) Servicios Tecnologicos Setema, S.R.L.; 22) D Lexx Import, S.R.L.; 23) Guankara De Inversiones, S.R.L.; 24) Inversiones Globama, S.R.L.; 25) Dipuglia PC Outlet Store, S.R.L.; y, 26) Asi Computers, S.R.L., para su conocimiento y fines de lugar. CUARTO: ORDENAR que esta Resolución sea publicada en los portales electrónicos administrados por este Órgano Rector en www.dgcp.gob.do.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona