Persona Jurídica · Sociedades Comerciales · DISTRITO NACIONAL
Lectura con inteligencia artificial de las actas de evaluación y adjudicación, que suelen adelantarse a los contratos de la DGCP. Verifica cada dato en el acta.
Decisiones de la Dirección General de Contrataciones Públicas sobre recursos, medidas cautelares, inhabilitaciones o investigaciones en que figura esta empresa. Lectura automática del documento: verifica cada dato en la resolución original.
Proceso: INABIE-CCC-LPN-2018-0016 (adquisición de Equipos, Materiales y Medicamentos para ser utilizados…)
Empresas: Best Comercial, SRL (presentó la acción)Argos Farmacéutica, SRLCapellán Dental, SRLComercializadora Farmacéutica, COMFASA, EIRLMedi-Equipos, SRLQualipharma, SRLy 2 más
PRIMERO: ACOGER en cuanto a la forma, el recurso jerárquico presentado por la razón social Best Comercial, S.R.L., contra la ejecución del cronograma del pliego de condiciones del procedimiento INABIE-CCC-LPN-2018-0016 llevado a cabo para la “Adquisición de equipos médicos, materiales y medicamentos, para ser utilizados en el departamento de gestión de salud escolar, durante el año escolar 2018-2019”, por haber sido interpuesta con las formalidades y en el plazo del artículo 67 de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones. SEGUNDO: En cuanto al fondo, el recurso jerárquico presentado por la razón social Best Comercial, S.R.L.: i. RECHAZAR las conclusiones relativas anular el procedimiento debido a que tal y como se ha verificado no tendría efectos la declaración de nulidad del procedimiento debido a que el procedimiento ha surtido sus efectos. Según lo establecido en el párrafo 57 y 58. ii. RECHAZAR las conclusiones relativas a que esta Dirección verifique la manera los oferentes participantes obtuvieron las informaciones para poder elaborar sus propuestas, toda vez que no existe evidencia que los oferentes hayan necesitado descripciones República Dominicana Ministerio de Hacienda DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS www.comprasdominicana.gob.do I www.dgcp.gob.do diferentes o adicionales para elaborar sus propuestas, según se lo establecido en el párrafo 51. TERCERO: DECLARAR que el INABIE, en el procedimiento de Licitación Pública Nacional, cometió las irregularidades referidas la presente Resolución y sintetizadas en el párrafo 54, toda vez que estableció requisitos ambiguos al describir las características de algunos de los ítems requeridos y de igual modo faltó al Principio de participación al no aclarar las informaciones del pliego de condiciones presentadas por la recurrente, para que el INABIE lo tome en cuenta en futuros procedimientos. CUARTO: RECOMENDAR a la máxima autoridad ejecutiva del INABIE que instruya a la Unidad de Compras y Contrataciones, posibles peritos de la institución y a su Comité de Compras y Contrataciones participar en talleres de capacitación sobre el Sistema Nacional de Compras y Contrataciones Públicas, en especial formaciones sobre la elaboración de pliego de condiciones, en atención a las atribuciones otorgadas por el numeral 7) del artículo 36 de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones, relativo a la función del Órgano Rector de capacitar a las unidades operativas de las instituciones sujetas a la misma, en materia de compras y contrataciones de bienes y servicios. Así como también que ordene su participación en talleres de la Ley Núm. 107-13 sobre Derechos de las personas en sus relaciones con la Administración y de Procedimiento Administrativo. QUINTO: ORDENAR la remisión formal de la presente resolución a las partes, i) a la razón social Best Comercial, S.R.L., recurrente; ii) al Instituto Nacional de Bienestar Estudiantil; y, iii) Medi- Equipos, S.R.L., Qualipharma, S.R.L., Ralansa, E.I.R.L., Widex Dominicana, S.R.L., República Dominicana Ministerio de Hacienda DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS www.comprasdominicana.gob.do I www.dgcp.gob.do Comercializadora Farmacéutica (Comfasa), S.R.L., Capellán Dental, S.R.L., y, Argos Farmacéutica, S.R.L., adjudicatarias. SEXTO: ORDENAR la remisión formal de la presente resolución a la Contraloría General de la República y a la Cámara de Cuentas de la República Dominicana, para su conocimiento y fines de lugar. SÉPTIMO: ORDENAR que esta Resolución sea publicada en los portales electrónicos administrados por este Órgano Rector, en www.dgcp.gob.do y www.comprasdominicana.gob.do
Registros de la Oficina Nacional de la Propiedad Industrial (ONAPI) a nombre de esta empresa, según sus boletines oficiales.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona