Persona Jurídica · Sociedades Comerciales · SANTO DOMINGO
| Proceso | Institución | Monto | Fecha | Estado |
|---|---|---|---|---|
| Contratación de los servicios de suministro de raciones alimenticias del almuerzo escolar y su distribución, modalidad… | INSTITUTO NACIONAL DE BIENESTAR ESTUDIANTIL | RD$31.1 millones | 8 oct de 2022 | Cerrado |
| Contratación de los servicios de suministro de raciones alimenticias del almuerzo escolar y su distribución, modalidad… | INSTITUTO NACIONAL DE BIENESTAR ESTUDIANTIL | RD$31.1 millones | 2 ago de 2022 | Cancelado |
Lectura con inteligencia artificial de las actas de evaluación y adjudicación, que suelen adelantarse a los contratos de la DGCP. Verifica cada dato en el acta.
Decisiones de la Dirección General de Contrataciones Públicas sobre recursos, medidas cautelares, inhabilitaciones o investigaciones en que figura esta empresa. Lectura automática del documento: verifica cada dato en la resolución original.
Rechaza los pedimentos de la recurrente relativos a anular la evaluación de las ofertas económicas del procedimiento y la respuesta a su recurso de impugnación el cual ratifica los resultados de la evaluación de las ofertas económicas toda vez que, no fue observado que la recurrente haya argumentado ni demostrado ninguna irregularidad cometida por la institución contratante durante la etapa de evaluación económica…
Procesos: INABIE-CCC-LPN-2023-0054 (Contratación Servicios de Suministro Raciones Alimentarias Almuerzo…)INABIE-CCC-RI-2024-0378
Empresas: Ranraiby Construcciones & Servicios, SRL (presentó la acción)The Eileen Gourmet, EIRL (presentó la acción)
PRIMERO: ACOGER en cuanto a la forma, Recurso jerárquico presentado por la razón social Ranraiby Construcciones & Servicios, S.R.L.., contra la Resolución Núm. INABIE-RI-2024- 0378 de fecha 5 de julio de 2024, emitida por el Comité de Compras y Contrataciones del Instituto Nacional de Bienestar Estudiantil (INABIE) en respuesta a su recurso de impugnación, en el marco del procedimiento de Licitación Pública Nacional núm. INABIE- CCC-LPN-2023-0054, llevado a cabo por el Instituto Nacional de Bienestar Estudiantil (INABIE), para las ““Contratación de servicios de suministro de raciones alimentarias almuerzo escolar y distribución en centros educativos públicos durante los períodos escolares 2024-2025 y 2025-2026, llevado a cabo por el Instituto Nacional de Bienestar Estudiantil, MINERD, para estudiantes en la modalidad jornada escolar extendida y otros programas que disponga el MINERD, dirigido a (MIPYMES) nacionales que presenta cocinas instaladas en el Distrito Nacional”, por haber sido interpuesto de acuerdo a las formalidades requeridas en la normativa. SEGUNDO: En cuanto al fondo del recurso jerárquico presentado por la razón social Ranraiby Construcciones & Servicios, S.R.L., esta Dirección General decide RECHAZAR el pedimento de anular el Acta Núm. 0230-2024 contentiva del Informe Definitivo de Evaluación de Ofertas Económicas “Sobre B”, y, la Resolución Ref. INABIE-CCC-RI-2024-0378 que da respuesta a su recurso de impugnación, toda vez que, no fue observado que la recurrente haya argumentado ni demostrado ninguna irregularidad cometida por la institución contratante durante la etapa de evaluación económica del procedimiento. TERCERO: ORDENAR DE OFICIO que el Comité de Compras y Contrataciones del INABIE realizar lo siguiente: PÁRRAFO I: ANULAR parcialmente el Acta núm. 0137-2024 que aprueba el Informe Definitivo de Evaluación de Ofertas Técnicas “Sobre A", y el Acta Núm. 0195-2024 de fecha 4 de junio de 2024 contentiva de rectificación del informe de definitivo de evaluación de ofertas técnicas del procedimiento, respecto a la oferta técnica presentada por la razón social Ranraiby Construcciones & Servicios, S.R.L., debido a la irregularidades identificadas por esta Dirección General en el presente recurso jerárquico. PÁRRAFO II: REEVALUAR la oferta técnica de la razón social Ranraiby Construcciones & Servicios, S.R.L., con apego irrestricto a los criterios definidos en el Pliego de Condiciones y a lo establecido en la presente Resolución. PÁRRAFO III: EMITIR una vez realizada la reevaluación de la oferta técnica de la razón social Ranraiby Construcciones & Servicios, S.R.L., todos los actos administrativos correspondientes a los resultados de la evaluación. CUARTO: ORDENAR al Instituto Nacional de Bienestar Estudiantil (INABIE): i) publicar en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP) en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles contados a partir de la notificación de la presente Resolución, la gestión completa del procedimiento de que se trata, en especial, los informes periciales de evaluación de las ofertas, el reporte de la aplicación “Plataforma peritaje INABIE” y los reportes de las visitas técnicas a los oferentes, y; ii) una vez publicados dichos documentos, notificar a esta Dirección General en un plazo de cinco (5) días hábiles contados a partir de su fecha de publicación, que ya se encuentran disponibles en el Portal Transaccional. QUINTO: ORDENAR la remisión formal de la presente Resolución a las partes envueltas en el proceso de que se trata: i) a la razón social Ranraiby Construcciones & Servicios, S.R.L., y; ii) al Instituto Nacional de Bienestar Estudiantil (INABIE), para su conocimiento y fines de lugar. SEXTO: ORDENAR la remisión formal de la presente resolución a la Contraloría General de la República y a la Cámara de Cuentas de la República Dominicana, para su conocimiento y fines de lugar. SÉPTIMO: ORDENAR que esta Resolución sea publicada en el portal electrónico administrado por esta Dirección General, www.dgcp.gob.do.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Rechaza los pedimentos de la recurrente relativos a anular la evaluación de las ofertas económicas del procedimiento y la respuesta a su recurso de impugnación el cual ratifica los resultados de la evaluación de las ofertas económicas toda vez que, no fue observado que la recurrente haya argumentado ni demostrado ninguna irregularidad cometida por la institución contratante durante la etapa de evaluación económica…
Procesos: INABIE-CCC-LPN-2023-0053 (Contratación Servicios de Suministro Raciones Alimentarias Almuerzo…)INABIE-CCC-RI-2024-0426INABIE-RI-CCC-2024-0426
Empresa: The Eileen Gourmet, EIRL (presentó la acción)
PRIMERO: ACOGER en cuanto a la forma, Recurso jerárquico presentado por la razón social The Eileen Gourmet, E.I.R.L., contra la Resolución Núm. INABIE-RI-2024-0426 de fecha 12 de julio de 2024, emitida por el Comité de Compras y Contrataciones del Instituto Nacional de Bienestar Estudiantil (INABIE) en respuesta a su recurso de impugnación, en el marco del procedimiento de Licitación Pública Nacional núm. INABIE-CCC-LPN-2023-0053, llevado a cabo por el Instituto Nacional de Bienestar Estudiantil (INABIE), para las ““Contratación de servicios de suministro de raciones alimentarias almuerzo escolar y distribución en centros educativos públicos durante los períodos escolares 2024-2025 y 2025-2026, llevado a cabo por el Instituto Nacional de Bienestar Estudiantil, MINERD, para estudiantes en la modalidad jornada escolar extendida y otros programas que disponga el MINERD, dirigido a (MIPYMES) nacionales que presenta cocinas instaladas en la provincia Santo Domingo, municipio Boca Chica, Guerra, Los Alcarrizos y Pedro Brand”, por haber sido interpuesto de acuerdo a las formalidades requeridas en la normativa. SEGUNDO: En cuanto al fondo del recurso jerárquico presentado por la razón social The Eileen Gourmet, E.I.R.L., esta Dirección General decide RECHAZAR el pedimento de anular el Acta Núm. 0229-2024 contentiva del Informe Definitivo de Evaluación de Ofertas Económicas “Sobre B”, y la Resolución Ref. INABIE-CCC-RI-2024-0426 que da respuesta a su recurso de impugnación, toda vez que, no fue observado que la recurrente haya argumentado ni demostrado ninguna irregularidad cometida por la institución contratante durante la etapa de evaluación económica del procedimiento. TERCERO: ORDENAR DE OFICIO que el Comité de Compras y Contrataciones del INABIE realizar lo siguiente: PÁRRAFO I: ANULAR parcialmente el Acta núm. 0136-2024 de fecha 26 de abril de 2024 contentiva del Informe Definitivo de la Evaluación de Ofertas Técnicas “Sobre A” y el Acta Núm. 0194-2024 de fecha 4 de junio de 2024 de rectificación Informe Definitivo de la Evaluación de Ofertas Técnicas “Sobre A”, respecto a la oferta técnica presentada por la razón social The Eileen Gourmet, E.I.R.L., debido a las irregularidades identificadas por esta Dirección General en el presente recurso jerárquico. PÁRRAFO II: REEVALUAR la oferta técnica de la razón social, con apego irrestricto a los criterios definidos en el Pliego de Condiciones y a lo establecido en la presente Resolución. PÁRRAFO III: EMITIR una vez realizada la reevaluación de la oferta técnica de la razón social The Eileen Gourmet, E.I.R.L., todos los actos administrativos correspondientes a los resultados de la evaluación. CUARTO: ORDENAR al Instituto Nacional de Bienestar Estudiantil (INABIE): i) publicar en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP) en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles contados a partir de la notificación de la presente Resolución, la gestión completa del procedimiento de que se trata, en especial, los informes periciales de evaluación de las ofertas, el reporte de la aplicación “Plataforma peritaje INABIE” y los reportes de las visitas técnicas a los oferentes, y; ii) una vez publicados dichos documentos, notificar a esta Dirección General en un plazo de cinco (5) días hábiles contado a partir de su fecha de publicación, que ya se encuentran disponibles en el Portal Transaccional. QUINTO: ORDENAR la remisión formal de la presente Resolución a las partes envueltas en el proceso de que se trata: i) a la razón social The Eileen Gourmet, E.I.R.L., y; ii) al Instituto Nacional de Bienestar Estudiantil (INABIE), para su conocimiento y fines de lugar. SEXTO: ORDENAR la remisión formal de la presente resolución a la Contraloría General de la República y a la Cámara de Cuentas de la República Dominicana, para su conocimiento y fines de lugar. SÉPTIMO: ORDENAR que esta Resolución sea publicada en el portal electrónico administrado por esta Dirección General, www.dgcp.gob.do.