Persona Jurídica · Sociedades Comerciales · DISTRITO NACIONAL
Decisiones de la Dirección General de Contrataciones Públicas sobre recursos, medidas cautelares, inhabilitaciones o investigaciones en que figura esta empresa. Lectura automática del documento: verifica cada dato en la resolución original.
Se declara con méritos el alegato de la recurrente en cuanto a que no debió ser descalificada por el motivo de tener el RPE desactualizado, toda vez que este es un registro que no vence y por tanto al descalificarle por este motivo la institución contratante vulneró los principios Principios de participación, de razonabilidad, de competencia, y de proporcionalidad y de juridicidad y debido proceso. Sin embargo, se…
Proceso: MINERD-MAE-PEUR-2020-0004 (Adquisición de dispositivos tecnológicos para la Ejecución del ¨Plan…)
Empresas: Global Tools Dominicana, SRL (presentó la acción)Global Tools, S.R.L. (presentó la acción)Complemento Sistemas Consultoria y Servicios CSCS, SRLGodsend Comercial, SRLSerigma, S.R.L.TG Computer, SRL
PRIMERO: ACOGER en cuanto a la forma, el recurso jerárquico presentado por la razón social Global Tools Dominicana, S.R.L., contra la Resolución RSI-013-2021 que da respuesta al recurso de impugnación sobre la “ Notificación de habilitación de apertura Sobre B” , de fecha 14 de diciembre de 2020, dictada por el Comité de Compras y Contrataciones del MINERD en el marco del Procedimiento de Excepción por Urgencia Núm. MINERD-MAE-PEUR-2020- 0004 “ Adquisición de dispositivos tecnológicos para la ejecución del Plan Nacional educación Recurso Jerárquico presentado por Global Tools, S.R.L., vs MINERD-MAE-PEUR-2020-0004 EX DGCP44-2021-00995 Manuel Marmolejos Borrador Núm. Subdirectoras Generales para todos preservando la salud, dirigido a MIPYMES” por haber sido interpuesto con las formalidades y en el plazo del artículo 67 de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones. SEGUNDO: En cuanto al fondo, RECHAZAR los pedimentos presentados por la razón social Global Tools Dominicana, S.R.L., de que esta Dirección revoque la “Notificación de habilitación apertura sobre B”, ordene realizar la apertura de su oferta económica “Sobre B” de manera extraordinaria; y en caso contrario ordenar indemnizar a la recurrente por las ganancias dejadas de percibir, así como que subsidiariamente se ordene la nulidad del procedimiento, toda vez que aun cuando no correspondía descalificarle por la falta de actualización del Registro de Proveedores del Estado, su oferta no presentó la ficha técnica de los lotes 94, 95, 96, 97, 98, 99 y 100 y este es un elemento no subsanable en los términos del artículo 21 de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones, y lo dispuesto en los párrafos I y IV del artículo 91 del Reglamento de Aplicación Decreto Núm. 543-12, como fue descrito en la presente resolución y de manera sintetizada en los incisos del párrafo 73 y párrafo 74. TERCERO: ORDENAR La remisión formal de la presente resolución a las partes, la razón social Global Tools Dominicana, S.R.L., en su calidad de recurrente; al Ministerio de Educación de la República Dominicana, en su calidad de institución contratante. De igual modo, a las adjudicatarias de los lotes recurridos, a saber: 1) Security Development Corporation, SS, S.R.L.; 2) TG Computer, S.R.L; 3) Serigma, S.R.L; 4) Servicios Tecnológicos Setema; S.R.L; 5) Complemento Sistemas Consultoria y Servicios CSCS, S.R.L; 6) JC Fusión Tecnológica; S.R.L; 7) Godsend Comercial, S.R.L., para su conocimiento y fines de lugar. SEXTO: ORDENAR que esta Resolución sea publicada en los portales electrónicos administrados por este Órgano Rector en www.dgcp.gob.do. Recurso Jerárquico presentado por Global Tools, S.R.L., vs MINERD-MAE-PEUR-2020-0004 EX DGCP44-2021-00995 Manuel Marmolejos Borrador Núm. Subdirectoras Generales
Se muestran las 60 más recientes.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
En primer lugar, se rechaza el medio de inadmisión planteado por el MINERD, debido a que se comprueba la facultad de la denunciante para presentar una solicitud de medida cautelar con carácter accesorio a una acción principal, considerando que esta Dirección se encuentra apoderada de una solicitud de investigación, que se encuentra pendiente fallo. Por igual, se rechaza el medio de inadmisión presentado por D LEXX…
Proceso: MINERD-MAE-PEUR-2020-0004 (Adquisición de dispositivos tecnológicos para la Ejecución del ¨Plan…)
Empresas: D Lexx Import, SRL (presentó la acción)Organización Sed de Justicia, INC. (presentó la acción)Brajim, S.R.L.Centroxpert STE, SRLCODIMINCA, S.R.L.Complemento Sistemas Consultoría y Servicios, S.R.L.y 50 más
PRIMERO: RECHAZAR el medio de inadmisión planteado por el MINERD debido a que se evidencia que la denunciante aun no participando en el procedimiento de referencia, presentó una solicitud de investigación como interesado, y de manera accesoria, la solicitud de medida cautelar, actuaciones que se encuentra totalmente facultada la denunciante para presentar ante la Dirección General de Contrataciones Públicas. SEGUNDO: RECHAZAR el medio de inadmisión presentado por la razón social D LEXX Import, S.R.L., debido a que no se evidencia que la adjudicataria identifique cual es el medio presentado y por igual, el mismo no se encuentra fundamentado. TERCERO: ACOGER en cuanto a la forma la solicitud de medida cautelar presentada por la Organización Sed de Justicia, INC., por haber sido realizada de acuerdo a las formalidades requeridas por la normativa. CUARTO: RECHAZAR en cuanto al fondo la solicitud de medida cautelar presentada por la Organización Sed de Justicia, INC., tendente a suspender el Procedimiento de Excepción por Urgencia Núm. MINERD-MAE-PEUR-2020-0004, llevado a cabo por el Ministerio de Educación, para la ón del plan Nacional Educación, dirigido a MIPYMES hasta tanto se dé respuesta a su solicitud de investigación, ya que no ha sido probado el peligro inminente de esperar la decisión de fondo, así como tampoco se observa la apariencia de buen derecho de los aspectos planteados, y el daño que ocasionaría al interés general el no suspenderse el procedimiento de referencia, o que solo se garantizaría de así hacerlo. QUINTO: ORDENAR la remisión formal de la presente Resolución a las partes envueltas en el proceso de que se trata; a la Organización Sed de Justicia, INC., al Ministerio de Educación y a las razones sociales: 1) Novavista Empresarial, S.R.L., 2) D LEXX IMPORT, S.R.L., 3) Grupo Sanabia, S.R.L., 4) Dipuglia PC Outlet Store, S.R.L., 5) Importadora Malonda, S.R.L.,6) Intelecta, S.R.L., 7) Inversiones Yang, S.R.L., 8) Itcorp Gongloss, S.R.L., 9) JB GLOBAL SUPPLY, S.R.L., 10) TG Computer, S.R.L., 11) Centroxpert STE, S.R.L., 12) CODIMINCA, S.R.L., 13) CS Caribbean Services, S.R.L., 14) Data Import, E.I.R.L., 15) DEXCORP, S.R.L., 16) Distribuidora Bacesmos, S.R.L., 17) Estación Pilara, S.R.L., 18) Global Tech Proffesional Solutions NKL, S.R.L., 19) Grey Matter Technologies, S.R.L., 20) Inversiones Globama, S.R.L., 21) Inversiones Saldivar y Sosa, S.R.L., 22) La Gran Muralla Import, S.R.L., 23) Losom Import, S.R.L., 24) Metalmecani de los Santos, S.R.L, 25) On Promotions, S.R.L., 26) ONAIROS Group, S.R.L., 27) Porto Perla Inversiones, S.R.L., 28) Proyectos DVF, S.R.L., 29) Roger, Mobiliarios Urganos, S.R.L., 30) ASI Computers, S.R.L., 31) Engineering and Service Technological, S.R.L., 32) GODSEN Comercial, S.R.L., 33) Grupo ICEBERG, S.R.L., 34) Guankara de Inversiones, S.R.L., 35) HCJ Logistics, S.R.L., 36) JC Fusión Tecnología, S.R.L., 37) Lismary Computadora, S.R.L., 38) Pohut Comercial, S.R.L., 39) RC TECHNOLOGY, S.R.L., 40) Servicios Tecnológicos Setema, S.R.L., 41) SMART IOT, E.I.R.L., 42) IE, S.R.L., 43) SAMETEC, S.R.L., 44) STS Company, E.I.R.L., 45) Complemento Sistemas Consultoría y Servicios, S.R.L., 46) Brajim, S.R.L., 47) García Azar & Asociados, S.R.L, 48) J & A New Generation Suplies, S.R.L., 49) JTC HYPER TECHNOLOGY, E.I.R.L, 50) SERIGMA, S.R.L., 51) Exelon Global Solutions. S.R.L, 52) Panaco, S.R.L., 53) CREDITCOM, S.A, 54) GRUPO CRISTANTE, S.R.L., 55) P MARKET, S.R.L., y 56) Quantifox Group, S.R.L. SEXTO: ORDENAR que la presente resolución sea publicada en el portal electrónico administrado por esta Dirección General, www.dgcp.gob.do.
Se rechaza la solicitud de medida cautelar, toda vez que se constató que no ha sido identificado ni probado el peligro en la demora “periculum in mora”, no es posible verificar la apariencia de buen derecho “fumus boni iuris” en los elementos enunciados en el marco de la tutela cautelar, y tampoco el daño que ocasionaría al interés general si no se suspendieran los efectos del acto, o que solo se garantizaría de…
Proceso: MINERD-MAE-PEUR-2020-0004 (Adquisición de dispositivos tecnológicos para la Ejecución del ¨Plan…)
Empresas: Global Tools Dominicana, SRL (presentó la acción)Complemento Sistemas Consultoria y Servicios CSCS, SRLGodsend Comercial, SRLJC Fusión Tecnológica, SRLSecurity Development Corporation, SS., SRLSerigma, S.R.L.y 2 más
PRIMERO: ACOGER en cuanto a la forma la solicitud de medida cautelar presentada por la razón social Global Tools Dominicana, S.R.L., por haber sido realizada de acuerdo a las formalidades requeridas por la normativa. SEGUNDO: RECHAZAR en cuanto al fondo la solicitud de medida cautelar presentada por la razón social Global Tools Dominicana, S.R.L., tendente a suspender el Procedimiento de Excepción por Urgencia Núm. MINERD-MAE-PEUR-2020-0004, llevado a cabo por el Ministerio de Educación, para la “Adquisición de dispositivos tecnológicos para la ejecución del Plan Nacional Educación, dirigido a MIPYMES” , hasta tanto se conozca su recurso jerárquico contra la Resolución Núm. RSI-013-2021 que responde a su recurso de impugnación de los Lotes Núms. 94, 95, 96, 97, 98, 99 y 100, toda vez que no ha sido probado el peligro en la demora “periculum in mora”, no se verifica la apariencia de buen derecho “fumus boni iuris” en los elementos enunciados y tampoco el daño que ocasionaría al interés general si no se suspendiera el procedimiento, o que solo se garantizaría de así hacerlo. TERCERO: ORDENAR la remisión formal de la presente Resolución a las partes envueltas en el proceso de que se trata: el Ministerio de Educación y las razones sociales Global Tools Dominicana, S.R.L., TG Computer, S.R.L., Complemento Sistemas Consultoría y Servicios CSCS, S.R.L., Serigma, S.R.L., Security Development Corporation SS, S.R.L., Servicios Tecnológicos Setema, S.R.L., JC Fusión Tecnológica, S.R.L. y Godsend Comercial, S.R.L., para su conocimiento y fines de lugar. CUARTO: ORDENAR que la presente resolución sea publicada en el portal electrónico administrado por esta Dirección General de Contrataciones Públicas, www.dgcp.gob.do.