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El Estado bajo la lupa

Abriendo la ficha…

Proveedor del Estado · RPE 56158

LUX GALLERY, SRL

Persona Jurídica · Sociedades Comerciales · DISTRITO NACIONAL

—adjudicado · 0 contratos vigentes
0ofertas presentadas
19 ago de 2015inscrita como proveedora

Resoluciones de la DGCP (1)

Decisiones de la Dirección General de Contrataciones Públicas sobre recursos, medidas cautelares, inhabilitaciones o investigaciones en que figura esta empresa. Lectura automática del documento: verifica cada dato en la resolución original.

  • Resolución RIC-59-2020Recurso jerárquicoEsta empresa: mencionada

    Emitida el 15 jul de 2020 · Despacho de la Primera Dama (Inactiva)

    Declara incumplimientosHace recomendacionesRechaza el reclamo

    ACOGER en cuanto a la forma, el recurso jerárquico por silencio administrativo presentado por la razón social Homelux, S.R.L., en fecha 11 de noviembre de 2015, por la falta de respuesta del Despacho de la Primera Dama en ocasión a su recurso de impugnación de fecha 07 de octubre de 2015, en el marco del Procedimiento de Urgencia No. DPD-CCC-PU-2015-07, llevado a cabo por dicha institución “para la adquisición de…

    Proceso: DPD-CCC-PU-2015-07

    Empresas: Homelux, SRL (presentó la acción)Dos-García, SRLLUX GALLERY, SRL

    Resolución original (PDF)
    Lo que resolvió la DGCP

    PRIMERO: ACOGER en cuanto a la forma, el recurso jerárquico por silencio administrativo presentado por la razón social Homelux, S.R.L., en fecha 11 de noviembre de 2015, por la falta de respuesta del Despacho de la Primera Dama en ocasión a su recurso de impugnación de fecha 07 de octubre de 2015, en el marco del Procedimiento de Urgencia No. DPD-CCC-PU-2015-07, llevado a cabo por dicha institución “para la adquisición de luminarias para el Centro de Atención Integral para la Discapacidad (CAID), Santiago”, por haber sido interpuestos conforme a los plazos y las formalidades establecidas en el artículo 67 de la Ley No. 340-06 y su modificación. SEGUNDO: En cuanto al fondo, RECHAZAR las conclusiones presentadas por la parte recurrente, razón social Homelux, S.R.L., en lo relativo a que sean descalificadas las demás propuestas y sea declarada adjudicataria del Procedimiento de Urgencia No. DPD-CCC-PU-2015- 07, llevado a cabo por el Despacho de la Primera Dama “para la adquisición de luminarias para el Centro de Atención Integral para la Discapacidad (CAID), Santiago”. TERCERO: DECLARAR, que en el marco del Procedimiento de Urgencia No. DPD-CCC-PU- 2015-07, llevado a cabo por el Despacho de la Primera Dama “para la adquisición de luminarias para el Centro de Atención Integral para la Discapacidad (CAID), Santiago”, la institución contratante inobservó las disposiciones mencionadas en el Considerando 144) de la presente Resolución, las cuales sirven para identificar las debilidades del procedimiento de contratación de cara a recomendar los aspectos a fortalecer y a mejorar en procedimientos futuros. CUARTO: RECOMENDAR a la máxima autoridad del Despacho de la Primera Dama, que su personal participe en talleres de capacitación sobre el Sistema Nacional de Compras y Contrataciones Públicas de la República Dominicana impartidos por la Dirección General de Contrataciones Públicas, atendiendo a sus debilidades en la estructuración del procedimiento, en la selección del tipo de procedimiento y particularmente en los procesos de impugnación y sus plazos, así como también a participar en talleres sobre la Ley Orgánica de Administración Pública No. 247-12 y la Ley No. 107-13 sobre Derechos de las Personas en sus Relaciones con la Administración y de Procedimiento Administrativo. QUINTO: ORDENAR la remisión formal de la presente Resolución al Despacho de la Primera Dama y a las razones sociales Homelux, S.R.L., Lux Gallery, S.R.L.; Dos-García, S.R.L., para su conocimiento y fines de lugar. SEXTO: ORDENAR la remisión formal de la presente resolución a la Contraloría General de la República, para su conocimiento y fines de lugar. SÉPTIMO: ORDENAR la remisión formal de la presente resolución a la Cámara de Cuentas de la República, para su conocimiento y fines de lugar. OCTAVO: ORDENAR que esta Resolución sea publicada en los portales electrónicos administrados por este Órgano Rector en www.comprasdominicana.gob.do y www.dgcp.gob.do.

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Registro de proveedor

Estado en el Registro de Proveedores
Desactualizado
Empresa creada
30 jul de 2003
Registro mercantil
Inscrita el 30 jul de 2016
Clasificación
No clasificada
Provee
Servicios,Bienes
Última actualización del registro
18 ago de 2015

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  • MarcasMarcas y nombres comerciales, y a nombre de quién están
  • Red de relacionesQuién está conectado con quién: socios, cargos y contratos

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona