Persona Jurídica · Sociedades Comerciales · DISTRITO NACIONAL
| Proceso | Institución | Monto | Fecha | Estado |
|---|---|---|---|---|
| CONTRATACION DE SERVICIOS PARA LA ROTULACION Y SEÑALIZACION DE LAS DIFERENTES AREAS DEL INABIE, DIRIGIDO A MICRO… | INSTITUTO NACIONAL DE BIENESTAR ESTUDIANTIL | RD$35,459 | 3 dic de 2025 | Activo |
| Adquisiscion de Impresion | Oficina Gubernamental de Tecnología de la Información y la Comunicación (OGTIC) | RD$24,780 | 27 oct de 2016 | Activo |
| Adquisicion de Impresion | Oficina Gubernamental de Tecnología de la Información y la Comunicación (OGTIC) | RD$23,246 | 19 oct de 2016 | Activo |
| Materiales de Impresion (Presentación de ofertas) | Oficina Gubernamental de Tecnología de la Información y la Comunicación (OGTIC) | RD$466,100 | 26 may de 2015 | Enviado al proveedor |
Decisiones de la Dirección General de Contrataciones Públicas sobre recursos, medidas cautelares, inhabilitaciones o investigaciones en que figura esta empresa. Lectura automática del documento: verifica cada dato en la resolución original.
Resolución No. 77-2016 que RECHAZAR, en cuanto al fondo las conclusiones presentadas por la señora Florisel Núñez, en lo referente a que la institución contratante cargó las especificaciones técnicas luego de conocer las propuestas económicas, por haber comprobado este Órgano Rector a través de los documentos que forman parte del expediente administrativo que la visualización tardía en el portal de compras…
Proceso: OPTIC-CMC-13-2015
Empresas: AH Editora Offset, SRLCentro de Artes GráficasFLORISEL YORALIS NUÑEZ GOMEZIML PRINT GROUP, SRLMUMA, S.R.L.
PRIMERO: ACOGER, en cuanto a la forma el recurso jerárquico presentado por la señora Florisel Nuñez, contra la comunicación 0452/15 de fecha 09 de junio de 2015, emitida por la Oficina Presidencial de Tecnologías de la Información y Comunicación (OPTIC) que da respuesta a su recurso de impugnación en el marco del procedimiento de Compra Menor No. OPTIC-CMC-13-2015, convocado para la "adquisición de la impresión NORTIC A 4-2: 2014 Optic-DAF-cm-20", por [firma] Dirección General CONTRATACIONES PÚBLICAS www.comprasdominicana.gov.do | www.dgcp.gob.do haber sido presentado con las formalidades y en el plazo establecido en el artículo 67 numeral 1) de la Ley No. 340-06 y su modificación sobre compras y contrataciones de bienes, servicios, obras y concesiones. SEGUNDO: RECHAZAR, en cuanto al fondo las conclusiones presentadas por la señora Florisel Núñez, en lo referente a que la institución contratante cargó las especificaciones técnicas luego de conocer las propuestas económicas, por haber comprobado este Órgano Rector a través de los documentos que forman parte del expediente administrativo que la visualización tardía en el portal de compras dominicana, se debió a un error en la migración de la información a través del SIGEF no atribuible a la Oficina Presidencial de Tecnologías de la Información y Comunicación (OPTIC), tal y como se indica en el cuerpo de la presente resolución. TERCERO: En cuanto al proceso DECLARAR que la Oficina Presidencial de Tecnologías de la Información y Comunicación (OPTIC), en el proceso de Compra Menor No. OPTIC-CMC-13-2015, inobservó las siguientes disposiciones: i) El numeral 4) del artículo 3 de la Ley No. 340-06 y su modificación, sobre el principio de económica y flexibilidad, toda vez que no establecieron reglas claras para asegurar la selección de la mejor propuesta; ii) El artículo 20 de la Ley No. 340-06 y su modificación, sobre que el pliego de condiciones específicas, en este caso especificaciones o fichas técnicas, no contenía toda la información necesaria para que los oferentes pudieran elaborar sus propuestas; CUARTO: ORDENAR la remisión formal de la presente resolución a la Oficina Presidencial de Tecnologías de la Información y Comunicación (OPTIC), para su conocimiento y fines de lugar. [firma] QUINTO: ORDENAR la remisión formal de la presente resolución a la señora Florisel Núñez y a la razón social IML Print Group, S.R.L., para su conocimiento y fines de lugar. SEXTO: ORDENAR la remisión formal de la presente resolución a la Contraloría General de la República, para su conocimiento y fines de lugar. SÉPTIMO: ORDENAR la remisión formal de la presente resolución a la Cámara de Cuentas de la República, para su conocimiento y fines de lugar. OCTAVO: ORDENAR la remisión formal de la presente resolución a la Dirección General de Ética e Integridad Gubernamental, para su conocimiento y fines de lugar.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona