Persona Natural · Persona Física · DISTRITO NACIONAL
Decisiones de la Dirección General de Contrataciones Públicas sobre recursos, medidas cautelares, inhabilitaciones o investigaciones en que figura esta empresa. Lectura automática del documento: verifica cada dato en la resolución original.
Resolución No. 77-2016 que RECHAZAR, en cuanto al fondo las conclusiones presentadas por la señora Florisel Núñez, en lo referente a que la institución contratante cargó las especificaciones técnicas luego de conocer las propuestas económicas, por haber comprobado este Órgano Rector a través de los documentos que forman parte del expediente administrativo que la visualización tardía en el portal de compras…
Proceso: OPTIC-CMC-13-2015
Empresas: AH Editora Offset, SRLCentro de Artes GráficasFLORISEL YORALIS NUÑEZ GOMEZIML PRINT GROUP, SRLMUMA, S.R.L.
PRIMERO: ACOGER, en cuanto a la forma el recurso jerárquico presentado por la señora Florisel Nuñez, contra la comunicación 0452/15 de fecha 09 de junio de 2015, emitida por la Oficina Presidencial de Tecnologías de la Información y Comunicación (OPTIC) que da respuesta a su recurso de impugnación en el marco del procedimiento de Compra Menor No. OPTIC-CMC-13-2015, convocado para la "adquisición de la impresión NORTIC A 4-2: 2014 Optic-DAF-cm-20", por [firma] Dirección General CONTRATACIONES PÚBLICAS www.comprasdominicana.gov.do | www.dgcp.gob.do haber sido presentado con las formalidades y en el plazo establecido en el artículo 67 numeral 1) de la Ley No. 340-06 y su modificación sobre compras y contrataciones de bienes, servicios, obras y concesiones. SEGUNDO: RECHAZAR, en cuanto al fondo las conclusiones presentadas por la señora Florisel Núñez, en lo referente a que la institución contratante cargó las especificaciones técnicas luego de conocer las propuestas económicas, por haber comprobado este Órgano Rector a través de los documentos que forman parte del expediente administrativo que la visualización tardía en el portal de compras dominicana, se debió a un error en la migración de la información a través del SIGEF no atribuible a la Oficina Presidencial de Tecnologías de la Información y Comunicación (OPTIC), tal y como se indica en el cuerpo de la presente resolución. TERCERO: En cuanto al proceso DECLARAR que la Oficina Presidencial de Tecnologías de la Información y Comunicación (OPTIC), en el proceso de Compra Menor No. OPTIC-CMC-13-2015, inobservó las siguientes disposiciones: i) El numeral 4) del artículo 3 de la Ley No. 340-06 y su modificación, sobre el principio de económica y flexibilidad, toda vez que no establecieron reglas claras para asegurar la selección de la mejor propuesta; ii) El artículo 20 de la Ley No. 340-06 y su modificación, sobre que el pliego de condiciones específicas, en este caso especificaciones o fichas técnicas, no contenía toda la información necesaria para que los oferentes pudieran elaborar sus propuestas; CUARTO: ORDENAR la remisión formal de la presente resolución a la Oficina Presidencial de Tecnologías de la Información y Comunicación (OPTIC), para su conocimiento y fines de lugar. [firma] QUINTO: ORDENAR la remisión formal de la presente resolución a la señora Florisel Núñez y a la razón social IML Print Group, S.R.L., para su conocimiento y fines de lugar. SEXTO: ORDENAR la remisión formal de la presente resolución a la Contraloría General de la República, para su conocimiento y fines de lugar. SÉPTIMO: ORDENAR la remisión formal de la presente resolución a la Cámara de Cuentas de la República, para su conocimiento y fines de lugar. OCTAVO: ORDENAR la remisión formal de la presente resolución a la Dirección General de Ética e Integridad Gubernamental, para su conocimiento y fines de lugar.
Resolución No. 81/2015, que declara inadmisible el recurso jerárquico presentado por la señora Florisel Núñez Gómez contra el procedimiento por compras menores No. OPTIC-CMC-13-2015 llevado a cabo para la "adquisición de impresión NORTIC A 4-2: 2014 Optic-DAF-cm-20 ", toda ves que la Oficina Presidencial de Tecnologías de la Información y Comunicación (OPTIC) se encontraba dentro del plazo que contempla el numeral…
Procesos: OPfIC-CMC-13-2015OPTIC-CMC-13-2015
Empresa: FLORISEL YORALIS NUÑEZ GOMEZ
PRIMERO: DECLARAR, como al efecto DECLARA inadmisible el recurso jerárquico presentado por la señora Florisel Núñez Gómez contra el procedimiento por Compras Menores No. OPTIC- CMC-13-2015 llevado a cabo para la "adquisidón de impresión NORTIC A 4-2: 2014 Optic-DAF-cm- 20", toda vez que la Oficina Presidencial de Tecnologías de la Información y Comunicación (OPTIC) se encontraba dentro del plazo que contempla el numeral 6) del artículo 67 de la Ley No. 340-06 para decidir sobre la impugnación interpuesta por la recurrente contra idéntico procedimiento, lo que impide que este Órgano Rector conozca el fondo de la impugnación. SEGUNDO: ORDENAR como al efecto ORDENA, la remisión formal de la presente resolución a la Oficina Presidencial de Tecnologías de la Información y Comunicación (OPTIC) para su conocimiento y fines de lugar. TERCERO: ORDENAR como al efecto ORDENA, la remisión formal de la presente resolución a la parte recurrente, señora Florisel Núñez Gómez para su conocimiento y fines de lugar. (1 .) ciiiiüiie10NES POBUCAS - .__ ¡ ' 1 ' - '' ( f .... ,! 1:) - !·! 1 1 • 1; ' 1 1 1 , .•. - • 1- 1 ... , 1 ., ... " •• - 1 \\\\\\,'-.'ompt.hl[11m1n11.:,111.1.~o, e.lo ''"" dgtp ~oh do República Dominicana Ministerio de Hacienda IIRECCIÓN GENERll lE CINTRITACIINES PÚBLICAS AÑO DE LA ATENCIÓN INTEGRAL A LA PRIMERA INFANCIA" CUARTO: ORDENAR como al efecto ORDENA, la remisión formal de la presente resolución a la Contraloría General de la República, para su conocimiento y fines de lugar. QUINTO: ORDENAR como al efecto ORDENA, la remisión formal de la presente resolución a la Cámara de Cuentas de la República, para su conocimiento y fines de lugar.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona