Persona Jurídica · Sociedades Comerciales · DISTRITO NACIONAL
| Proceso | Institución | Monto | Fecha | Estado |
|---|---|---|---|---|
| Adquisición de Contenedores de Basura | Dirección General de Aduanas y Puertos | RD$137,200 | 6 nov de 2019 | Cerrado |
| Adquisición de Contenedores de Basura | Dirección General de Aduanas y Puertos | RD$129,505 | 17 oct de 2019 | Activo |
| Suministro e Instalación de Zafacones de Clasificación y Reciclaje de Desechos Solidos | Dirección General de Aduanas y Puertos | RD$2.6 millones | 27 sept de 2019 | Activo |
| REHABILITACIÓN DE LOS CENTROS EDUCATIVOS DE LA PROVINCIA SANTIAGO REGIONAL 08 | Ministerio de Educación | RD$15.9 millones | 31 oct de 2018 | Activo |
| Adq. de Zafacón de cuatro ruedas ( Almacen de Subasta) | Dirección General de Aduanas y Puertos | RD$51,802 | 8 ago de 2018 | Cerrado |
| REMOZAMIENTO PARQUE SAN LORENZO, AV. TAMBORIL, CIENFUEGOS, DEL MUNICIPIO DE SANTIAGO. | Ayuntamiento Santiago de los Caballeros | RD$6.1 millones | 26 jul de 2018 | Activo |
Lectura con inteligencia artificial de las actas de evaluación y adjudicación, que suelen adelantarse a los contratos de la DGCP. Verifica cada dato en el acta.
Decisiones de la Dirección General de Contrataciones Públicas sobre recursos, medidas cautelares, inhabilitaciones o investigaciones en que figura esta empresa. Lectura automática del documento: verifica cada dato en la resolución original.
Resolución No. 53-2016 que ANULA parcialmente del Acta de Adjudicación No. 29-2015 de fecha 5 de noviembre de 2015, en lo que respecta a las adjudicaciones realizadas a Grupo Pérez Soluciones Sanitarias Ambiental, S.R.L., lote XII Y LII.
Proceso: ME-CCC-LPN-2015-01-GD
Empresas: Niquelado y Cromado American S.R.L. (presentó la acción)Colchones y Afines, INCGrupo Perez Soluciones Sanitarias Ambientales, SRL
PRIMERO: Acoger como buena y válida la solicitud de investigación presentada por la Asociación Nacional de Industriales de Muebles, Colchones y Afines, INC (ASONAIMCO) sobre la Licitación Pública Nacional No. ME-CCC-LPN-2015-01-GD, llevado para la "Adquisición de [firma] Mobiliario Escolar Complementario", por haber sido interpuesta de conformidad con las formalidades y plazo del artículo 72 de la Ley No. 340-06 y su modificación. SEGUNDO: Acoger como buena y válida la solicitud de investigación presentada el Consejo Dominicano De La Micro, Pequeña y Mediana Empresa (CODOPYME), sobre la Licitación Pública Nacional No. ME-CCC-LPN-2015-01-GD, llevado para la "Adquisición de Mobiliario Escolar Complementario", por haber sido interpuestas de conformidad con las formalidades y plazo del artículo 72 de la Ley No. 340-06 y su modificación. TERCERO: Acoger como bueno y válido en cuanto a la forma el recurso jerárquico incoado por Niquelado y Cromado American S.R.L., contra la Licitación Pública Nacional ME-CCC-LPN-2015-01-GD, llevado para la "Adquisición de Mobiliario Escolar Complementario", por haber sido interpuesta de conformidad con las formalidades y plazo del artículo 67 de la Ley No. 340-06 y su modificación. CUARTO: DECLARAR, que la el Ministerio de Educación, en el procedimiento de Licitación Pública Nacional ME-CCC-LPN-2015-01-GD, llevado para la "Adquisición de Mobiliario Escolar Complementario", no cumplió con las siguientes disposiciones: a. De la Ley No 340-06 y su modificación y del Reglamento de Aplicación No. 543-12: i. Artículo 3, numeral 2) Principio de igualdad; 1) al no quedar claros los criterios empleados para calificar como cumple la oferta de Grupo Pérez Soluciones Sanitarias S.R.L., cuyo taller no pudo ser verificado en los traslados ordenados por este Órgano Rector, 2) por no quedar establecidos en el Pliego de Condiciones Especias los criterios de evaluación de las ofertas de fabricantes parciales. ii. Los artículos 88 y 98 del Reglamento de Aplicación No. 543-12, por haber aplicado criterios de evaluación de las ofertas económicas distintos a los establecidos en el pliego de [firma] Dirección General CONTRATACIONES PÚBLICAS www.comprasdominicana.gob.do | www.dgcp.gob.do condiciones específicas, al incluir para el cálculo de los promedios ofertas que no estaban habilitadas. iii. Artículo 103 del Reglamento de Aplicación No. 543-12, al adjudicar la oferta de Grupo Pérez Soluciones Ambientales S.R.L., la cual no cumple con las condiciones y requisitos establecidos en el Pliego de Condiciones Específicas. b. Del Decreto No. 164-13: i. Párrafo II del artículo 3 del Decreto No. 164-13, al habilitar las ofertas sin realizar las comprobaciones de los talleres participantes, requeridos para confirmar que en el domicilio reportado existe un taller de fabricación de muebles y que hay una unidad económicamente productiva. ii. Artículo 4 del Decreto No. 164-13, al adjudicar las ofertas de Grupo Soluciones Sanitarias Ambientales S.R.L., la cual no ha presentado una unidad económica productiva (taller). c. Del Pliego de Condiciones Específicas: i. Numeral 3.6 del Pliego de Condiciones Específicas, al evaluar las ofertas económicas sin haber concluido con todos los requisitos de las evaluaciones técnicas. ii. Numeral 4.1 Pliego de Condiciones Específicas, al incluir para el cálculo de los promedios simples ofertas que no reunían el requisito de ser "fabricante nacional" conforme lo establecido en el pliego. QUINTO: ANULAR parcialmente el Acta de Adjudicación No. 29/2015 de fecha 5 de noviembre de 2015, en lo que respecta a las adjudicaciones realizadas a Grupo Pérez Soluciones Sanitarias Ambientales, S.R.L., (Lote XII y LII), por haberse comprobado en el trascurso de la presente investigación que el oferente no tiene una unidad económicamente productiva dedicada a la [firma] fabricación de mobiliario y por tanto el MINERD deberá re-evaluar los lotes adjudicados a Grupo Pérez Soluciones Sanitarias Ambientales S.R.L., priorizando las fabricantes nacionales que no resultaron beneficiarias en la licitación, por ser estos los perjudicados en el proceso. SEXTO: ORDENAR, la remisión formal de la presente Resolución sus anexos al Ministerio de Educación, para su conocimiento y fines de lugar. SÉPTIMO: ORDENAR, la remisión formal de la presente Resolución y sus anexos a la Asociación Nacional de Industriales de Muebles, Colchones y Afines, INC (ASONAIMCO), al CODOPYME, y del Consejo Dominicano De La Micro, Pequeña y Mediana Empresa (CODOPYME), a Niquelado y Cromado American S.RL., a Grupo Pérez Soluciones Sanitarias Ambientales S.R.L., y a las adjudicatarias del procedimiento de Licitación Pública No. ME-CCC-LPN-2015-01-GD. OCTAVO: ORDENAR, la remisión formal de la presente Resolución y sus anexos a la Contraloría General de la República, para su conocimiento y fines de lugar. NOVENO: ORDENAR, la remisión formal de la presente Resolución y sus anexos a la Cámara de Cuentas de la República, para su conocimiento y fines de lugar.
Registros de la Oficina Nacional de la Propiedad Industrial (ONAPI) a nombre de esta empresa, según sus boletines oficiales.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona