Persona Natural · Persona Física · SANTO DOMINGO
Lectura con inteligencia artificial de las actas de evaluación y adjudicación, que suelen adelantarse a los contratos de la DGCP (que aún no registra contratos de este proveedor). Verifica cada dato en el acta.
Decisiones de la Dirección General de Contrataciones Públicas sobre recursos, medidas cautelares, inhabilitaciones o investigaciones en que figura esta empresa. Lectura automática del documento: verifica cada dato en la resolución original.
Tipo de acción: Recurso jerárquico interpuesto por Lixander Ysael Hilario López contra la Resolución Núm. INABIE-RI-CCC-2024-0327, de fecha 2 de julio de 2024, emitida por el Comité de Compras y Contrataciones del Instituto Nacional de Bienestar Estudiantil (INABIE), en respuesta a su recurso de impugnación, dentro del procedimiento de Licitación Pública Nacional Núm. INABIE-CCC-LPN-2023-0052, correspondiente a la…
Procesos: INABIE-CCC-LPN-2023-0052 (Contratación Servicios de Suministro Raciones Alimentarias Almuerzo…)INABIE-CCC-RI-2024-0327INABIE-RI-CCC-2024-0327
Empresa: Lixander Ysael Hilario Lopez
PRIMERO: ACOGER en cuanto a la forma, Recurso jerárquico presentado por el señor Lixander Ysael Hilario López, contra la Resolución Núm. INABIE-RI-CCC-2024-0327 de fecha 2 de julio de 2024, emitida por el Comité de Compras y Contrataciones del Instituto Nacional de Bienestar Estudiantil (INABIE) en respuesta a su recurso de impugnación, en el marco del procedimiento de Licitación Pública Nacional núm. INABIE-CCC-LPN-2023-0052, llevado a cabo por el Instituto Nacional de Bienestar Estudiantil (INABIE), para las “Contratación de los Servicios de Suministro de Raciones Alimentarias del Almuerzo Escolar y su Distribución en los Centros Educativos Públicos Durante los Períodos Escolares 2024-2025 y 2025-2026, Llevado a cabo por El Instituto Nacional De Bienestar Estudiantil, Ministerio de Educación, para Estudiantes en la Modalidad de Jornada Escolar Extendida y Otros Programas que Disponga el MINERD Dirigido a (MIPYMES) Nacionales que Presenten Cocinas Instaladas en el Municipio Santo Domingo Norte”, por haber sido interpuesto de acuerdo a las formalidades requeridas en la normativa. SEGUNDO: En cuanto al fondo del recurso jerárquico presentado por el señor Lixander Ysael Hilario López: i. ACOGER los pedimentos de reconsiderar la puntuación de su oferta para el proceso y que se instruya como procede en el pliego de condiciones en el caso de que resulte suficiente para la adjudicación, y, en consecuencia, se ANULAN DE OFICIO parcialmente las Actas núms. 0135-2024 fecha 26 de abril de 2024 sobre la aprobación del informe definitivo de la evaluación de la oferta técnica y 0193-2024 de fecha 4 de junio de 2024 sobre la rectificación de la evaluación de la oferta técnica a partir a la corrección de puntajes en cuanto al recurrente del procedimiento de Licitación Pública Nacional Núm. INABIE-CCC-LPN-2023-0052, toda vez que se verifica que se encuentran viciadas de falta de motivación al no sustentarse la puntuación asignada al recurrente. PÁRRAFO I: ORDENAR al INABIE REVALUAR la oferta técnica del señor Lixander Ysael Hilario López, con apego irrestricto a los criterios definidos en el pliego de condiciones y a lo referido en la presente Resolución, y posteriormente, emitir los actos administrativos subsiguientes que correspondan. PÁRRAFO II: EMITIR una vez realizada la reevaluación de la oferta técnica del señor Lixander Ysael Hilario López, todos los actos administrativos correspondientes a los resultados de la evaluación. ii. RECHAZAR el pedimento de que se anule el acta de adjudicación, debido a que sus alegatos se circunscriben al criterio de evaluación de su oferta técnica, por lo tanto, este Órgano Rector no tiene certeza de su ilegalidad. TERCERO: ORDENAR al Instituto Nacional de Bienestar Estudiantil (INABIE): i) publicar en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP) en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles contados a partir de la notificación de la presente Resolución, la gestión completa del procedimiento de que se trata, en especial, los informes periciales de evaluación de las ofertas, el reporte de la aplicación “Plataforma peritaje INABIE” y los reportes de las visitas técnicas a los oferentes, y; ii) una vez publicados dichos documentos, notificar a esta Dirección General en un plazo de cinco (5) días hábiles contados a partir de su fecha de publicación, que ya se encuentran disponibles en el SECP. PÁRRAFO I: Informamos que esta Dirección General de Contrataciones Públicas estará realizando un seguimiento continuo al cumplimiento de la presente resolución, a fin de asegurar que las disposiciones contenidas en la misma se ejecuten de conformidad con lo establecido en el marco normativo vigente. CUARTO: ORDENAR la remisión formal de la presente Resolución a las partes envueltas en el proceso de que se trata: i) al recurrente el señor Lixander Ysael Hilario López, y; ii) al Instituto Nacional de Bienestar Estudiantil (INABIE), para su conocimiento y fines de lugar. QUINTO: ORDENAR la remisión formal de la presente resolución a la Contraloría General de la República y a la Cámara de Cuentas de la República Dominicana, para su conocimiento y fines de lugar. SEXTO: ORDENAR que esta Resolución sea publicada en el portal electrónico administrado por esta Dirección General, www.dgcp.gob.do.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona