Instituto Nacional de Bienestar Estudiantil · Simpli Chef, SRL, Don Pimpin, SRL, Tu Casa Familiar, SRL y 1 más
Oferentes que compitieron entre sí comparten teléfono o correo
· hace 2 años
Persona Jurídica · Sociedades Comerciales · CONCEPCIÓN DE LA VEGA
Instituto Nacional de Bienestar Estudiantil · Simpli Chef, SRL, Don Pimpin, SRL, Tu Casa Familiar, SRL y 1 más
· hace 2 años
Instituto Nacional de Bienestar Estudiantil · Simpli Chef, SRL, Hendap, SRL, Juliama Indiustrial, SRL y 2 más
· hace 10 meses
Lectura con inteligencia artificial de las actas de evaluación y adjudicación, que suelen adelantarse a los contratos de la DGCP. Verifica cada dato en el acta.
Decisiones de la Dirección General de Contrataciones Públicas sobre recursos, medidas cautelares, inhabilitaciones o investigaciones en que figura esta empresa. Lectura automática del documento: verifica cada dato en la resolución original.
Se acoge el fondo del recurso jerárquico toda vez que se constató que el INABIE actuó contrario a la buena administración, al principio de razonabilidad y proporcionalidad al descalificar la oferta de la recurrente por no haberse encontrado la dirección que le fue suministrada y aun habiéndose comunicado con la recurrente y esta explicarle que no estaría disponible en sus instalaciones por encontrarse interna en un…
Procesos: INABIE-CCC-LPN-2022-0009 (Contratación de los servicios de suministro de raciones alimenticias…)INABIE-RI-CCC-2022-79
Empresa: Simpli Chef, SRL (presentó la acción)
PRIMERO: En cuanto a los medios de inadmisión planteados por el Instituto Nacional de Bienestar Estudiantil (INABIE): i. RECHAZAR el medio de inadmisión relativo a la falta de objeto del recurso jerárquico, toda vez que no lleva razón el INABIE al señalar que por el hecho de la recurrente dar aquiescencia al pliego de condiciones y depositar oferta, la acción presentada carece de objeto, ya que tanto la impugnación como el recurso jerárquico versan sobre la misma reclamación, por lo que la causa que dio origen al diferendo no ha desaparecido, y además, por el hecho de acudir a este Órgano Rector para que conozca lo alegado en grado de apelación, muestra su inconformidad con la respuesta dada por el INABIE a su impugnación, tal y como se estableció en el párrafo 30 de esta resolución. ii. RECHAZAR el medio de inadmisión relativo a la falta de interés de la recurrente, debido a que el INABIE no motiva ni explica las razones por las que aplicaría la falta de interés jurídico en el caso de la especie, infringiendo con ello el derecho de defensa y la tutela judicial efectiva, al no poder conocerse las razones particulares por las cuales se invoca dicho medio de inadmisión, tal y como se estableció en el párrafo 35 de esta resolución. SEGUNDO: ACOGER en cuanto a la forma, el recurso jerárquico presentado por la razón social Simpli Chef, S.R.L., contra la Resolución Ref. INABIE-RI-CCC-2022-79 de fecha 12 de julio de 2022, emitido por el Comité de Compras y Contrataciones del Instituto Nacional de Bienestar GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DOMINICANA HACIENDA DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS Dirección General Contrataciones Públicas Estudiantil (INABIE) que responde su impugnación, en el marco del procedimiento de Licitación Pública Nacional Núm. INABIE-CCC-LPN-2022-0009, llevado a cabo para la “Contratación de los servicios de suministro de raciones alimenticias del almuerzo escolar y su distribución en los centros educativos públicos durante el periodo escolar 2022-2023 y 2023-2024, llevado a cabo por el Instituto Nacional de Bienestar Estudiantil, Ministerio de Educación, modalidad Jornada Escolar Extendida, dirigido a Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) nacionales que presenten cocinas instaladas en la Provincia La Vega”, por haber sido interpuesto de acuerdo a las formalidades requeridas en la normativa. TERCERO: En cuanto a los pedimentos de la recurrente: i. RECHAZAR la solicitud suspensión presentada por la razón social Simpli Chef, S.R.L, tendente a suspender la apertura de los “Sobres B” del procedimiento de referencia hasta tanto sea fallado su recurso jerárquico, debido a que ésta no incluyó los fundamentos jurídicos necesarios para ponderar la medida cautelar solicitada. ii. ACOGER en cuanto al fondo el recurso jerárquico presentado por la razón social Simpli Chef, S.R.L, por tener mérito su reclamo, tal cual se abordó en el apartado D.1 de la presente resolución, tras verificarse que en la descalificación de la oferta de la recurrente la institución contratante actuó contrario al debido proceso, por no darle la oportunidad a la recurrente de demostrar el contenido de su “Formulario de capacidad instalada”, procediendo con su descalificación automática por no haber encontrado la dirección que le fue suministrada y aun habiéndose comunicado con la recurrente y esta explicarle que no estaría disponible en sus instalaciones por encontrarse interna en un clínica por su estado de embarazo, para que el perito realizara la visita técnica. Por tanto, se ORDENA al INABIE realizar la visita técnica a la cocina de la recurrente y posteriormente emitir los actos administrativos que correspondan. 1 1 1 1 1 GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DOMINICANA HACIENDA DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS Dirección General Contrataciones Públicas CUARTO: ORDENAR la remisión formal de la presente Resolución a las partes envueltas en el proceso de que se trata: i) a la recurrente razón social Simpli Chef, S.R.L.; y al ii) Instituto Nacional de Bienestar Estudiantil (INABIE), para su conocimiento y fines de lugar. QUINTO: ORDENAR la remisión formal de la presente Resolución a la Cámara de Cuentas y la Contraloría General de la República, para su conocimiento y fines de lugar. SEXTO: ORDENAR que esta Resolución sea publicada en el portal electrónico administrado por esta Dirección General, www.dgcp.gob.do.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona