El 12 de diciembre de 2024, el Comité de Compras y Contrataciones del INDOTEL aprobó el informe pericial y el uso de una excepción de selección directa para contratar una estrategia de comunicación de la campaña Canasta Digital. Designó tres peritos y autorizó solicitar una propuesta a Mediáticos; el expediente consigna una apropiación presupuestaria de RD$17,700,000, impuestos incluidos. Esta resolución no adjudica el contrato.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La resolución autoriza selección directa para un servicio de estrategia de comunicación y el informe presenta como fundamento la especialización, la confianza y características generales de la firma, sin describir en esta acta atributos concretos que hagan indispensable seleccionar a este proveedor frente a alternativas. Conviene contrastar esa motivación con los documentos técnicos y de experiencia que sustentan la afirmación, dado que la excepción requiere justificar la idoneidad singular del proveedor.
“El proveedor Mediáticos que ha sido seleccionado para llevar a cabo la contratación objeto de este informe, está más que justificado como un hecho que esas capacidades técnicas, de especialización en las áreas referidas en el párrafo anteri”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 58 · Reglamento 416-23, art. 161 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 58 — Procedimiento de excepción para adquisición de obras científicas, técnicas, artísticas o restauración de monumentos históricos
Artículo 58. Procedimiento de excepción para adquisición de obras científicas, técnicas, artísticas o restauración de monumentos históricos. Este procedimiento aplicará para la adquisición de bienes, servicios y obras que puede otorgar una persona física o jurídica, a partir de su tecnicidad y pericia en la materia. A través de esta contratación se seleccionará al proveedor idóneo a partir de condiciones especiales exclusivas de su persona y que son indispensables para la satisfacción del objeto contractual, tales como su conocimiento y experiencia en la prestación del servicio u obra, la confianza y el manejo de información confidencial. Este procedimiento se utilizará para la compra y…
Reglamento 416-23, artículo 161 — Fases comunes de los procedimientos de excepción por selección directa
Artículo 161. Fases comunes de los procedimientos de excepción por selección directa. Los procedimientos de excepción por selección directa inician con el informe pericial que, además de justificar el uso de la excepción, identifican a una persona natural o jurídica recomendando su selección porque cumple o puede cumplir de forma única o más idónea con la necesidad, conforme al interés general. Una vez emitido el informe pericial, se deberán realizar las siguientes actuaciones: 1. Aprobación del procedimiento de excepción y designación de peritos para la evaluación de propuesta y cotización. El Comité de Compras y Contrataciones pondera el informe que justifica la excepción y recomienda al…
Al justificar la excepción, el informe vincula la campaña a la mejora de la seguridad ciudadana y la inclusión social a través del apagón analógico, mientras que la resolución identifica la campaña de Canasta Digital «Conectando Oportunidades para un Futuro Digital». La diferencia merece cotejarse con los estudios y el informe pericial que fundamentaron la selección directa, pues podría afectar la trazabilidad de la necesidad y de la excepción aprobada.
“Por lo tanto, se justifica la contratación bajo el concepto de "obras científicas o técnicas" al resaltar la naturaleza especializada, el rigor metodológico y el conocimiento avanzado necesarios para desarrollar una campaña educativa para p”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 66 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 66 — Estudios previos
Artículo 66. Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas o las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual. En todo caso, como mínimo, a través de estos estudios se debe determinar: 1. La necesidad a atender. 2. Identificar el objeto del contrato, su naturaleza, características y sus especificaciones. 3. Las particularidades del mercado, en cuanto a cómo y en cuáles plazos se ofrece ese bien, se presta el servicio o se ejecuta la obra. 4. El costo estimado del bien, obra o servicio a…
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
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Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Mediáticos Consultores en Comunicación MCC, S.R.L.El informe justificativo la identifica como proveedor seleccionado y la resolución autoriza solicitarle una propuesta; esta acta no adjudica el contrato.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona