El Acta C.C.C. núm. 0001-2024, de fecha 16 de diciembre de 2024, registra que Centro Cuesta Nacional S.A.S. no cumplió las especificaciones técnicas y que faltaban documentos de la oferta económica; el comité lo descalificó. Al ser declarado desierto el proceso GCPS-CCC-PEEX-2024-0001, el comité dispuso ampliar el alcance de las especificaciones y relanzar la convocatoria con un plazo equivalente al 50 % del inicialmente establecido.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta registra faltantes de documentos de la oferta económica de un oferente que fue descalificado por incumplimiento técnico. El documento no afirma expresamente que el Sobre B se abriera; conviene verificar en el expediente si esa evaluación económica ocurrió antes de concluir la evaluación técnica, pues el reglamento dispone que solo se abran las ofertas económicas de los oferentes habilitados técnicamente.
“No cumplen con las especificaciones técnicas solicitadas en el Pliego de Condiciones Específicas. (Ver informe técnico anexo) No presentaron el formulario de presentación de oferta económica (SNCC.F.033) No presentaron la Garantía de la Ser”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 114 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 114 — División de etapas
Artículo 114. División de etapas. Como principio general, todos los procedimientos de selección respetarán en su etapa de evaluación, la división de los siguientes aspectos: a) Las credenciales u oferta técnica, y, por otro lado, b) La oferta económica. En consecuencia, deberá separarse en dos etapas: 1. Primera etapa. Para la presentación y recepción de las ofertas técnicas y las ofertas económicas y la apertura y evaluación de las ofertas técnicas. 2. Segunda etapa. La apertura y evaluación de las ofertas económicas. Párrafo I. Solo se procederá a la apertura de las ofertas económicas una vez concluida la evaluación de credenciales, ofertas técnicas, subsanación y muestras, si aplican, y…
El acta dispone ampliar las especificaciones para permitir una cantidad considerable de proponentes y, a la vez, relanzar el procedimiento como excepción competitiva por exclusividad. Conviene comprobar que la causal de exclusividad siga sustentada tras el cambio: el reglamento la prevé para bienes o servicios que solo puede suplir un número limitado de proveedores, no mayor de cinco; el acta no indica cuántos podrían participar.
“a los fines de ampliar el alcance de las especificaciones técnicas del pliego de condiciones específicas del referido proceso para permitir la participación a una cantidad considerable de proponentes”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 54 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 54 — Procedimiento de excepción por exclusividad
Artículo 54. Procedimiento de excepción por exclusividad. Se utilizará el procedimiento de excepción por exclusividad para obtener bienes o servicios que por su especialidad solo pueden ser suplidos por un número limitado de proveedores que pueden atender al requerimiento, que en ningún caso podrá ser mayor de cinco (5). Los oferentes que poseen la exclusividad deben demostrarlo mediante una acreditación o certificación, en caso de que la hubiere, que puede ser nacional o internacional, emitida por una persona, institución u organismo público o privado con autoridad para hacerlo. Párrafo I. La institución contratante es responsable de garantizar la participación de todos los oferentes…
Centro Cuesta Nacional, S.A.S.El acta indica que no cumplió las especificaciones técnicas y que no presentó el formulario de oferta económica SNCC.F.033 ni la garantía de seriedad de la oferta. También registra que estaba pendiente el formulario de compromiso de proveedores del Estado, señalado como subsanable.
Descalificado
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RD$10,000,000
Cambios que introduce (2)
Sección
Antes
Después
Efecto
Segunda y tercera resoluciónAmpliación de especificaciones técnicas para el relanzamiento
El pliego original contenía especificaciones técnicas que el oferente no cumplió; el acta no detalla cuáles.
Se dispone ampliar el alcance de las especificaciones técnicas para permitir la participación de una cantidad considerable de proponentes.
Relaja
Tercera resoluciónPlazo del relanzamiento
Plazo establecido originalmente; su duración no se consigna en el acta.
El relanzamiento tendrá un plazo equivalente al 50 % del anteriormente establecido.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona