La Resolución UTECT-2024-0017, de 2024-12-04, aprueba el procedimiento de excepción por proveedor único para alquilar los locales 11 y 27 de UNICENTRO Plaza, aprueba las condiciones generales y el informe justificativo, y designa peritos. Reconoce a JOEL INMOBILIARIA, S.R.L. como proveedor único porque el documento la identifica como propietaria de ambos inmuebles; las cotizaciones citadas suman RD$11,770,928.76.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta indica que JOEL remitió propuestas el 16 de octubre y que las condiciones generales y el informe justificativo tenían fecha 20 de noviembre, pero la aprobación del procedimiento y la designación de los peritos se formalizan en la resolución del 4 de diciembre. Conviene verificar si existieron autorizaciones o designaciones previas y si las propuestas fueron espontáneas: el reglamento prevé que, en la selección directa, la aprobación y designación precedan a la solicitud de propuesta.
“Que en fecha dieciseis (16) de octubre del aho dos mil veinticuatro (2024 … la empresa JOEL INMOBILIARIA, SRL, remitio exclusivamente a la UTECT, su propuesta de alquiler del inmueble identificado como local 11 … VISTA: Las”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 149 · Reglamento 416-23, art. 161 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 149 — Etapas comunes de los procedimientos de excepción
Artículo 149. Etapas comunes de los procedimientos de excepción. Salvo los casos de excepción por emergencia y seguridad nacional que iniciarán con decreto presidencial, el primer trámite de los procedimientos de excepción es el requerimiento de compra o contratación, seguido de los estudios previos, conforme a las disposiciones establecidas en la Sección I sobre “Fase de Planificación y Preparación”, del presente capítulo. Posteriormente, deberán realizarse las siguientes actuaciones: 1. Informe que justifique el uso de la excepción. La Unidad Operativa de Compras y Contrataciones gestionará la elaboración de un informe pericial que podrá ser requerido a la unidad requirente o a un experto…
Reglamento 416-23, artículo 161 — Fases comunes de los procedimientos de excepción por selección directa
Artículo 161. Fases comunes de los procedimientos de excepción por selección directa. Los procedimientos de excepción por selección directa inician con el informe pericial que, además de justificar el uso de la excepción, identifican a una persona natural o jurídica recomendando su selección porque cumple o puede cumplir de forma única o más idónea con la necesidad, conforme al interés general. Una vez emitido el informe pericial, se deberán realizar las siguientes actuaciones: 1. Aprobación del procedimiento de excepción y designación de peritos para la evaluación de propuesta y cotización. El Comité de Compras y Contrataciones pondera el informe que justifica la excepción y recomienda al…
La resolución registra que una paralegal participó en representación de la encargada del Departamento Jurídico. El artículo 9 exige que integre el comité el titular del área jurídica y solo contempla delegación temporal en supuestos determinados; el acta no consigna el motivo de la representación ni la notificación de la delegación.
“Esmirna de Leon Ledesma, en representacion de Ursullna del Carmen de Delgado Encargada del Departamento Juridico (Asesora Legal)”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 9 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 9 — Conformación del Comité de Compras y Contrataciones
Artículo 9. Conformación del Comité de Compras y Contrataciones. El Comité de Compras y Contrataciones estará conformado por cinco miembros: 1. La máxima autoridad ejecutiva de la institución contratante o la persona que designe como su representante, quien lo presidirá. 2. El titular del área administrativa y financiera. 3. El titular del área jurídica. 4. El titular del área de planificación y desarrollo institucional. 5. El responsable de la Oficina de Libre Acceso a la Información Pública. Párrafo I. En aquellas instituciones contratantes que no cuenten con una estructura orgánica que permita la integración prevista en el presente artículo, se deberá identificar otro servidor de la…
JOEL INMOBILIARIA, S.R.L.El acta la reconoce como propietaria de los locales y proveedor único; según el acta de adjudicación UTECT-2024-0063, fue adjudicataria de ambos alquileres.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona