La Adenda 3, emitida el 10 de diciembre de 2024 para el proceso MIMARENA-CCC-CP-2024-0035, fija la vigencia de las ofertas hasta el 28 de febrero de 2025 y establece condiciones para prorrogarla. También precisa que el anticipo será de hasta el 20 % —obligatoriamente del 20 % para adjudicatarios MIPYME—, pagadero dentro de los 15 días siguientes a la firma del contrato y contra garantía por el total del avance.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El punto 18 emplea «y» entre póliza de seguros y garantía bancaria, mientras que el punto 22 permite una u otra. La diferencia deja incierto si se requiere una sola modalidad o ambas, cuestión que conviene aclarar porque condiciona la acreditación del anticipo.
“«contra presentación de una garantía de buen uso de anticipo de tipo Póliza de Seguros y Garantía Bancaria que cubra la totalidad del Avance Inicial.» … «contra presentación de una Póliza de Seguro o Garantía Bancaria que cubra la totalidad”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 192 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 192 — Objetivo de las garantías
Artículo 192. Objetivo de las garantías. con la finalidad de garantizar el cumplimiento de las obligaciones generadas por la participación y adjudicación en los procedimientos de selección, las instituciones contratantes exigirán a los oferentes y adjudicatarios, mediante el pliego de condiciones de cada procedimiento, la constitución de garantías en la forma y montos definidos por la ley y el presente reglamento. Párrafo I. Las modalidades de garantía permitidas son la garantía bancaria y la póliza de seguro y deberán ser incondicionales, irrevocables y renovables. Para el caso de MIPYMES, solo será exigida la fianza de seguro. Párrafo II. El pliego de condiciones establecerá el plazo de…
Pliego de bases y condiciones, punto 9.2, Sobre B, acápite cPlazo de mantenimiento de oferta y prórroga
El texto inicial indicado como modificado no es legible en la copia proporcionada.
Las ofertas deben estar vigentes hasta el 28 de febrero de 2025. La prórroga puede rechazarse; quien la acepte no podrá modificar la oferta y deberá ampliar la garantía de seriedad.
Aclara
Pliego de bases y condiciones, puntos 18 y 22Anticipo y garantía de buen uso
El texto inicial indicado como modificado no es legible en la copia proporcionada.
Prevé un anticipo de hasta el 20 % para proveedores no MIPYME y del 20 % para MIPYMES, pagadero dentro de 15 días de la firma contra garantía por el total del avance.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona