miércoles, 14 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
ComprasPresupuestoCifrasResoluciones DGCP
El Estado bajo la lupa

Abriendo la ficha…

Pliego

mimarena_ccc_cp_2024_0035_pliego_de_bases_obras_ultima_version_20_11_2024_para_acta_de_inicio_1__signed.pdf

Contratación de los servicios de obras de Readecuación de Diferentes Localidades del Ministerio del Medio Ambiente y Recursos Naturales · Ministerio de Medio Ambiente

Publicado el 28 nov de 202446 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso MIMARENA-CCC-CP-2024-0035

Lo que dice

El pliego establece una comparación de precios para readecuar cuatro localidades del Ministerio de Medio Ambiente, con convocatoria prevista para el 28 de noviembre de 2024 y presupuesto estimado total de RD$25,206,614.45. Fija requisitos de elegibilidad y solvencia, evaluación técnica y económica por puntaje y adjudicación por lote basada en mayor puntaje. No consigna un número de acta ni una fecha exacta de emisión del pliego.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (5)

A revisarHallazgo en documentos

Umbrales financieros consignados con signos contradictorios

Documento del 28 nov 2024 · hace 1 año

Los criterios de liquidez y endeudamiento contienen valores o comparadores incompatibles entre la condición descrita y la regla de cumplimiento. Esto puede producir resultados distintos al evaluar la misma documentación financiera y afecta la previsibilidad de la habilitación.

“Límite establecido: Debe ser mayor 0.9 (>0.09) … Menor o igual que > 2.50 (Cumple) Mayor que < 2.50 (No cumple)”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 8 · Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 79 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 8

ART. 8. La persona natural o jurídica que desee contratar con el Estado deberá demostrar su capacidad satisfaciendo los siguientes requisitos: 1) Poseer las calificaciones profesionales y técnicas que aseguren su competencia, los recursos financieros, el equipo y demás medios físicos, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con el objeto contractual; 3) Que sean solventes y no se encuentren en concurso de acreedores, en quiebra o proceso de liquidación, ni que sus actividades comerciales hubieren sido suspendidas; 4) Que hayan cumplido con las obligaciones fiscales y de seguridad social. PÁRRAFO I. Los…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

Texto oficial completo

Ver todos los detalles →
A revisarHallazgo en documentos

La matriz puntúa un requisito que el propio pliego excluye del puntaje

Documento del 28 nov 2024 · hace 1 año

La matriz asigna 10 puntos a la disponibilidad de equipos, mientras que una nota indica que la disponibilidad de equipos indispensables debe evaluarse exclusivamente mediante cumple/no cumple. La contradicción puede cambiar la puntuación técnica y la habilitación para abrir las ofertas económicas.

“Disponibilidad de equipos para la ejecución de la obra 10 … la disponibilidad de equipos indispensables para ejecutar la obra no puede ser evaluada con puntaje, sino exclusivamente con la metodología CUMPLE/NO CUMPLE”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 79 · Reglamento 416-23, art. 81 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 81 — Metodología de evaluación

Artículo 81. Metodología de evaluación. Las ofertas podrán ser evaluadas bajo las siguientes metodologías: 1. Metodología cumple/no cumple, en la que se establecen criterios mínimos que deben ser acreditados por las ofertas técnicas o económicas presentadas. 2. Metodología de puntaje, en la que se establecen criterios mínimos y máximos a los que se les asigna una puntuación considerada como proporcional de acuerdo con el nivel alcanzado. En este tipo de metodología será necesario desglosar todas las puntuaciones que pueden ser asignadas a cada requisito exigido. 3. Metodología combinada, que consiste en la aplicación tanto del método cumple/no cumple como el puntaje para la evaluación de…

A revisarHallazgo en documentos

Experiencia puntuada sin justificar la excepción prevista para obras complejas

Documento del 28 nov 2024 · hace 1 año

El pliego asigna 25 puntos a la experiencia del contratista y 35 a la experiencia y perfil del personal clave. El Reglamento establece como regla general que capacidad, solvencia e idoneidad se evalúan cumple/no cumple y no se puntúan, salvo que la complejidad de servicios u obras lo justifique y se deje constancia; el pliego no ofrece esa justificación en el texto consignado.

“Experiencia como Contratista 25 … Experiencia y Perfil del Personal Clave del Oferente 35”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
A revisarHallazgo en documentos

Requisito de actividad comercial con plazo posterior a la presentación

Documento del 28 nov 2024 · hace 1 año

El pliego describe como «preferiblemente» la actividad comercial 72100000, pero luego exige que conste en el RPE antes del 10 de enero de 2025, aunque las ofertas se presentan el 12 de diciembre de 2024. La diferencia entre formulación preferente y requisito de elegibilidad, y la fecha posterior a la oferta, deja incierto cuándo se verifica esta condición y permite que la clasificación comercial se actualice después de presentar ofertas.

“por lo que los oferentes deberán tener preferiblemente la actividad comercial - servicios de mantenimiento y reparación de construcciones e instalaciones. … actividad comercial [ Servicios de mantenimiento y reparaciones de construcciones e”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 16 · Reglamento 416-23, art. 72 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 16 — De la inscripción en el Registro de Proveedores del Estado

Artículo 16. De la inscripción en el Registro de Proveedores del Estado. Las personas físicas o jurídicas interesadas en hacer ofertas de bienes, servicios, y ejecución de obras, deberán estar inscritas en el correspondiente registro o, conjuntamente con la entrega de su oferta, presentarán copia de la solicitud de inscripción, la cual deberá formalizarse durante el período de subsanación de las ofertas técnicas. Párrafo I. Podrán inscribirse en el Registro de Proveedores del Estado, personas físicas y jurídicas nacionales o extranjeras, consorcios conformados por personas físicas o jurídicas nacionales o extranjeras, asociaciones sin fines de lucro y cooperativas, así como otras personas…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 72 — Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia

Artículo 72. Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia. El pliego de condiciones y otros documentos del procedimiento de selección, no podrán establecer reserva de derecho para ampliar o reducir los criterios de evaluación y adjudicación, así como evaluar y adjudicar con base a criterios no establecidos previamente en el propio pliego de condiciones, ficha técnica, términos de referencia o en sus adendas, emitidas conforme al plazo establecido en la ley.

A revisarHallazgo en documentos

Experiencia mínima de cinco años exigida para obras por lote

Documento del 28 nov 2024 · hace 1 año

El pliego exige que la compañía tenga al menos cinco años de experiencia y trabajos de igual o mayor magnitud que la contratación, aplicándolo a documentación técnica presentada por cada lote, cuyos presupuestos estimados varían entre RD$1,401,106.93 y RD$17,648,738.94. Es un requisito que puede reducir la participación y cuya proporcionalidad respecto de cada lote merece revisión.

“✓ La compañía deberá tener un mínimo de cinco (5) años de experiencia. ✓ Experiencia en general de igual magnitud y naturaleza: Construcción y Ejecución de obras civiles, Remodelaciones de Edificaciones, Reparaciones de infraestructuras, Re”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 8 · Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 8

ART. 8. La persona natural o jurídica que desee contratar con el Estado deberá demostrar su capacidad satisfaciendo los siguientes requisitos: 1) Poseer las calificaciones profesionales y técnicas que aseguren su competencia, los recursos financieros, el equipo y demás medios físicos, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con el objeto contractual; 3) Que sean solventes y no se encuentren en concurso de acreedores, en quiebra o proceso de liquidación, ni que sus actividades comerciales hubieren sido suspendidas; 4) Que hayan cumplido con las obligaciones fiscales y de seguridad social. PÁRRAFO I. Los…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Otros documentos del proceso (51)

  • 1-RequerimientoTDR y planos de la plaza luperon.pdfDocumento · 28 nov de 2024
  • 2-RequerimientoTDR y planos de los baños de la sede.pdfDocumento · 28 nov de 2024
  • 3-RequerimientoTDR y Planos provincial la altagracia.pdfDocumento · 28 nov de 2024
  • 4-Requerimiento TDR y Planos Area de choferes.pdfDocumento · 28 nov de 2024
  • 5_sncc.d.001_solicitud_de_compras_signed.pdfSolicitud de compra · 28 nov de 2024 · 1 señal
  • Acta de inicio.pdfPliego · 28 nov de 2024 · 1 señal
  • Circular-Conjunta-DIGEPRES-DGCP.pdfCircular · 28 nov de 2024
  • convocatoria_cp_0035_signed.pdfDocumento · 28 nov de 2024
  • Peritos.pdfInforme pericial · 28 nov de 2024
  • PREVENTIVO No. 9288.pdfCertificación de fondos · 28 nov de 2024 · 1 señal
  • Autorizacion presidencial.pdfAutorización · 29 nov de 2024

Sigue explorando · Dinero público

Todas las secciones →
  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
LOTE 1. PLANTILLA PRESUPUESTO PLAZA LUPERON.xlsx
Documento · 29 nov de 2024
  • LOTE 2. PLANTILLA PRESUPUESTO BAÑOS SEDE CENTRAL.xlsxDocumento · 29 nov de 2024
  • LOTE 3. PLANTILLA PRESUPUESTO POVINCIAL LA ALTAGRACIA.xlsxDocumento · 29 nov de 2024
  • LOTE 4. PLANTILLA PRESUPUESTO AREA CHOFERES.xlsxDocumento · 29 nov de 2024
  • Visitas Tecnicas.pdfDocumento · 29 nov de 2024
  • Enmienda Firmada.pdfEnmienda · 29 nov de 2024
  • PLANTILLA PRESUPUESTARIAS LOCALES AV. LUPERON ENMIENDA 1.xlsxEnmienda · 9 dic de 2024
  • sncc_f018_adendas_enmiendas_signed-2.pdfEnmienda · 9 dic de 2024
  • sncc_f018_adendas_enmiendas_signed-3.pdfEnmienda · 10 dic de 2024 · 1 señal
  • _5_signed.COMITE.pdfReconsideración · 12 dic de 2024 · 1 señal
  • Lote 1 PLANILLA PRESUPUESTARIA LOCALES AV LUPERON REV 10 12 2024 (Segun Enmienda No 5).xlsxReconsideración · 12 dic de 2024
  • Lote 2 Planilla Presupuestaria Remodelación Baños Sede Central REV 10.12.2024 (Segun Enmienda No. 5).xlsxReconsideración · 12 dic de 2024
  • Lote 2. Plano de Bañnos Pag.3.pdfReconsideración · 12 dic de 2024
  • Lote 2. Plano de Bañnos Pag.4.pdfReconsideración · 12 dic de 2024 · 1 señal
  • Lote 2. Plano de Bañnos Pag.5.pdfReconsideración · 12 dic de 2024
  • Lote 2. Plano de Bañnos Pag.6.pdfReconsideración · 12 dic de 2024
  • Lote 2. Plano de Bañnos Pag.7.pdfReconsideración · 12 dic de 2024
  • Lote 2. Plano de Bañnos Pag.8.pdfReconsideración · 12 dic de 2024
  • Lote 2. Plano de Baños Pag.1.pdfReconsideración · 12 dic de 2024
  • Lote 2. Plano de Baños Pag.2.pdfReconsideración · 12 dic de 2024 · 1 señal
  • Lote 3. PLANILLA PRESUPUESTARIA DEPTO PROVINCIAL LA ALTAGRACIA REV 10.12.2024 (Segun Enmienda No. 5).xlsxReconsideración · 12 dic de 2024
  • mimarena_ccc_cp_2024_0035_aviso_sobre_acto_apertura_sobre_b_signed.pdfDocumento · 23 dic de 2024
  • acta_de_adjudicacion_mimarena_ccc_cp_2024_0035_8888_rev._vruiz__signed.pdfActa de adjudicación · 17 ene de 2025 · 3 señales
  • 19-Acta Notarial de apertura SOBRE B.pdfActa · —
  • 19-Acta Notarial de apertura SOBRE B.pdfActa · —
  • 19-Acta Notarial de apertura SOBRE B.pdfActa · —
  • 19-Acta Notarial de apertura SOBRE B.pdfActa · —
  • acta_de_adjudicacion_mimarena_ccc_cp_2024_0035_8888_rev._vruiz__signed.pdfActa de adjudicación · —
  • acta_de_adjudicacion_mimarena_ccc_cp_2024_0035_8888_rev._vruiz__signed.pdfActa de adjudicación · —
  • acta_de_adjudicacion_mimarena_ccc_cp_2024_0035_8888_rev._vruiz__signed.pdfActa de adjudicación · —
  • acta_de_adjudicacion_mimarena_ccc_cp_2024_0035_8888_rev._vruiz__signed.pdfActa de adjudicación · —
  • DJ-CON-1-2025-0010 Inversiones Alpic Lote 4.pdfDocumento · —
  • DJ-CON-1-2025-0011 Inversiones Alpic Lote 3.pdfDocumento · —
  • DJ-CON-1-2025-0012 Procelca Lote 2.pdfDocumento · —
  • DJ-CON-2025-0009 Inversiones Alpic Lote I.pdfDocumento · —
  • Informe de evalaucion economica lote 1.pdfDocumento · —
  • Informe de evalaucion economica lote 2.pdfDocumento · —
  • Informe de evaluacion economica lote 3.pdfInforme de evaluación · —
  • Informe de evaluacion economica lote 4.pdfInforme de evaluación · —
  • Informe final del portalDocumento · —