El informe justifica el uso de la excepción por obras científicas, técnicas y artísticas para contratar asesoría y representación jurídica, además de asistencia administrativa y financiera especializada, y recomienda seis perfiles para seis lotes. El proceso fue convocado el 2024-12-06 con un presupuesto estimado de RD$28,819,848; según las actas previas resumidas, los seis lotes fueron adjudicados el 2024-12-20.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El encabezado del lote 6 anuncia la identificación de instituciones adscritas al Ministerio, mientras que las tareas detalladas incluyen asesoría sobre permisos, seguimiento legislativo, defensa legal y elaboración de proyectos de ley. La diferencia dificulta determinar qué prestación concreta debe verificarse y recibirse para ese lote.
“Asesoría y acompañamiento para identificación de las instituciones adscritas al MIMARENA - Asesoría legal en la obtención de permisos: Guía para las instituciones públicas y privadas en los procesos legales necesarios para obtener los permi”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 66 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 66 — Estudios previos
Artículo 66. Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas o las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual. En todo caso, como mínimo, a través de estos estudios se debe determinar: 1. La necesidad a atender. 2. Identificar el objeto del contrato, su naturaleza, características y sus especificaciones. 3. Las particularidades del mercado, en cuanto a cómo y en cuáles plazos se ofrece ese bien, se presta el servicio o se ejecuta la obra. 4. El costo estimado del bien, obra o servicio a…
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
El informe sustenta la excepción en servicios de asesoría y representación jurídica especializada, pero también incluye tareas administrativas y financieras, como inventariar nómina y gestionar jubilaciones. El documento no explica de manera específica cómo esas prestaciones no jurídicas encajan en la causal de obras científicas, técnicas o artísticas y en el supuesto de representación legal especializada.
“Solicitar al Comité de Compras y Contrataciones la contratación de los servicios de firmas de abogados, abogados independientes especializados o profesionales para la asistencia técnico-legal de servicios de asesoría y representación”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 6 · Reglamento 416-23, art. 58 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 6
ART. 6. Se excluyen de la aplicación de la presente ley los procesos de compras y contrataciones relacionados con: 1) Los acuerdos de préstamos o donaciones con otros Estados o entidades de derecho público internacional, cuando se estipule en dichos acuerdos, en cuyos casos se regirán por las reglas convenidas, en caso contrario se aplicará la presente ley. 2) Operaciones de crédito público y la contratación de empleo público, que se rigen por sus respectivas normas y leyes; 3) Las compras con fondos de caja chica, las que se efectuarán de acuerdo con el régimen correspondiente; 4) La actividad que se contrate entre entidades del sector público. PÁRRAFO. Serán considerados casos de…
Reglamento 416-23, artículo 58 — Procedimiento de excepción para adquisición de obras científicas, técnicas, artísticas o restauración de monumentos históricos
Artículo 58. Procedimiento de excepción para adquisición de obras científicas, técnicas, artísticas o restauración de monumentos históricos. Este procedimiento aplicará para la adquisición de bienes, servicios y obras que puede otorgar una persona física o jurídica, a partir de su tecnicidad y pericia en la materia. A través de esta contratación se seleccionará al proveedor idóneo a partir de condiciones especiales exclusivas de su persona y que son indispensables para la satisfacción del objeto contractual, tales como su conocimiento y experiencia en la prestación del servicio u obra, la confianza y el manejo de información confidencial. Este procedimiento se utilizará para la compra y…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona