La circular reúne respuestas a consultas de los procesos ASDE-CCC-LPN-2024-0003 y 0004. Para el proceso 0003 aclara, entre otros puntos, la flotilla mínima, la presentación de ofertas por lotes completos, la adjudicación de un lote a cada proveedor salvo que solo haya un oferente habilitado para ambos, y que ofertas y pagos serán en pesos dominicanos; también acepta garantías de seriedad emitidas en favor de la empresa líder del consorcio y la evaluación financiera sobre el último balance.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: La garantía deja de tener como beneficiaria a la entidad contratante y pasa a favor de la empresa líder, lo que puede debilitar la posibilidad de hacerla efectiva directamente para proteger el proceso..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
La circular mantiene la exigencia de presentar ofertas por lotes completos y rechaza permitir participación parcial. Aunque invoca eficiencia, inversión y estudios previos, la condición puede limitar la participación de empresas con capacidad para prestar solo una parte del servicio; conviene contrastar su proporcionalidad con el tamaño y alcance de cada lote.
“El ASDE ha determinado que no puede sobre fragmentar la recogida de desechos solidos urbanos, para mantener óptimos niveles de eficiencia. Adicionalmente, es un servicio que conlleva un alto costo e inversión de parte de los oferentes/propo”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
La circular confirma que el pliego exige instalaciones operativas en Santo Domingo Este y prevé visitas para verificar el inmueble, además de posibles pruebas de equipos. La ubicación puede restringir la participación de operadores sin instalaciones locales previas; es un aspecto a revisar frente a la necesidad operativa del servicio y la proporcionalidad del requisito.
“Según lo establecido en el pliego, el ASDE visitara las instalaciones propuestas por el oferente para verificar que ciertamente sea el inmueble descrito en el titulo de propiedad o el contrato de alquiler presentado.”
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Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Cambios que introduce (5)
Sección
Antes
Después
Efecto
Garantía de seriedad de oferta para consorciosEmisión y beneficiario de la garantía
La circular no detalla el beneficiario exigido originalmente; la consulta propone que la emita la empresa líder.
Se aceptan fianzas o garantías bancarias emitidas en favor de la empresa líder del consorcio.
RelajaQuita un control: La garantía deja de tener como beneficiaria a la entidad contratante y pasa a favor de la empresa líder, lo que puede debilitar la posibilidad de hacerla efectiva directamente para proteger el proceso.
Evaluación financieraBalance financiero tomado en cuenta
La circular no transcribe el requisito financiero original.
Se acepta evaluar la solvencia conforme al último balance, a raíz de la solicitud de considerar los estados financieros más recientes de 2023.
Aclara
Disponibilidad de flotilla para participar en ambos procesosVerificación de la capacidad vehicular
La circular no especifica cómo se computaría la flotilla si un oferente participa en ambos procesos.
El oferente debe contar con al menos el 80 % de la flotilla por tipo de camión según su plan de operación; si participa en ambos procesos, debe disponer de flotilla suficiente para cumplir el requisito en los dos.
Aclara
Lotes y adjudicaciónAdjudicación de los dos lotes
La circular no transcribe la regla previa sobre adjudicar ambos lotes a un mismo proveedor.
Se indica que el ASDE busca un adjudicatario por lote; excepcionalmente, un oferente podrá recibir ambos si es el único habilitado para los dos.
Aclara
Oferta económica y pagosMoneda de oferta y pago
El pliego mencionaba un cambio de divisa según el Banco Central.
La circular declara errónea esa mención y precisa que tanto la oferta como los pagos se realizarán en pesos dominicanos.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona