El acta, fechada el 11 de noviembre de 2024, rectifica errores en el acta de habilitación del proceso INEFI-CCC-CP-2024-0031: corrige la referencia y el objeto consignados, y atribuye a Servicio Jean Reyes, en vez de Exyco, la documentación y el compromiso de alquiler de equipos. Dispone publicar la rectificación y deja intactos los demás aspectos del acta rectificada.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta corrige que la documentación de propiedad y alquiler de equipos y el compromiso de alquiler, antes atribuidos a Exyco, correspondían a Servicio Jean Reyes, adjudicataria del Lote 2 por RD$30,422,013.89 según el acta de adjudicación anterior. Aunque la institución lo califica como error humano y mantiene intactos los demás aspectos, conviene verificar los documentos originales y que la evaluación técnica se apoyara en evidencia de la empresa correcta.
“Este oferente presenta el Formulario (SNCC.F.036) de manera correcta anexando documentos de propiedad de los equipos propios y alquilados así como las respectivas declaraciones juradas por parte de SERVICIO JEAN REYES S.R.L, declarando su c”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 124 · Reglamento 416-23, art. 125 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 124 — Informe definitivo de evaluación de ofertas técnicas
Artículo 124. Informe definitivo de evaluación de ofertas técnicas. Los peritos responsables de la evaluación de las ofertas, una vez superado el período de subsanación y analizadas las ofertas técnicas, emitirán el correspondiente informe definitivo de evaluación que debe contener todo lo justificativo de su actuación y utilizar los mismos criterios determinados en el pliego de condiciones. Este informe será remitido al Comité de Compras y Contrataciones o a la Dirección Administrativa y Financiera, según el tipo de procedimiento, para su revisión y aprobación. Párrafo. La decisión será el resultado de la mayoría simple para los criterios de cumple/no cumple y el promedio de las…
Reglamento 416-23, artículo 125 — Revisión y aprobación del informe de evaluación de ofertas técnicas
Artículo 125. Revisión y aprobación del informe de evaluación de ofertas técnicas. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda, revisará y, si procede, aprobará el informe definitivo de evaluación de ofertas técnicas, mediante un acto administrativo debidamente motivado. El acta indicará los oferentes habilitados y no habilitados para la apertura y evaluación de sus ofertas económicas. Párrafo I. En caso de que el Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda, no apruebe el informe de evaluación técnica por haber identificado que no fueron aplicados los criterios establecidos en el…
Araluz Service, SRLSegún el acta de habilitación anterior, no cumplió los requisitos técnicos, incluidos metodología, recursos del cronograma y planes de seguridad y tránsito.
No habilitado
Lote 1
—
Constructora G2, SRLSegún el acta de habilitación anterior, incumplió requisitos técnicos, incluidos el cronograma y los planes presentados.
No habilitado
Lote 2
—
Demja, SRLSegún el acta de habilitación anterior, incumplió requisitos técnicos, incluidos metodología, recursos del cronograma y planes de seguridad y tránsito.
No habilitado
Lote 1
—
Exyco Constructora, SRLHabilitada y adjudicataria del Lote 1, según el acta de adjudicación anterior. La presente rectificación corrige la atribución a esta empresa de documentación de equipos que pasa a atribuirse a Servicio Jean Reyes.
Adjudicado
Lote 1
RD$19,372,329
Ingeniería Sharp, SRLSegún el acta de habilitación anterior, incumplió requisitos técnicos en ambos lotes, incluidos metodología, plan de trabajo, cronograma y manejo del tránsito.
No habilitado
Lotes 1 y 2
—
Remoterc, SRLSegún el acta de habilitación anterior, presentó sobreasignación de recursos en los cronogramas de ambos lotes.
No habilitado
Lotes 1 y 2
—
Secodom, SRLSegún el acta de habilitación anterior, incumplió requisitos técnicos, incluidos el plan de trabajo y un cronograma con duración consignada como 0 días.
No habilitado
Lote 1
—
Servicio Jean Reyes, SRLHabilitada y adjudicataria del Lote 2, según el acta de adjudicación anterior. La presente rectificación le atribuye la documentación de equipos y el compromiso de alquiler que el acta previa atribuía a Exyco.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Adjudicado
Lote 2
RD$30,422,014
Constructora Mejía Draiby, SRLSegún el acta de habilitación anterior, no subsanó adecuadamente la documentación requerida y registró incumplimientos técnicos.
No habilitado
Lote 2
RD$31,909,898
Inmobiliaria Sixto 23, SRLSegún el acta de habilitación anterior, incumplió requisitos técnicos, incluidos recursos y línea base del cronograma, gestión de riesgos y manejo del tránsito.
No habilitado
Lotes 1 y 2
RD$48,176,631
Procitrom, SRLSegún el acta de habilitación anterior, la documentación subsanada no se ajustó al requerimiento y se registraron varios incumplimientos técnicos.
No habilitado
Lote 1
RD$21,322,195
Vornamar, SRLSegún el acta de habilitación anterior, no cumplió el requerimiento financiero y registró incumplimientos técnicos.
No habilitado
Lote 1
RD$19,372,328
Zoec Civil, SRLSegún el acta de habilitación anterior, presentó incumplimiento financiero y un cronograma de 450 días frente a los 365 requeridos, además de otros incumplimientos técnicos.