Referencia normativa sobre fondos no corresponde al artículo citado
· hace 1 año
La resolución afirma haber verificado la disponibilidad de fondos conforme al artículo 149 del Reglamento 416-23, pero ese artículo regula etapas de procedimientos de excepción; la certificación de apropiación presupuestaria se regula en el artículo 69. Es una discordancia de fundamentación que conviene cotejar con la certificación presupuestaria del expediente, sin que por sí sola pruebe que esta falte.
“Que, previamente se ha verificado el cumplimiento de las disposiciones indicadas en el artículo 149 del Decreto 416-23, sobre la demostración de la existencia de fondos para el proceso de referencia.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 69 · Reglamento 416-23, art. 149 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 69 — Certificación de apropiación presupuestaria
Artículo 69. Certificación de apropiación presupuestaria. En el marco del proceso de preparación de los procedimientos de compras y contrataciones, los entes y órganos contratantes tienen la responsabilidad de verificar el presupuesto estimado para la obra, bien o servicio que desean adquirir. Posteriormente, deberán generar el Certificado de Apropiación Presupuestaria (CAP) a través del Sistema Integrado de Gestión Financiera (SIGEF) desde el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP). La unidad administrativa o financiera encargada deberá gestionar este certificado en la partida presupuestaria relacionada con el objeto a contratar, asegurándose de que exista el saldo suficiente…
Reglamento 416-23, artículo 149 — Etapas comunes de los procedimientos de excepción
Artículo 149. Etapas comunes de los procedimientos de excepción. Salvo los casos de excepción por emergencia y seguridad nacional que iniciarán con decreto presidencial, el primer trámite de los procedimientos de excepción es el requerimiento de compra o contratación, seguido de los estudios previos, conforme a las disposiciones establecidas en la Sección I sobre “Fase de Planificación y Preparación”, del presente capítulo. Posteriormente, deberán realizarse las siguientes actuaciones: 1. Informe que justifique el uso de la excepción. La Unidad Operativa de Compras y Contrataciones gestionará la elaboración de un informe pericial que podrá ser requerido a la unidad requirente o a un experto…
Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →