El pliego del proceso MINERD-CCC-PEEX-2024-0028 define una contratación de servicios de transporte escolar por 12 meses, distribuida en 23 lotes, con presupuesto base de RD$1,268,784,000. Establece requisitos de elegibilidad, evaluación técnica y económica, garantías y adjudicación, y señala que el proceso está dirigido a MIPYMES. El texto presenta contradicciones sobre la recepción electrónica de ofertas, las etapas de evaluación y si la adjudicación será por ítem o por lote.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego primero exige presentar propuestas en formato físico y también por el SECP, luego afirma que no se recibirán ofertas por esa plataforma y más adelante indica que sí se recibirán electrónicamente. La contradicción puede generar incertidumbre sobre los canales válidos de presentación y afectar la participación en igualdad de condiciones.
““los(as) oferentes de forma excepcional deberán presentar sus propuestas no solo de forma física, sino también por el Sistema Electrónico de Compras Públicas SECP”… “NO SERAN RECIBIDAS OFERTAS VIA SISTEMA ELECTRÓNICO DE CONTRATACIONES PÚBLI”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 30 · Reglamento 416-23, art. 109 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 30 — Del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas
Artículo 30. Del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas. El Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP) es la herramienta tecnológica oficial y de uso obligatorio para la implementación, gestión, monitoreo y control de los procedimientos de compra y contratación pública de bienes, servicios y obras, desde la planificación hasta el pago y liquidación de los contratos u órdenes de compra o de servicios. El SECP es administrado por la Dirección General de Contrataciones Públicas, quien en su calidad de órgano rector del Sistema Nacional de Compras y Contrataciones Públicas emitirá las políticas, manuales, instructivos, guías y orientaciones para su correcta implementación y…
Reglamento 416-23, artículo 109 — Formato de presentación de propuestas
Artículo 109. Formato de presentación de propuestas. Los oferentes presentarán su propuesta en ofertas técnicas y económicas de forma electrónica a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP) o en soporte papel. Ambos formatos tendrán la misma validez. Párrafo. La presentación de la oferta significará de parte del oferente el pleno conocimiento y aceptación del pliego de condiciones y sus enmiendas o adendas, normas y cláusulas que rijan el procedimiento de selección al que se presente, por lo que no será necesaria la presentación de los pliegos firmados junto con la propuesta.
Una sección denomina «Etapa Única» a la recepción y apertura de las ofertas técnicas y económicas, mientras que otra prevé convocar después de la evaluación técnica para abrir las ofertas económicas. La inconsistencia merece revisión porque la separación de etapas determina cuándo se conocen y evalúan los precios.
““Etapa Única. Para la presentación y recepción de las ofertas técnicas y las ofertas económicas y la apertura y evaluación de las ofertas técnicas y la apertura y evaluación de las ofertas económicas.”… “Posterior a la evaluación técnica y ”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 114 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 114 — División de etapas
Artículo 114. División de etapas. Como principio general, todos los procedimientos de selección respetarán en su etapa de evaluación, la división de los siguientes aspectos: a) Las credenciales u oferta técnica, y, por otro lado, b) La oferta económica. En consecuencia, deberá separarse en dos etapas: 1. Primera etapa. Para la presentación y recepción de las ofertas técnicas y las ofertas económicas y la apertura y evaluación de las ofertas técnicas. 2. Segunda etapa. La apertura y evaluación de las ofertas económicas. Párrafo I. Solo se procederá a la apertura de las ofertas económicas una vez concluida la evaluación de credenciales, ofertas técnicas, subsanación y muestras, si aplican, y…
El pliego dispone adjudicar por ítem, limita en principio a un ítem por oferente y permite excepcionalmente más de uno, pero termina indicando que la adjudicación será por lote. No queda inequívoca la unidad de adjudicación ni cómo se aplicará el límite por oferente, lo que dificulta anticipar y verificar el reparto.
““La Adjudicación se realizará por ítem, a favor del o los oferentes que hayan cumplido con todos los requisitos técnicos y ofrezca el menor precio.”… “A los fines de garantizar mayor oportunidad a los oferentes participantes, se adjudicará ”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 72 · Reglamento 416-23, art. 83 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 72 — Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia
Artículo 72. Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia. El pliego de condiciones y otros documentos del procedimiento de selección, no podrán establecer reserva de derecho para ampliar o reducir los criterios de evaluación y adjudicación, así como evaluar y adjudicar con base a criterios no establecidos previamente en el propio pliego de condiciones, ficha técnica, términos de referencia o en sus adendas, emitidas conforme al plazo establecido en la ley.
Reglamento 416-23, artículo 83 — Criterios de adjudicación
Artículo 83. Criterios de adjudicación. El criterio de adjudicación para determinar la oferta más conveniente deberá ser establecido de manera inequívoca en el pliego de condiciones y podrán ser los siguientes: 1. Adjudicación basada en menor precio. Se adjudicará la oferta de menor precio económico, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. 2. Adjudicación basada en menor costo. Se adjudicará la oferta de menor costo atendiendo al ciclo de vida, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. A fin de calcular el costo del ciclo de vida, se…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona