Cantidad descrita distinta de la cantidad solicitada en lote 23
· hace 1 año
En el ítem 23.1 se describen cinco minibuses, pero la cantidad solicitada es cuatro y el monto del ítem es RD$12,816,000, correspondiente a cuatro unidades al precio unitario indicado. La diferencia deja incierta la cantidad requerida para Tamayo y dificulta comprobar la prestación y el costo que se presupuestó.
“23.1 | | 2.2.5.4.01 | Servicios por 12 meses de 5 Minibuses de 30 a 32 pasajeros (Tamayo) | 4 | UNIDAD | $3,204,000.00 | $12,816,000.00 | $25,632,000.00”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 65 · Reglamento 416-23, art. 66 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 65 — Solicitud de compra o contratación
Artículo 65. Solicitud de compra o contratación. Las unidades requirentes deberán formular sus requerimientos de bienes, servicios y obras, en el plazo que para el efecto establezca a lo interno cada ente y órgano contratante. La Unidad Operativa de Compras y Contrataciones deberá formalizar la solicitud de compras, la cual deberá contener el listado de los bienes, servicios y obras requeridos, junto al precio estimado.
Reglamento 416-23, artículo 66 — Estudios previos
Artículo 66. Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas o las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual. En todo caso, como mínimo, a través de estos estudios se debe determinar: 1. La necesidad a atender. 2. Identificar el objeto del contrato, su naturaleza, características y sus especificaciones. 3. Las particularidades del mercado, en cuanto a cómo y en cuáles plazos se ofrece ese bien, se presta el servicio o se ejecuta la obra. 4. El costo estimado del bien, obra o servicio a…
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