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Abriendo la ficha…

Informe justificativo

4. DGII-CCC-PEPU-2024-0012 Informe Pericial.pdf

Renovación Licenciamiento y Soporte de los Software de Monitoreo e Investigaciones de Actividades. · Dirección General Impuestos Internos

Publicado el 8 nov de 2024Fechado el 30 sept de 20243 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso DGII-CCC-PEPU-2024-0012

Lo que dice

El informe pericial DSIM-121-2024, fechado el 1 de octubre de 2024, recomienda renovar 3,100 licencias Teramind DLP Endpoint Cloud por un año y tramitar la compra como proveedor único, señalando a Multicomputos, SRL como canal autorizado. Consigna un presupuesto estimado de RD$18,551,765.00. El documento cita el Reglamento 543-12 y contiene una segunda conclusión que propone invitar a «los canales», en contraste con la recomendación de proveedor único.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (3)

A revisarHallazgo en documentosRD$556,079

Presupuesto del informe difiere de la apropiación y del monto registrado

Documento del 8 nov 2024 · hace 1 año

El informe estima RD$18,551,765.00, mientras que la certificación presupuestaria y el monto estimado del portal consignan RD$17,995,686.00. La diferencia es RD$556,079.00; corresponde reconciliar los valores que sustentaron la preparación y convocatoria, sin que la discrepancia por sí sola determine cuál cifra debía prevalecer.

“El presupuesto estimado para la renovación de licenciamiento y soporte del software de monitoreo e investigaciones de actividades es de dieciocho millones quinientos cincuenta y un mil, setecientos sesenta y cinco mil con cero pesos 00/100 ”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 66 · Reglamento 416-23, art. 69 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 66 — Estudios previos

Artículo 66. Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas o las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual. En todo caso, como mínimo, a través de estos estudios se debe determinar: 1. La necesidad a atender. 2. Identificar el objeto del contrato, su naturaleza, características y sus especificaciones. 3. Las particularidades del mercado, en cuanto a cómo y en cuáles plazos se ofrece ese bien, se presta el servicio o se ejecuta la obra. 4. El costo estimado del bien, obra o servicio a…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 69 — Certificación de apropiación presupuestaria

Artículo 69. Certificación de apropiación presupuestaria. En el marco del proceso de preparación de los procedimientos de compras y contrataciones, los entes y órganos contratantes tienen la responsabilidad de verificar el presupuesto estimado para la obra, bien o servicio que desean adquirir. Posteriormente, deberán generar el Certificado de Apropiación Presupuestaria (CAP) a través del Sistema Integrado de Gestión Financiera (SIGEF) desde el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP). La unidad administrativa o financiera encargada deberá gestionar este certificado en la partida presupuestaria relacionada con el objeto a contratar, asegurándose de que exista el saldo suficiente…

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

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A revisarHallazgo en documentos

Contradicción entre proveedor único e invitación a varios canales

Documento del 8 nov 2024 · hace 1 año

El informe primero recomienda una contratación por proveedor único y luego propone una invitación a «los canales». El Reglamento 416-23 distingue la selección directa por proveedor único de la selección competitiva por exclusividad; conviene verificar qué justificación y modalidad se aprobaron, pues la diferencia incide en cómo se abre la participación.

“entendemos procedente la aprobación de una resolución emitida por el Comité de Compras y Contrataciones, que autorice un procedimiento de adquisición por "proveedor único" al canal autorizado para la adquisición de las capacitaciones y lice”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 54 · Reglamento 416-23, art. 57 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 54 — Procedimiento de excepción por exclusividad

Artículo 54. Procedimiento de excepción por exclusividad. Se utilizará el procedimiento de excepción por exclusividad para obtener bienes o servicios que por su especialidad solo pueden ser suplidos por un número limitado de proveedores que pueden atender al requerimiento, que en ningún caso podrá ser mayor de cinco (5). Los oferentes que poseen la exclusividad deben demostrarlo mediante una acreditación o certificación, en caso de que la hubiere, que puede ser nacional o internacional, emitida por una persona, institución u organismo público o privado con autoridad para hacerlo. Párrafo I. La institución contratante es responsable de garantizar la participación de todos los oferentes…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 57 — Procedimiento de excepción por proveedor único

Artículo 57. Procedimiento de excepción por proveedor único. Se utilizará este procedimiento para obtener bienes o servicios insustituibles, que solo pueden ser suministrados por una persona natural o jurídica, que es la única opción en el mercado o que posee la titularidad o derecho del objeto contractual. Este procedimiento aplica para entregas adicionales del proveedor original que serán utilizadas como repuestos, ampliaciones o servicios continuos para equipos existentes, programas de cómputos, servicios o instalaciones. Cuando el cambio de un proveedor obligue a la institución contratante a adquirir bienes o servicios que no sean compatibles con equipos, programas de cómputos,…

A revisarHallazgo en documentos

Inicio previsto anterior a la convocatoria y al contrato registrado

Documento del 8 nov 2024 · hace 1 año

El informe fija el inicio del contrato para el 5 de octubre de 2024, antes de la convocatoria del 8 de noviembre y del contrato registrado en el portal el 22 de noviembre. La fecha podría ser una referencia de cobertura prevista para la renovación, pero debe verificarse cómo se trató el período anterior a la formalización.

“Fecha Inicio de Contrato: 05/10/2024”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 62 · Reglamento 416-23, art. 164 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 62 — Etapas del procedimiento de contratación

Artículo 62. Etapas del procedimiento de contratación. Las actuaciones enunciadas de manera general en el artículo precedente serán organizadas en las siguientes etapas: 1. Etapa precontractual. Es la etapa dentro de la cual se realizan todas las actuaciones previas a la formalización del contrato, que incluyen las fases de planificación, de preparación, de convocatoria, de aclaraciones y respuestas a los oferentes, posibles adendas o enmiendas, de presentación, apertura y evaluación de ofertas y la adjudicación. 2. Etapa contractual. Es la etapa que inicia con la formalización y perfeccionamiento del contrato u orden de compra o de servicio, dentro de la cual se producen todas las…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 164 — Formalidades y contenido mínimo del contrato

Artículo 164. Formalidades y contenido mínimo del contrato. Los contratos deberán ser formalizados por escrito, en soporte papel o formato digital. Tanto el adjudicatario como la máxima autoridad de la institución contratante deben suscribirlo conjuntamente, en presencia del notario público, y debe publicarse en el SECP y en el portal institucional. Párrafo I. El contrato u orden de compra o servicio, deberá celebrarse en el plazo que se indique en los respectivos pliegos de condiciones, especificaciones técnicas o términos de referencia, el cual no deberá ser mayor a veinte (20) días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación. Párrafo II. Si la institución no…

Oferentes que registra (1)

1 adjudicado

OferenteResultado en el actaLote o grupoMonto
Multicomputos, SRLEl informe la identifica como canal autorizado por Teramind en República Dominicana; según los datos del portal, fue adjudicada y contratada.Adjudicado—RD$17,995,686

Otros documentos del proceso (20)

  • 1. DGII-CCC-PEPU-2024-0012 Solicitud de compra.pdfSolicitud de compra · 8 nov de 2024
  • 2. DGII-CCC-PEPU-2024-0012 Certificado de Apropiación Presupuestaria.pdfCertificación de fondos · 8 nov de 2024 · 1 señal
  • 3. DGII-CCC-PEPU-2024-0012 Estudios Previos.pdfEstudio previo · 8 nov de 2024 · 2 señales
  • 5. DGII-CCC-PEPU-2024-0012 Carta Fabricante.pdfDocumento · 8 nov de 2024
  • 6. DGII-CCC-PEPU-2024-0012 Resolución Administrativa de Inicio.pdfResolución · 8 nov de 2024 · 2 señales
  • 7. DGII-CCC-PEPU-2024-0012 Especificaciones Técnicas.pdfPliego · 8 nov de 2024 · 2 señales
  • Anexo 1. Presentación de Oferta (SNCC.F.034).docxDocumento · 8 nov de 2024
  • Anexo 2. Formulario Información oferente (SNCC.F.042).docxDocumento · 8 nov de 2024
  • Anexo 3. SNCC_F033_Of_Economica.docxDocumento · 8 nov de 2024
  • Anexo. Formulario Compromiso Ético y Antisoborno de Proveedores.docxDocumento · 8 nov de 2024
  • Declaracion-simple-persona-juridica.docx

Sigue explorando · Dinero público

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  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Texto oficial completo

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Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

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Documento · 8 nov de 2024
  • FI-GAFI-043 Formulario de Debida Diligencia Externas Vers A.xlsxDebida diligencia · 8 nov de 2024
  • 10. DGII-CCC-PEPU-2024-0012 Acto Administrativo No. 140-2024.pdfDocumento · 22 nov de 2024
  • 10. DGII-CCC-PEPU-2024-0012 Acto Administrativo No. 140-2024.pdfDocumento · —
  • 11. DGII-CCC-PEPU-2024--0012 Notificación de Resultados.pdfDocumento · —
  • 12. DGII-CCC-PEPU-2024-0012 Cuota a comprometer.pdfDocumento · —
  • 13. DGII-CCC-PEPU-2024-0012 Garantia Fiel Cumplimiento Contrato.pdfContrato · —
  • 14. DGII-CCC-PEPU-2024-0012 CCC-125-2024 Multicómputos SRL.pdfDocumento · —
  • 9. DGII-CCC-PEPU-2024-0012 Informe de Evaluación.pdfInforme de evaluación · —
  • Informe final del portalDocumento · —