Readecuación de Baños y Cocinas de FONPER y Construcción de Ascensor de Carga en el Edificio Gubernamental Dr. Rafael Kasse Acta. · Fondo Patrimonial para las Empresas Reformadas
La Circular núm. 06, de fecha 2024-11-08, responde cómo se comprobará el requisito de facturación acumulada superior al monto de la oferta durante los ejercicios fiscales 2021, 2022 y 2023. El Comité indica que se presentarán los estados financieros de esos tres ejercicios, junto con los formularios IR-2 o IR-1, según corresponda, y sus anexos presentados a la DGII.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
| Sección | Antes | Después | Efecto |
|---|---|---|---|
| Requisito de facturación acumuladaDocumentación para acreditar la facturación de los ejercicios 2021, 2022 y 2023 | Se exigía facturación acumulada superior al monto de la oferta, sin especificar en la pregunta qué documentos se requerían para comprobarla. | Se requieren estados financieros de los tres últimos ejercicios fiscales consecutivos, acompañados de los formularios IR-2 o IR-1, según corresponda, y sus anexos presentados a la DGII. | Aclara |
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona