Plazo fijo de cinco días para sustituir bienes rechazados
· hace 1 año
El TDR fija cinco días hábiles para sustituir bienes que no cumplan, sin distinguir según el tipo de equipo o la complejidad de la sustitución, y vincula el incumplimiento con la ejecución de la garantía. Merece revisión porque el Reglamento prevé que el plazo se acuerde considerando el tipo de bien.
“En caso de que los bienes recibidos de forma provisional no cumplan con las especificaciones técnicas requeridas, la empresa intimará al proveedor dando un plazo de cinco (5) días hábiles para que este sustituya los bienes rechazados.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 185 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 185 — Recepción
Artículo 185. Recepción. Las personas designadas serán responsables de recibir los bienes, servicios y obras con carácter provisional. Los recibos firmados estarán sujetos a la conformidad de la recepción, una vez que se haya verificado que la prestación cumple con las condiciones establecidas. Párrafo I. Si se verificaran cantidades faltantes de bienes o servicios incompletos, en un plazo de cinco (5) días hábiles, se deberá intimar al proveedor y exigirle la entrega, otorgando un plazo para los fines. Párrafo II. Si se verificara que los bienes, servicios o la obra correspondiente no cumplieran con lo solicitado se procederá al rechazo de la prestación y, en un plazo de cinco (5) días…
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