La Circular No. 1 del proceso INEFI-CCC-CP-2024-0042, fechada el 31 de octubre de 2024, responde consultas de los oferentes. Aclara que se presenta una garantía de seriedad por cada lote ofertado y distingue las referencias comerciales del punto 9 de la referencia bancaria del punto 10; para ubicaciones y planos remite al cronograma y señala que no se intervendrán los logos de los centros educativos.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
| Sección | Antes | Después | Efecto |
|---|---|---|---|
| Garantía de seriedad de la ofertaGarantía por lote | La consulta pregunta si corresponde presentar una garantía general o una por cada lote. | La respuesta indica que debe presentarse una garantía por cada lote en que se participe y que cada oferta se evalúa individualmente. | Aclara |
| Requisitos de solvencia y referenciasDistinción entre referencias comerciales y bancaria | La consulta pregunta si los puntos 9 y 10 corresponden al mismo requisito. | La respuesta identifica el punto 9 como cartas de referencias comerciales y el punto 10 como carta de referencia bancaria; indica que aplican a cada oferente o proponente. | Aclara |
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona