El Comité de Compras y Contrataciones del CEIZTUR aprobó, el 24 de octubre de 2024, una enmienda al numeral 26 de las especificaciones técnicas del proceso CEIZTUR-CCC-CP-2024-0030. La modificación declaró subsanables varios documentos de experiencia, personal y visita al proyecto, y ordenó a la Unidad Operativa continuar el procedimiento y publicar el acto.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Debilita el control documental en la etapa inicial al permitir subsanar posteriormente pruebas de experiencia del oferente y del personal, certificaciones profesionales, estructura de soporte y constancia de visita; el acto no elimina esos requisitos..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
El acto exige que la documentación técnica se presente en un solo PDF en una memoria USB, sin precisar si esto aplica también a las ofertas electrónicas. Conviene verificar cómo se articuló esa exigencia con las modalidades de presentación admitidas y si se aplicó de igual forma a los participantes.
“Todos los documentos previamente esbozados, los cuales formarán parte de la Oferta Técnica presentada en el Sobre A, deberán encontrarse escaneados en un solo archivo PDF en una Memoria USB, debidamente identificado con el Nombre del Oferen”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 109 · Reglamento 416-23, art. 110 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 109 — Formato de presentación de propuestas
Artículo 109. Formato de presentación de propuestas. Los oferentes presentarán su propuesta en ofertas técnicas y económicas de forma electrónica a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP) o en soporte papel. Ambos formatos tendrán la misma validez. Párrafo. La presentación de la oferta significará de parte del oferente el pleno conocimiento y aceptación del pliego de condiciones y sus enmiendas o adendas, normas y cláusulas que rijan el procedimiento de selección al que se presente, por lo que no será necesaria la presentación de los pliegos firmados junto con la propuesta.
Reglamento 416-23, artículo 110 — División de las propuestas
Artículo 110. División de las propuestas. Las propuestas deberán contener una oferta técnica y una oferta económica. Estas ofertas deberán presentarse por separado a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP), el cual garantizará la encriptación de las ofertas presentadas, o en soporte papel en el lugar y fecha establecidos en el pliego de condiciones. Cuando las propuestas sean presentadas en soporte papel, la oferta técnica y la oferta económica deberán presentarse mediante sobres separados y sellados para garantizar la confidencialidad.
Especificaciones técnicas, numeral 26, literal c)Subsanabilidad de documentos técnicos
El acto no reproduce el régimen previo de subsanabilidad.
Se declaran subsanables el resumen de experiencia del oferente, la experiencia del personal, la certificación CODIA del personal, la plantilla de personal, la estructura de soporte técnico y la constancia de visita, si asistió.
RelajaQuita un control: Debilita el control documental en la etapa inicial al permitir subsanar posteriormente pruebas de experiencia del oferente y del personal, certificaciones profesionales, estructura de soporte y constancia de visita; el acto no elimina esos requisitos.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona