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El Estado bajo la lupa

Abriendo la ficha…

Pliego

Pliego SI-2024-0004 combustibles (Revisión DJ-IM) (5) con correcciones aplicadas.pdf

ADQUISICION DE COMBUSTIBLE PARA USO OPERATIVO DE ESE MINISTERIO MEDIANTE TARJETAS RECARGABLES, TICKETS Y AL GRANEL · Ministerio de Interior y Policía

Publicado el 27 sept de 202470 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso MIP-CCC-SI-2024-0004

Lo que dice

El pliego del proceso MIP-CCC-SI-2024-0004 establece la subasta inversa para adquirir combustible mediante tarjetas recargables, tickets y despacho al granel, con presupuesto general de RD$70,000,000: RD$40,000,000 para tarjetas, RD$22,000,000 para tickets y RD$8,000,000 para diésel al granel. Fija la convocatoria para el 27 de septiembre de 2024, la recepción de ofertas para el 8 de octubre y una puja de 30 minutos. También define requisitos técnicos, financieros y de cobertura territorial para los oferentes.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (4)

A revisarHallazgo en documentos

Se exigen dos camiones propios sin limitarlo al suministro al granel

Documento del 27 sept 2024 · hace 2 años

El pliego incluye evidencia de propiedad de al menos dos camiones entre los documentos técnicos requeridos, aunque el transporte a domicilio se vincula al suministro al granel. Al no limitar expresamente este requisito a quienes ofertan ese ítem, puede excluir a proveedores de tarjetas o tickets que no necesiten camiones propios; conviene verificar su proporcionalidad y aplicación por ítem.

“Evidencia de propiedad de por lo menos dos (2) camiones, para suministro de combustible a domicilio.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Ley 340-06, art. 8 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

Texto oficial completo

Ley 340-06, artículo 8

ART. 8. La persona natural o jurídica que desee contratar con el Estado deberá demostrar su capacidad satisfaciendo los siguientes requisitos: 1) Poseer las calificaciones profesionales y técnicas que aseguren su competencia, los recursos financieros, el equipo y demás medios físicos, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con el objeto contractual; 3) Que sean solventes y no se encuentren en concurso de acreedores, en quiebra o proceso de liquidación, ni que sus actividades comerciales hubieren sido suspendidas; 4) Que hayan cumplido con las obligaciones fiscales y de seguridad social. PÁRRAFO I. Los…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Texto oficial completo

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A revisarHallazgo en documentos

La cobertura exigida supone al menos 65 estaciones en varias zonas

Documento del 27 sept 2024 · hace 2 años

El pliego requiere mínimos de 20 estaciones en el Distrito Nacional y provincia Santo Domingo, 20 en la zona norte, 15 en la sur y 10 en la este. Esa cobertura extensa puede elevar la barrera de entrada; corresponde verificar que sea necesaria y proporcional para cada ítem y que no limite irrazonablemente la participación.

“Nivel Nacional -Distrito Nacional y la Provincia Santo Domingo, Municipios: Santo Domingo Norte, Santo Domingo Oeste y Santo Domingo Este, se requiere un mínimo de 20 estaciones.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Ley 340-06, art. 8 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

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Ley 340-06, artículo 8

ART. 8. La persona natural o jurídica que desee contratar con el Estado deberá demostrar su capacidad satisfaciendo los siguientes requisitos: 1) Poseer las calificaciones profesionales y técnicas que aseguren su competencia, los recursos financieros, el equipo y demás medios físicos, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con el objeto contractual; 3) Que sean solventes y no se encuentren en concurso de acreedores, en quiebra o proceso de liquidación, ni que sus actividades comerciales hubieren sido suspendidas; 4) Que hayan cumplido con las obligaciones fiscales y de seguridad social. PÁRRAFO I. Los…

A revisarHallazgo en documentos

El rango mínimo de mejora de la puja queda ambiguo

Documento del 27 sept 2024 · hace 2 años

La regla combina un rango mínimo de mejora del 10% con la expresión «de descuento» y una referencia genérica al bien, sin precisar cómo se calcula el porcentaje ni sobre qué valor aplica. La incertidumbre puede afectar la preparación y aceptación de los lances y la comparación competitiva.

“Los lances deberán realizarse contemplando el rango mínimo de mejora de la oferta del 10% de descuento, en adelante] por el bien solicitado para realizar la puja, para poder ser aceptados por la plataforma.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 79 · Reglamento 416-23, art. 144 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 144 — Reglas generales de la puja electrónica

Artículo 144. Reglas generales de la puja electrónica. Las instituciones contratantes y los oferentes deben cumplir estas reglas en la puja electrónica: 1. Las pujas solo pueden durar entre 15 a 60 minutos. El período seleccionado debe indicarse en el pliego de condiciones. 2. El período de las pujas permite que los oferentes mejoren sus propuestas a través de lances sucesivos. 3. Los oferentes son los únicos responsables de los montos que indiquen en cada lance. 4. Los oferentes deben acceder al Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP) en la hora prevista en el pliego de condiciones, para poder realizar los lances durante el tiempo de puja. 5. Si un oferente decide no…

ContextoHallazgo en documentos

El respaldo financiero se calcula sobre el total del proceso

Documento del 27 sept 2024 · hace 2 años

Si algún índice financiero resulta insuficiente, se admite complementar la información con aval bancario o financiación aprobada por al menos el 20% del monto total a contratar. El pliego no precisa cómo se aplica ese porcentaje a ofertas por ítem, aunque el proceso comprende partidas de montos distintos; conviene revisar si la exigencia se ajusta a la dimensión de cada oferta.

“Dicha certificación o aval bancario debe ser emitido por una entidad financiera regulada por la Superintendencia de Bancos de la República Dominicana.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 8 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 8

ART. 8. La persona natural o jurídica que desee contratar con el Estado deberá demostrar su capacidad satisfaciendo los siguientes requisitos: 1) Poseer las calificaciones profesionales y técnicas que aseguren su competencia, los recursos financieros, el equipo y demás medios físicos, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con el objeto contractual; 3) Que sean solventes y no se encuentren en concurso de acreedores, en quiebra o proceso de liquidación, ni que sus actividades comerciales hubieren sido suspendidas; 4) Que hayan cumplido con las obligaciones fiscales y de seguridad social. PÁRRAFO I. Los…

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Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

Otros documentos del proceso (13)

  • ACTA DE INICIO COMBUSTIBLE.pdfActa · 23 sept de 2024 · 1 señal
  • AUTORIZACION DE LA MINISTRA COMBUSTIBLE.pdfAutorización · 23 sept de 2024 · 1 señal
  • DICTAMEN JURIDICO COMBUSTIBLE.pdfPliego · 23 sept de 2024
  • CONVOCATORIA SI-2024-0004.pdfDocumento · 26 sept de 2024
  • ESPECIFICACIONES TECNICAS SI-2024-0004.pdfPliego · 26 sept de 2024 · 3 señales
  • FORMULARIO 0001 SI-2024-0004.pdfSolicitud de compra · 26 sept de 2024
  • CERTIFICADO DE FONDOS SI-2024-0004.pdfCertificación de fondos · 26 sept de 2024 · 1 señal
  • FORMULARIO 0001 SI-2024-0004.pdfDocumento · 26 sept de 2024
  • SOLICITUD Y REMISION DE AUTORIZACION.pdfAutorización · 26 sept de 2024 · 1 señal
  • ACTA DE ADJUDICACION SI-2024-0004.pdfActa de adjudicación · 1 nov de 2024 · 4 señales
  • COMUNICACION ADJUDICACION A LOS PARTICIPANTES SI-2024-0004.pdfActa de adjudicación · 1 nov de 2024

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  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

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Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

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COMUNICACION ADJUDICACION ISLA DOMINICANA SI-2024-0004.pdfActa de adjudicación · 1 nov de 2024 · 1 señal
  • COMUNICACION ADJUDICACION SIGMA SI-2024-0004.pdfActa de adjudicación · 1 nov de 2024