El Acto núm. 58/2026, fechado el 9 de octubre de 2026, adjudica a Copy Solutions International, S.A. el lote único del servicio de impresión del ADN por RD$8,950,778.14, incluido ITBIS. El documento registra una sola oferta recibida y una certificación de fondos por RD$10,000,000.00; ordena publicar el acto y señala vías y plazos de recurso.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (13 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta registra una única propuesta. Según el portal, se notificó a 10,415 proveedores, pero el número de notificados no acredita participación efectiva; la concurrencia limitada amerita revisar las condiciones de acceso y la respuesta del mercado, sin que por sí sola pruebe una irregularidad.
“Que en fecha veintidós (22) de septiembre del año dos mil veintiséis (2026) a las 10:00 a.m., venció el plazo establecido para la entrega de las ofertas y hasta ese momento se había recibido una (01) propuesta.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 4 · Ley 47-25, art. 60 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 4 — Principios
Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…
Artículo 60.- Licitación pública. La licitación pública es un procedimiento de selección que requerirá de una convocatoria pública y obligatoria a un número indeterminado de interesados y que podrá ser utilizado para la contratación de todo tipo de bienes, servicios y obras.
El acto presenta la impugnación y el recurso jerárquico como opciones dentro del mismo plazo. La Ley dispone que la actuación recurrible se impugne primero mediante reconsideración y que el recurso jerárquico impropio proceda contra la resolución que decida esa reconsideración; la formulación podría generar confusión sobre la secuencia para recurrir.
“CUARTO: INFORMAR que este acto administrativo del Comité de Contrataciones Públicas puede ser recurrido en sede administrativa mediante un recurso de impugnación o a través de la interposición de un recurso jerárquico en el plazo de diez…”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 204 · Ley 47-25, art. 207 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 204 — Recurso de reconsideración
Artículo 204.- Recurso de reconsideración. Toda actuación recurrible en virtud de la presente ley deberá, en primer lugar, ser impugnada mediante un recurso de reconsideración ante el órgano responsable del proceso.
Artículo 207.- Recurso jerárquico impropio. El medio de impugnación contra las resoluciones que decidan recursos de reconsideración es el recurso jerárquico impropio ante la Dirección General de Contrataciones Públicas.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona