El Acta Administrativa núm. CCC-2026-0018, fechada el 2 de octubre de 2026, aprueba el informe económico y adjudica los 13 lotes del proceso Ayuntamiento Higuey-CCC-CP-2026-0004 a 13 oferentes. Los montos adjudicados suman RD$83,572,915.68; el mayor es RD$38,030,380.59 para el Lote 6, adjudicado a Reinaldo Mota Rijo.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (13 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta identifica a Bianca como oferente del Lote 2 y adjudica ese lote a True Construction por RD$3,870,000. El portal registra a Bianca con una oferta de ese mismo monto; conviene verificar el informe económico y las ofertas originales para confirmar qué propuesta correspondía al precio adjudicado, dado que los datos del portal aparecen como cargados/pendientes.
“para el Lote 2, en formato físico True Construction, EIRL, en formato digital Bianca Altagracia Polanco Rosario, … EIRL por un monto total de tres millones ochocientos setenta pesos dominicanos con 00/100 (RD$ 3,870,000.00);”
Ley 47-25, artículo 125 — Adjudicación del contrato
Artículo 125.- Adjudicación del contrato. La adjudicación deberá hacerse en favor del oferente calificado cuya propuesta cumpla con los requisitos establecidos en el pliego de condiciones y sea considerada como la más conveniente, de conformidad con los criterios de adjudicación aplicados.
Reglamento 52-26, artículo 121 — Informe definitivo de evaluación de las ofertas económicas
Artículo 121.- Informe definitivo de evaluación de las ofertas económicas. Atendiendo a los criterios de evaluación determinados en el pliego de condiciones, los peritos responsables de evaluar las ofertas económicas deben proceder a su evaluación y dejar constancia de sus ponderaciones y resultados en un informe remitido al Comité de Contrataciones Públicas o al responsable del procedimiento. Párrafo. El informe debe contener la recomendación de adjudicación y determinar la relación de lugares ocupados por cada oferta.
Reglamento 52-26, artículo 118 — Reglas generales para los informes de evaluación
Artículo 118.- Reglas generales para los informes de evaluación. Los informes elaborados por los peritos evaluadores deben presentarse por escrito, firmados y fechados, y contener al menos los siguientes elementos: 1. Identificación del procedimiento de contratación, número de referencia y objeto del contrato; 2. Nombre y cargo de los peritos participantes; 3. Descripción de la metodología aplicada para la evaluación de las ofertas, asegurando el apego irrestricto a los criterios de evaluación y reglas de valoración establecidos en el pliego de condiciones; 4. Resumen de los aspectos legales, técnicos y económicos analizados; 5. Cuadros comparativos de las puntuaciones asignadas y la…
El acta adjudica el Lote 8 de este proceso de obras a YA-FED Multiservicios SRL. En el RPE consultado el 13/10/2026 sus rubros figuran como Bienes y Servicios, y la consulta DGII del 12/10/2026 muestra una actividad de instalaciones eléctricas; al ser datos posteriores a la adjudicación, deben contrastarse con la inscripción y capacidad que tenía al presentar la oferta.
“LOTE 8 a la empresa YA-FED Multiservicios SRL por un monto total de tres millones trece mil quinientos cuarenta y ocho pesos dominicanos con 72/100 (RD$ 3,013,548.72)”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
El acta registra ofertas de Coso y Wady para el Lote 9 y adjudica a Coso por RD$2,441,879.57. El portal muestra para Wady RD$2,441,880, una diferencia de RD$0.43; aunque puede obedecer a redondeo o a datos pendientes del portal, procede contrastar el monto con las ofertas originales y el informe económico.
“para el Lote 9, en formato físico Coso Construcciones y Soluciones Civiles, E.I.R.L., en formato digital Wady Arturo … millones cuatrocientos cuarenta y un mil ochocientos setenta y nueve pesos dominicanos con 57/100 (RD$ 2,441,879.57);”
Ley 47-25, artículo 125 — Adjudicación del contrato
Artículo 125.- Adjudicación del contrato. La adjudicación deberá hacerse en favor del oferente calificado cuya propuesta cumpla con los requisitos establecidos en el pliego de condiciones y sea considerada como la más conveniente, de conformidad con los criterios de adjudicación aplicados.
Reglamento 52-26, artículo 121 — Informe definitivo de evaluación de las ofertas económicas
Artículo 121.- Informe definitivo de evaluación de las ofertas económicas. Atendiendo a los criterios de evaluación determinados en el pliego de condiciones, los peritos responsables de evaluar las ofertas económicas deben proceder a su evaluación y dejar constancia de sus ponderaciones y resultados en un informe remitido al Comité de Contrataciones Públicas o al responsable del procedimiento. Párrafo. El informe debe contener la recomendación de adjudicación y determinar la relación de lugares ocupados por cada oferta.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Reglamento 52-26, artículo 118 — Reglas generales para los informes de evaluación
Artículo 118.- Reglas generales para los informes de evaluación. Los informes elaborados por los peritos evaluadores deben presentarse por escrito, firmados y fechados, y contener al menos los siguientes elementos: 1. Identificación del procedimiento de contratación, número de referencia y objeto del contrato; 2. Nombre y cargo de los peritos participantes; 3. Descripción de la metodología aplicada para la evaluación de las ofertas, asegurando el apego irrestricto a los criterios de evaluación y reglas de valoración establecidos en el pliego de condiciones; 4. Resumen de los aspectos legales, técnicos y económicos analizados; 5. Cuadros comparativos de las puntuaciones asignadas y la…
Danyeris Elizabeth Castillo PacheEl acta registra su oferta para el Lote 11, pero no le adjudica ni consigna una decisión individual sobre su evaluación.
Héctor Alexander Santana EncarnaciónEl portal registra su oferta como no aceptada; el acta menciona que presentó oferta para el Lote 13, sin detallar el motivo de la no aceptación.