El estudio previo, fechado el 12 de agosto de 2026, sustenta la contratación de servicios de catering de la ETED por RD$6,000,000.00, ITBIS incluido, distribuida en tres ítems de RD$2,000,000.00. Describe servicios a nivel nacional y una duración de tres meses o hasta agotar el monto contratado, lo que ocurra primero, y presenta riesgos y medidas de mitigación. El documento no consigna número de acta.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El estudio describe un servicio centralizado y recurrente para distintas actividades institucionales. El portal registra también para el 02/10/2026 otro proceso de catering institucional por RD$2,000,000; sumado a los RD$6,000,000 de este proceso, alcanza RD$8,000,000, por encima del máximo de RD$6,436,757.50 de contratación simplificada para servicios en 2026. Conviene verificar si son necesidades autónomas o si se agregaron contrataciones del mismo rubro dentro del período relevante; el documento por sí solo no demuestra fraccionamiento.
“El proceso de gestión de servicios de catering de la institución se está realizando de manera centralizada a través de la Dirección de Comunicación Estratégica (DCE). Este nuevo esquema busca garantizar una mejor coordinación, control y efi” (pág. 3, escaneada)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 81 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 81 — Prohibición de fraccionamiento
Artículo 81.- Prohibición de fraccionamiento. Se prohibirá el fraccionamiento de contrataciones de bienes, servicios u obras cuando este tenga por objeto eludir los procedimientos de contratación aplicables para en cambio optar por otros de menor cuantía. Párrafo I.- Se considerará fraccionamiento la división de contrataciones para la adquisición de bienes, servicios u obras de un mismo rubro, de conformidad con la clasificación adoptada por la Dirección General de Contrataciones Públicas, dentro de un lapso menor a tres (3) meses, contados a partir del primer día de la convocatoria. Párrafo II.- La autoridad administrativa responsable no deberá permitir el fraccionamiento cuando habiendo…
El estudio estima RD$6,000,000.00 para el servicio durante tres meses, mientras que el PAC 2026 publicado en la versión 5 registra un renglón de servicios de cáterin por RD$1,175,000 con inicio previsto el 05/10/2026, próximo a la convocatoria. La diferencia amerita verificar si el PAC se modificó y si esa actualización fue justificada; los datos disponibles no descartan que existan otras partidas aplicables.
“El valor referencial estimado para la contratación del servicio de "Contratación de una empresa especializada en servicios de catering, bajo la modalidad de contratación simplificada, para suplir alimentos, bebidas, montaje, servicio y desm” (pág. 8, escaneada)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 86 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 86 — Plan Anual de Contrataciones (PAC)
Artículo 86.- Plan Anual de Contrataciones (PAC). Las instituciones contratantes sujetas al ámbito de aplicación de la presente ley tendrán la obligación de elaborar planes anuales de contratación de obras, bienes y servicios, de acuerdo con las políticas, normas y metodologías establecidas por los reglamentos de aplicación de la presente ley. Párrafo I.- Los planes anuales de contratación deberán ser publicados y gestionados en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas y en los portales de las instituciones contratantes. Párrafo II.- Sin perjuicio de las excepciones previstas, toda contratación deberá constar en estos planes y estos deberán ser consistentes con las apropiaciones…
El estudio identifica tres peritos con formación en gestión pública, diseño gráfico y comunicación social, sin que esos perfiles consignen especialidad en catering, finanzas o derecho. El resumen de otro documento del proceso indica que fueron designados cinco peritos, por lo que corresponde verificar si el equipo completo cubre las funciones técnica, financiera y legal requeridas; este estudio no permite concluir que falten los otros perfiles.
“Lcda. Angela Gil Maestría en Gestión Publica Certificación en Sostenibilidad Lcda. Gabriela Minier Torres Licenciatura en Diseño Gráfico Certificación en interpretación bilingüe Lcda. Marisol Luciano Licenciada en Comunicación Social” (pág. 12, escaneada)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 90 · Reglamento 52-26, art. 89 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 90 — Designación de peritos
Artículo 90.- Designación de peritos. Para cada procedimiento de contratación, la institución contratante deberá designar los peritos que participarán en la elaboración de las especificaciones técnicas y la evaluación de las propuestas. Párrafo I.- Con excepción del procedimiento de contratación menor, deberán designarse un mínimo de tres (3) peritos: uno (1} legal, uno (1) financiero y uno (1) técnico, procurando siempre que el número total de peritos sea impar. Párrafo II.- Los reglamentos de aplicación a de la presente ley, las normas, instructivos y políticas adoptadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas, regulará los mecanismos de designación de peritos asegurando la…
Reglamento 52-26, artículo 89 — Perfil y cantidad de peritos
Artículo 89.- Perfil y cantidad de peritos. Las instituciones contratantes deben designar como mínimo tres (3) peritos, procurando que el número total sea impar, integrados de la siguiente manera: 1. Un perito técnico, con conocimientos en el objeto de la contratación o en el área del conocimiento que corresponda (ingeniería, salud, tecnología, servicios, etc.); 2. Un perito financiero o económico, responsable de analizar la razonabilidad de precios, presupuestos y sostenibilidad económica de las ofertas; 3. Un perito legal, encargado de verificar la conformidad jurídica de las actuaciones y documentos legales. Párrafo I. En los procedimientos de contratación menor y de contratación directa…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona