El documento contiene las especificaciones técnicas para la adquisición, mediante subasta inversa, de equipos informáticos para la Superintendencia del Mercado de Valores; indica un presupuesto base de RD$8,116,000.00, incluidos impuestos, y está fechado el 14 de agosto de 2026. Establece evaluación técnica bajo «cumple/no cumple», adjudicación a un único oferente con el menor precio en la puja y entrega en un plazo máximo de 30 días hábiles después del anticipo. Para adjudicatarios MIPYMES prevé un anticipo del 30%, sujeto a la certificación del contrato ante la Contraloría y a una garantía de buen uso.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (3 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Aunque el pliego fija el anticipo MIPYME en 30%, lo condiciona a la certificación del contrato ante la Contraloría. La Ley 47-25 dispone que ese anticipo se otorgue con la suscripción del contrato; conviene verificar si el trámite añadido puede retrasar el desembolso.
“En caso de que el adjudicatario sea una MiPymes, se realizará un primer pago de un 30% correspondiente al pago de anticipo, luego de la certificación del contrato ante la Contraloría General de la República y contra presentación de una Gara”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 174 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 174 — Anticipo de pago a MIPYMES
Artículo 174.- Anticipo de pago a MIPYMES. Las instituciones contratantes deberán otorgar un treinta por ciento (30%) de anticipo con la suscripción del contrato, orden de compra o de servicio correspondiente, en todas las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), sin necesidad de que sea presentada factura alguna.
Para el computador portátil del ítem 5, la combinación de «M5 Pro», «Liquid Retina XDR» y «Magic Keyboard» identifica una plataforma de fabricante concreta; en ese ítem no se indica que esas características puedan cumplirse con una solución equivalente. La especificación puede limitar las alternativas disponibles y merece verificación frente a la necesidad técnica.
“Chip M5 Pro. • CPU de 15 núcleos con 5 supernúcleos y 10 núcleos de rendimiento. • GPU de 16 núcleos … 1TB de almacenamiento o superior. • Pantalla Liquid Retina XDR de 14.2 pulgadas • Tres (3) años de garantía • Teclado: Magic Keyboard”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 91 · Reglamento 52-26, art. 101 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 91 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 91.- Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas que resulten de los estudios previos deberán garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento, para lo cual deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo I.- Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. Párrafo II.- No deberán exigirse o mencionarse marcas o nombres comerciales, diseños o modelos,…
Reglamento 52-26, artículo 101 — Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación
Artículo 101.- Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación. El pliego de condiciones debe asegurar la coherencia entre las especificaciones técnicas o términos de referencia, los requisitos de calificación, los criterios de evaluación y los criterios de adjudicación previstos para el procedimiento de contratación. Párrafo I. Las especificaciones técnicas y los términos de referencia no pueden contener requisitos que no guarden relación directa con el objeto contractual o con su correcta ejecución, ni establecer condiciones que contradigan los criterios de evaluación o adjudicación. Párrafo II. Los criterios de evaluación y adjudicación…
Para los equipos de los ítems 1 y 2 se solicita que el fabricante tenga más de 18 años en el mercado y que el modelo mantenga continuidad de venta por más de 18 meses desde la entrega. Son condiciones adicionales a la experiencia mínima del oferente y podrían restringir la participación; conviene comprobar su vinculación y proporcionalidad respecto del objeto.
“Presentar carta del oferente que indique que el fabricante de los equipos ofertados tiene más de 18 años en el mercado de ventas laptops. 7 Presentar carta o certificación del oferente o el enlace oficial del fabricante donde se”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Reglamento 52-26, art. 101 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Reglamento 52-26, artículo 101 — Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación
Artículo 101.- Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación. El pliego de condiciones debe asegurar la coherencia entre las especificaciones técnicas o términos de referencia, los requisitos de calificación, los criterios de evaluación y los criterios de adjudicación previstos para el procedimiento de contratación. Párrafo I. Las especificaciones técnicas y los términos de referencia no pueden contener requisitos que no guarden relación directa con el objeto contractual o con su correcta ejecución, ni establecer condiciones que contradigan los criterios de evaluación o adjudicación. Párrafo II. Los criterios de evaluación y adjudicación…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona